Compartimos nuestra visión de la educación

Dos nuevos actos, que tendrán lugar la próxima semana van a permitir que FUHEM comparta su mirada y su práctica de educación transformadora con otros colectivos y personas preocupadas por una educación que logre cambios sociales a nivel local y global, y con una visión inclusiva.

‘Educar para la transformación’

Organizada por La Casa Encendida y la Coordinadora de ONGD-España, el próximo miércoles, 14 de noviembre, a las 18 horas, tendrá lugar una conferencia titulada ‘Educar para la transformación’. Como ponentes intervendrán: Víctor Rodríguez Muñoz, director del Área Educativa de FUHEM; Gloria Angulo, consultora en desarrollo internacional, en particular en las áreas de educación y derechos de las mujeres; y Berta Iglesias Varela, profesora de Lengua y Literatura, en el IES Vallecas Magerit.

El acto, de entrada libre y gratuita hasta completar aforo, tendrá lugar en el Auditorio de La Casa Encendida (c/ Ronda de Valencia, 2. Madrid).
¿Cuál es la situación de los sistemas educativos en España y en el mundo? ¿Avances y retrocesos? ¿Cómo abordar los retos educativos? ¿Cómo apostar por un sistema público de calidad capaz de adaptarse a la complejidad de los tiempos actuales? ¿Puede la educación contribuir a la construcción de un mundo más igualitario, justo y sostenible? Estas y otras preguntas son algunas de las que se abordarán en esta conferencia con la que los organizadores quieren reivindicar una educación inclusiva, sostenible, equitativa y para toda la vida. Una educación que nos permita dotarnos de herramientas para desarrollar soluciones a los complejos problemas que enfrentan nuestras sociedades.

Esta actividad forma parte del Ciclo de conferencias: Transformar nuestro mundo. Propuestas para nuevos tiempos. Un ciclo que gira en torno de las oportunidades que existen para avanzar en la construcción de otros modelos de sociedades y las relaciones entre los pueblos. La construcción colectiva de alternativas ya es un hecho y se ha convertido en una herramienta fundamental para hacer frente a los relatos dominantes que nos imponen un único camino.

En Logroño, III Jornadas Respuesta Educativa para la Atención a la Diversidad: ‘La Revolución Inclusiva’

En la tarde del 16 de noviembre de 2018, Víctor Rodríguez, Director del Área Educativa de FUHEM, será uno de los participantes en estas Jornadas para docentes cuya finalidad es contribuir a la formación del profesorado y aumentar el grado de sensibilización en la atención educativa al alumnado con necesidades específicas en un marco inclusivo, así como dar a conocer experiencias prácticas que favorecen la integración de este alumnado en un marco inclusivo.

Estas Jornadas están organizadas por la Consejería de Educación, Formación y Empleo de La Rioja, en colaboración con las asociaciones ARNAC (Asociación Riojana de Niños con Altas Capacidades) y ARPANIH (Asociación Riojana de Padres de Niños Hiperactivos).

Con el título “Educación inclusiva, del marco teórico a la acción”, Víctor Rodríguez, compartirá la experiencia práctica “Sin Muros”, desarrollada en distintos colegios de FUHEM, que ya os contamos en este video.


70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos VI

Susana Borrás
La migración ambiental: entre el abandono, el refugio y la protección internacional
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 132, invierno 2015-2016, pp. 31-49.

La República de Kiribati, país insular ubicado en el océano Pacífico, al noreste de Australia (Oceanía), se compone de 33 islas y 102.000 habitantes, que viven en su mayoría en la capital, Tarawa Sur. La población de este país se dedica principalmente a la pesca. Kiribati es uno de los países insulares del mundo más vulnerables frente a las inundaciones marítimas, como se ha señalado en los informes del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC) de la ONU. De hecho, ninguna parte de su isla principal se eleva por encima de los dos metros sobre el nivel del mar, por lo que si la temperatura del planeta aumentara 2 °C el territorio de este país estaría condenado a desaparecer sumergido bajo las aguas y su población obligada a emigrar. ¿Qué estatus jurídico puede proteger a las víctimas migrantes de las alteraciones humanas del clima?

