INFORMES: Informe Sombra 2008-2013

 

 

 

"…la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz."

 

 

 

 

 

Para comprender un poco mejor en qué consiste el Informe Sombra 2008-2013, cuál es su origen y su finalidad, nos hemos planteado las siguientes preguntas:

¿Qué es la CEDAW?

La Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer es la convención adoptada por Naciones Unidas en 1979, en la que los 187 Estados que la han ratificado -entre ellos España- condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas. Con ello se comprometen a crear y seguir por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas encaminadas a eliminar cualquier tipo de discriminación contra las mujeres tomando las medidas necesarias a todos los niveles del Estado.

¿Qué es el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer?

Es el mecanismo para asegurar la puesta en práctica de la Convención, obligando a los países que la han ratificado a someterse a informes periódicos ante el Comité acerca de las medidas jurídicas, políticas, económicas, sociales y culturales adoptadas para cumplir con el articulado de la Convención.

El Comité está integrado por 23 expertas/os que son elegidas/os mediante voto secreto. Los miembros del Comité analizan los Informes de País y establecen recomendaciones de política pública a aplicar por parte de los países para cumplir con lo establecido por la Convención. Además se nutre de otros procedimientos contemplados en otros pactos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Elabora un informe anual que presenta al Consejo Económico y Social (ECOSOC).

¿Qué es el El Protocolo Facultativo de la CEDAW?

Un instrumento jurídico vinculante que establece los mínimos de exigibilidad y equipara la CEDAW con otros instrumentos internacionales de derechos humanos, aunque como otros instrumentos, los Estados pueden expresar reservas.

¿Qué es el Informe Sombra?

El presente informe, que fue presentado públicamente el pasado 16 de septiembre 2014, es el resultado del trabajo realizado, entre febrero de 2013 y abril de 2014, por un grupo muy diverso de organizaciones de mujeres, organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo y otras organizaciones de la sociedad civil, unidas en la Plataforma CEDAW Sombra.

El texto será presentado ante el Comité de la CEDAW entre el 10 y el 14 de noviembre de 2014 en Ginebra, en una sesión previa a la que tendrá lugar en julio de 2015 en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, donde el Comité para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW) en su 61ª sesión, evaluará la equidad de género del Estado español y establecerá recomendaciones para la mejora en los distintos aspectos que se abordan.

 

El Informe Sombra 2008-2013 se organiza en 15 puntos que tienen como marco de referencia los diferentes artículos que conforman el texto de la Convención.

Índice:

  1. Persistencia de discriminación y carencia de medios en la lucha contra todas las formas de violencia de género.
  2. Retroceso e incumplimiento de compromisos en las políticas de cooperación internacional al desarrollo y género.
  3. Incumplimientos en adopción de medidas para modificar los patrones culturales y romper estereotipos en educación y cultura.
  4. Persistencia de estereotipos discriminatorios que obstaculizan el acceso y la obtención de justicia en casos de violencia de género.
  5. Ausencia de un abordaje integral y coherente contra la trata de mujeres y niñas (legislación, medidas y tratamiento)
  6. Discriminación en el derecho a participar en la vida política y retrocesos en las políticas de igualdad.
  7. Dificultades en el acceso a cauces formales de participación y desconocimiento de las vías informales.
  8. Deficiencias en la representación internacional y los procesos de nacionalización.
  9. Se reduce el derecho a la educación, no se desarrolla la legislación igualitaria y se “contra legisla” con una nueva ley de educación (LOMCE)
  10. Las reformas laborales y las medidas contra la crisis son “insensibles” (gender blind) a la perspectiva de género y vulneran el principio de igualdad.
  11. Graves vulneraciones del derecho a la salud y claras amenazas al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
  12. No se ponen en marcha medidas para luchar contra la discriminación en otras esferas de la vida económica y social. La ruralidad invisibiliza el trabajo de las mujeres y “ocluye” sus derechos.
  13. La ruralidad invisibiliza el trabajo de las mujeres y “ocluye” sus derechos.
  14. Falta de “debida diligencia” en la investigación de las denuncias.

 

Para más información sobre la Plataforma CEDAW: http://cedawsombraesp.wordpress.com

Acceso al texto completo: Informe Sombra 2008-2013