Primera valoración del nuevo proyecto de ley educativa (LOMLOE)
La presentación del Proyecto de Ley de Modificación de la LOE (LOMLOE) y su tramitación parlamentaria en el Congreso y próximamente en el Senado ha despertado, como en ocasiones anteriores, mucha controversia, y ha dado lugar a pronunciamientos de signo y contenido muy distinto, que no en todos los casos se basan en información o argumentos contrastados y veraces.
Desde la Dirección del Área Educativa de FUHEM queremos trasladar a nuestra comunidad educativa, de forma breve, nuestras impresiones sobre diversos aspectos de la ley y del proceso de aprobación, deteniéndonos un poco más en las novedades que presenta en relación a los centros sostenidos con fondos públicos.
En la actualidad, los centros educativos se rigen por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), que fue aprobada en Diciembre de 2013 sin apenas debate previo y sin consenso por parte de la comunidad educativa y los partidos políticos.
Ambas leyes orgánicas (LOMCE y LOMLOE), incorporan modificaciones a la Ley Orgánica de Educación (LOE), aprobada en 2006, que se constituye, por tanto, en la base legislativa sobre la que se realizarán los cambios actuales en un futuro texto refundido. Una vez aprobado el texto, aún será necesario algún tiempo para regular importantes aspectos de la ley por parte del Gobierno y para su desarrollo en las Comunidades Autónomas, que cuentan con un alto nivel de competencias transferidas en materia educativa. Cabe tomar estas impresiones, por tanto, con un cierto grado de provisionalidad y como una primera aproximación a un debate que deberá seguir produciéndose en FUHEM y en sus centros, por parte de todas y todos los integrantes de nuestra comunidad educativa.
Desde nuestro punto de vista, el hecho de corregir muchos aspectos de la LOMCE, que resultaban claramente disfuncionales, muy alejados de la necesaria equidad educativa y con un fuerte componente ideológico, supone por sí mismo una buena noticia.
También valoramos de forma positiva algunos de los cambios que la nueva ley incorpora. Sin ánimo de exhaustividad podemos mencionar, por ejemplo, la nueva concepción más abierta del currículo; las mayores atribuciones para los equipos docentes en la evaluación, promoción y titulación del alumnado y la limitación de repeticiones de curso; la nueva concepción de las evaluaciones diagnósticas, alejadas de unas reválidas que ya quedaron paralizadas y sin efecto; la apuesta por la extensión de la escolarización en el Ciclo 0-3 de Educación Infantil así como el carácter educativo de toda la etapa; la recuperación del concepto de ciclo en Educación Primaria y su duración de dos años; la recuperación de los Programas de Diversificación Curricular en los últimos cursos de la etapa de ESO, que acerca más al alumnado a la consecución del título de Graduado; la flexibilidad en la duración del Bachillerato y de las condiciones para la obtención del Título o el impulso de la Formación Profesional.
También cabe felicitarse por la recuperación de las competencias de los Consejos Escolares, que fueron minimizadas en la LOMCE pero que, sin embargo, hemos mantenido en nuestros centros.
De forma particular, queremos valorar la importancia de apostar por una efectiva inclusión educativa de todo el alumnado. Este es uno de los capítulos que han generado más polémica y ruido, articulado en torno a la falsa información de que la ley se plantea suprimir los Colegios de Educación Especial. Lo que la ley establece, tomando en cuenta los demoledores informes de varios organismos internacionales al respecto, es la necesidad de ir dotando de medios a los centros ordinarios a lo largo de diez años para la escolarización de una mayor proporción de alumnado con necesidades especiales derivadas de una situación de discapacidad. También rechaza la escolarización en centros específicos sin el consentimiento informado y expreso de las familias, como viene sucediendo en ocasiones. Es verdad que la ley, en este ámbito, manifiesta más una voluntad. Habrá que esperar a ver cómo se sustancia y articula y, sobre todo, cómo se dotan las partidas presupuestarias necesarias para hacer realidad este propósito.
Echamos de menos, en cambio, una mayor concreción en el compromiso con la sostenibilidad, la igualdad de género o la organización de la vida en común. La nueva asignatura de valores cívicos, que estará presente en sólo dos cursos en los horarios de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria, integrará alguno de estos aspectos, que también deberán formar parte de manera transversal del resto de materias. Aunque hay que esperar a ver cómo se desarrolla, de entrada puede pensarse que esta planificación no resulta suficiente para los grandes retos que pretende afrontar. Tampoco nos parece suficientemente consolidada la apuesta de otorgar a los centros la posibilidad de desarrollar una parte importante de los contenidos curriculares y horarios. La formulación de los artículos puede hacer que las Comunidades Autónomas limiten seriamente este propósito.
En lo que respecta a los centros sostenidos con fondos públicos, sí se atisba un cambio de política, aunque las consecuencias prácticas estarán seguramente muy alejadas de los vaticinios de algunas organizaciones y, desde luego, de algunas afirmaciones que se están compartiendo en diversos foros, medios de comunicación, redes y manifestaciones públicas.