   Ioane Teitiota, de 39 años, y su esposa, Angua Erika, abandonaron Kiribati para proteger a su familia del calentamiento global y emigraron en 2007 a Nueva Zelanda, donde nacieron sus tres hijos. En 2010 y tras expirar su visa de trabajo, Teitiota pidió a las autoridades que les otorgaran a él y a su familia el estatus de refugiados climáticos pero, tras incumplir varias veces los plazos del visado, este agricultor fue arrestado en 2011. El abogado que se encargó de su defensa argumentó que Teitiota y su familia habían sufrido indirectamente la persecución de los países industrializados, toda vez que su fracaso en controlar los gases invernadero impulsa el proceso del cambio climático. El argumento fue rechazado por el Tribunal de Inmigración de Nueva Zelanda, que lo calificó de «fundamentalmente erróneo» porque Teitiota buscaba refugio en un país desarrollado, la supuesta fuente de su opresión. El Tribunal Superior neozelandés rechazó la alegación de reconocer su situación de «refugiado climático» y toda la familia Teitiota fue deportada de Nueva Zelanda el 23 de septiembre de 2015, sin que las alegaciones por razones humanitarias funcionaran.

    El caso de la familia de Ioane Teitiota, por desgracia, no es el primero ni el único, ni será el último. En el futuro las personas que viven en los países bajos del Océano Pacífico buscarán refugio en países como Nueva Zelanda y Australia, porque sus islas se volverán total- mente inhabitables. No obstante, la gravedad de la situación de estas personas es que ambos países han rechazado al menos 17 solicitudes de las islas del Pacífico que buscaban la condición de refugiado a causa del cambio climático en los últimos 20 años, según una investigación de Jane McAdam, una experta en derecho de los refugiados en la Universidad de Nueva Gales del Sur, en Sydney.

Aunque hasta el momento ninguna solicitud que persigue la declaración de refugiado por cambio climático ha prosperado, el tema ocupó un lugar destacado en un caso en el que una familia de la pequeña isla de Tuvalu apeló con éxito su deportación de Nueva Zelanda por razones humanitarias. Fue quizás el primer caso que planteó directamente la cuestión del cambio climático en el Pacífico que obtuvo un fallo positivo.

Lo importante de estos casos, y probablemente en casos venideros, es el planteamiento judicial de cómo proteger a las víctimas que son migrantes a consecuencia de una alteración ambiental. La resolución de este caso en particular ejemplifica que la ruta legal resulta infructuosa para víctimas del calentamiento porque la amenaza del cambio climático, como cualquier otra modificación ambiental, no encaja dentro de los confines de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, creada para definir los derechos legales de los ciudadanos que huían de sus países de origen tras la Segunda Guerra Mundial.

A pesar de esta realidad jurídica, hay otra realidad, la de las migraciones forzadas por causas ambientales, en la que la degradación del medio ambiente ha sido un factor pro- motor de los movimientos forzados de población, puesto que las personas huyen para sobrevivir a desastres naturales o se desplazan, a raíz de condiciones ambientales difíciles y deterioradas, en busca de oportunidades en otras partes. Estos movimientos forzados de población por causas ambientales comprenden no solo a aquellos que tienen que trasladarse a otras zonas dentro de un mismo país (denominados desplazados internos), sino también a los que suelen cruzar fronteras internacionales (denominados refugiados ambientales).

En este sentido, es posible que el cambio climático exacerbe esta realidad ambiental y humana: los desastres repentinos y latentes así como la degradación ambiental paulatina incidirán en la migración de miles de personas en todas partes del mundo. Los efectos del calentamiento global y la aridez en algunas regiones reducirán su potencial agrícola y mermarán los servicios ecosistémicos, como el agua potable y el suelo fértil. Además, el aumento de catástrofes meteorológicas y, en concreto, de las fuertes precipitaciones y las consecuentes inundaciones en las regiones tropicales, afectarán a más gente y provocarán desplazamientos masivos. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) sitúa la cifra global en alrededor de 200 millones y señala que en las próximas cuatro décadas el número de desplazados ambientales llegaría a los 1.000 millones. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha estimado que al menos 30 millones de personas fueron desplazadas en 2013 a consecuencia de alteraciones en el clima y desastres naturales; y que en la actualidad existen alrededor de 50 millones de refugiados en el mundo entre los que existen varios casos en los que es posible conectar las causas de su desplazamiento con alteraciones climáticas. El informe del grupo Christian Aid también calcula que por lo menos 1.000 millones de personas se verán obligadas a abandonar sus hogares hacia 2050 ante la escasez de recursos naturales provocada por el cambio cli- mático. La misma disparidad de cifras sobre los posibles migrantes ambientales es indicativa de la complejidad e indefinición del fenómeno.

Lo importante de estos casos, y probablemente en casos venideros, es el planteamiento judicial de cómo proteger a las víctimas que son migrantes a consecuencia de una alteración ambiental.

La cuestión no deja de ser preocupante. La indefinición jurídica de la situación de los migrantes forzados por causas ambientales no hace más que acrecentar su vulnerabilidad e inseguridad frente a las consecuencias de las modificaciones ambientales. La razón principal es la dificultad de aislar el cambio climático y el deterioro ambiental de otras variables que influyen en la migración, como la económica. Ante esta situación, se plantea cómo pro- ceder a la protección de estas personas realmente en peligro y evitar que, como el caso de las pequeñas islas en desarrollo, la desaparición de su Estado incremente su indefensión y vulnerabilidad para salvaguardar su dignidad como personas.

Limitaciones actuales de la protección del migrante ambiental

Hasta hace unos pocos años la discusión sobre la situación de las personas que se ven forzadas a abandonar sus hogares por causas de la modificación ambiental se centró en su denominación. La terminología utilizada ha sido diversa pero parece haber cierto consenso en incluir a estas personas como parte de los movimientos migratorios.1 La cuestión no carece de importancia puesto que determina el régimen jurídico que procura protección a estas personas. Así, en la actualidad, la mayor parte de la doctrina2 coincide en definir como “migrante ambiental”, independientemente de su concreto estatuto jurídico, a toda persona que abandona su territorio de residencia habitual debido, principalmente o de forma muy importante, a impactos ambientales, ya sean graduales o repentinos, y ya se mueva dentro de un mismo Estado o atraviese fronteras internacionales. La OIM por migrantes por causas ambientales entiende: «las personas o grupos de personas que, por motivo de cambios repentinos o progresivos en el medio ambiente, que afectan adversamente su vida o sus condiciones de vida, se ven obligados a abandonar sus lugares de residencia habituales, o deciden hacerlo, bien sea con carácter temporal o permanente, y que se desplazan dentro de sus propios países o al extranjero».3

Según Oxfam, la migración ambiental crea un nuevo concepto de refugiado: los que son forzados a huir de su país de origen porque las condiciones climátcas ponen en peligro su existencia.

A pesar de existir cierto consenso, promovido en buena medida por la misma OIM, entre las numerosas denominaciones para referirse a los movimientos forzados de población en función de su realidad, la situación extrema de la desaparición de pequeños países insulares en desarrollo plantea la cuestión de la posible adecuación o no de la protección de sus habitantes mediante la aplicación del estatuto de refugiado.4 De hecho, según Oxfam, la migración ambiental crea un nuevo concepto de refugiado: los que son forzados a huir de su país de origen porque las condiciones climáticas ponen en peligro su existencia o afectan su calidad de vida.

También la Environmental Change and Forced Migration Scenarios (EACH-FOR), una investigación auspiciada por la Comisión Europea para estudiar cómo los cambios climáticos agravan el problema de la migración en el mundo, concluye que los procesos de degradación ambiental influyen notablemente en los cambios de residencia y que existen tres tipos de refugiados ambientales a consecuencia del cambio climático: aquellos que sufren desplazamientos temporales por terremotos, ciclones o posibles inundaciones; los que migran porque los procesos de degradación ambiental ponen en riesgo su salud y destruyen las bases de su sustento económico; y los que se desplazan porque hay cambios permanentes en su hábitat tradicional.

La cuestión más importante que se plantea es cómo proteger a estas personas. Desde el derecho internacional se plantea la posible aplicación de los estatutos de refugiado y/o desplazado, según si el migrante cruza o no una frontera, y el de apatridia, en caso de pérdida de nacionalidad ante, por ejemplo, la desaparición de los Estados.