Red de centros y escolarización del alumnado
En un primer bloque, agrupamos algunas decisiones que están más relacionadas con la escolarización del alumnado en la que, de hecho, existe una doble red de centros sostenidos con fondos públicos: los que son gestionados directamente por las administraciones públicas y los gestionados por entidades privadas de diversa índole, entre los que se encuentran los centros de FUHEM.
La ley omite la alusión a la “demanda social” como criterio para la configuración de la oferta de plazas para la escolarización del alumnado y suprime la alusión a la posibilidad de ceder suelo público para la construcción de nuevos centros concertados. Atribuye a la educación concertada un carácter “subsidiario” de la pública, en lugar de “complementario” como el actual, que proviene de la LOE de 2003, algo que consideramos completamente innecesario y discriminatorio, aunque probablemente sin demasiadas consecuencias prácticas. Además, reitera la necesidad de asegurar un equilibrio adecuado entre ambas redes en la escolarización del alumnado más vulnerable o que presenta dificultades de aprendizaje, algo que valoramos de forma positiva.
En ningún caso la ley atenta contra la “libre elección de centro” o impide que las familias opten por la modalidad que consideren más conveniente y adecuada a sus intereses, como afirman algunas organizaciones. Las familias que soliciten la escolarización en un centro concertado seguirán manteniendo las posibilidades actuales –con alguna modificación en los criterios de acceso, en los que, de nuevo, vuelve a primar la proximidad al domicilio-, siempre que haya una oferta de plazas vacantes suficientes para absorber la demanda. Bien es verdad que un exceso de “demanda social” de educación concertada –término con un fuerte componente ideológico acuñado e incorporado en la LOMCE en 2013 después de 28 años del actual Régimen de Conciertos-, no tendrá como consecuencia automática o prioritaria la dotación de nuevas plazas o líneas en los centros concertados o la construcción de nuevos centros -que también se dificulta-, a cambio de la eliminación de plazas en los centros de titularidad pública, como ocurre actualmente en algunos territorios. De hecho, la ley prevé que, ante una posible carencia de plazas, se dé prioridad a la dotación de plazas en centros de titularidad pública.
La necesidad de ser escrupulosos en los criterios de admisión de alumnos y alumnas y de equilibrar la matrícula de alumnado vulnerable o que vive situaciones de dificultad social, económica o de aprendizaje no es algo nuevo, aunque en la ley se enfatice. Desde luego no lo es, en modo alguno, en los centros de FUHEM, aunque tal vez pueda serlo en otros.
Cuestiones relativas a la financiación
El segundo bloque tiene relación con la financiación. La LOMLOE prevé un incremento de las inversiones en educación, que habrán de sustanciarse en los Presupuestos Generales en los próximos años, pero no alude de forma explícita a la infrafinanciación de la educación en general, tanto de los centros educativos públicos como de los centros concertados en particular. Una financiación insuficiente para desarrollar los proyectos educativos con una garantía mínima de calidad y, desde luego, para afrontar por completo los gastos corrientes, las amortizaciones o los cánones, las reparaciones de envergadura o la mejora de las instalaciones y los salarios del profesorado y PAS, que son inferiores a los de los centros de titularidad pública.
Reitera que la educación básica tiene carácter gratuito en todos los centros sostenidos con fondos públicos y que las aportaciones familiares, así como la utilización de servicios y actividades complementarios y extraescolares, tendrán siempre un carácter voluntario y no podrán ser impuestas ni utilizadas para limitar las posibilidades de acceso a los centros o como elemento de discriminación a lo largo de la escolaridad. No hay grandes novedades en el planteamiento y tampoco debería haberlas en nuestros centros: siempre hemos tenido claro y puesto de manifiesto que las aportaciones familiares, que consideramos indispensables para mantener nuestro proyecto educativo en las condiciones que queremos y que pensamos que quieren las familias y el alumnado, tienen un carácter voluntario y no discriminatorio.
A modo de conclusión
Por todo lo que hemos explicado, nos gustaría tranquilizar a nuestra comunidad educativa. Ni las familias que han elegido nuestros centros van a ver limitado su derecho de elección, ni el proyecto educativo que ofrecemos ni las condiciones en las que éste se desarrolla va a conllevar cambios de calado.
En todo caso, es importante hacer consciente a nuestra comunidad educativa que, para FUHEM, es imprescindible que se articule un debate profundo y sosegado sobre muchas cuestiones educativas que nos importan y que no siempre están bien resueltas. Un debate sin limitaciones y sin ideas preconcebidas inamovibles en el que podamos contar con datos, ideas y argumentos sólidos y veraces para confrontar, pero también para llegar a acuerdos y consensos de los que nuestra sociedad está cada día más necesitada.
En esa línea, hace algunas fechas, se ha publicado en prensa un artículo de Ángel Martínez González-Tablas, ex presidente y actual miembro del Patronato de FUHEM, cuya lectura os recomendamos. En su texto, titulado Verdades y mentiras en torno a la enseñanza concertada, recoge algunos de los argumentos y propuestas para ese debate necesario.
Esperamos haber contribuido, con estas líneas, a ayudar a desentrañar algunos aspectos de la nueva ley. En su marco, continuaremos desarrollando un Proyecto Educativo que nos ilusiona y que esperamos siga manteniendo la identidad y los rasgos por el que muchas familias lo comparten y eligen para sus hijos e hijas.
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