El estatuto de refugiado y desplazado

Una posibilidad es la aplicación de la definición legal de «refugiado» y los derechos de los refugiados regulados en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. De acuerdo con este acervo jurídico, un refugiado se define como una persona que «debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él».5

En relación con este concepto es necesario apuntar, en primer lugar, que la definición de refugiado solo se aplica a las personas que ya han cruzado una frontera internacional. Este elemento se cumpliría en el caso de los pequeños países insulares en desarrollo, pues la desaparición de su territorio nacional conllevaría, irremediablemente, el traslado de su población hacia territorios situados bajo la jurisdicción de otros Estados. Cuando el movimiento migratorio se produce dentro de las fronteras de un mismo país, la protección puede regirse por los Principios Rectores del Desplazamiento Interno. En este caso, el desplaza- miento se produce cuando «personas o grupos de personas [...] se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano». Vemos que los Principios Rectores contemplan expresamente la protección de las personas desplazadas a causa de desastres naturales o provocados por el ser humano y contienen importantes protecciones de los derechos humanos en tales casos. El problema de este instrumento es que no es obligatorio y no cubre las migraciones forzadas internacionales. La Convención de Kampala sobre los desplazados internos de la Unión Africana, en cambio, si bien es el primer tratado internacional vinculante sobre desplaza- miento interno, que ofrece importantes protecciones de los derechos humanos para las personas desplazadas debido a factores relacionados con el medio ambiente o los desastres naturales, tampoco cubre a los migrantes que cruzan fronteras y su ámbito de aplicación es el regional.

En segundo lugar, existen dificultades en la caracterización del cambio climático o degradación ambiental como «persecución». La persecución implica violaciones de los derechos humanos que son suficientemente graves, debido a su naturaleza inherente o debido a su repetición.6 Al respecto, ACNUR organizó una mesa redonda de expertos sobre cambio cli- mático y desplazamiento que se celebró en Bellagio, Italia, del 22 al 25 de febrero de 2011, con el apoyo de la Fundación Rockefeller. En esta reunión se rechazó el uso de los términos «refugiado climático» y «refugiado ambiental», ya que son inexactos y engañosos.7 En este sentido, parte del problema en el contexto del cambio climático es identificar un «perseguidor». No obstante, si se considera que los gobiernos de los pequeños países insulares en desarrollo, como los Estados de Kiribati y Tuvalu, no son responsables del cambio climático, ni desarrollan políticas que aumentan sus efectos negativos en determinados sectores de la población, se podría argumentar que el “perseguidor” en este caso es la “comunidad inter- nacional”, y los países industrializados en particular, cuyo fracaso para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, junto con su emisión, han contribuido a la difícil situación a la que se enfrentan estos Estados.

En tercer lugar, según la Convención, los refugiados huyen de su propio gobierno (o de agentes privados de los cuales el gobierno no puede o no quiere protegerlos de ellos), pero una persona que huye de los efectos del cambio climático no escapa de su gobierno, sino que más bien está buscando protección en los países que han contribuido al cambio climático. Esto presenta otro problema en términos de la definición legal de refugiado: el gobierno sigue siendo capaz y está dispuesto a proteger a sus ciudadanos.

En relación con el elemento de la persecución, la Convención sobre los Refugiados requiere que tal persecución sea por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a determinado grupo social. Esta cuestión es también problemática por cuan- to los impactos del cambio climático son en gran medida indiscriminados, en lugar de estar vinculados a las características particulares, como los antecedentes de una persona o sus creencias. Además, si bien el cambio climático afecta más negativamente a algunos países, en virtud de su geografía y sus recursos, no lo hace con base a una característica personal particular, como la nacionalidad o la raza de sus habitantes. En consecuencia, sería difícil de establecer el argumento de que las personas afectadas por el cambio climático pudieran constituir un determinado grupo social, porque el derecho exige que el grupo debe estar conectado por una característica fundamental, inmutable, que no sea el riesgo de persecución por sí mismo.

La Convención sobre los refugiados requiere que la persecución que sufren las personas sea por otivos de raza, religión, nacionalidad, opinióm política o pertenenecia a determinado grupo social. sin embargo, los impactos del ambio climáticoson indiscriminados y no están vinculados a los antecedentes de una persona o a sus creencias.

Consecuentemente, a pesar que la Convención de 1951, enmendada por su Protocolo de 1967, se considera como el principal instrumento de protección de los refugiados y una norma de derecho internacional consuetudinario,8 se ha reconocido que los términos «refugiados climáticos» y «refugiados ambientales» no son, en términos jurídicos, nomenclaturas exactas o útiles y, por lo tanto, deben evitarse. No obstante, es necesario precisar que la Convención de 1951 puede aplicarse en situaciones específicas, por ejemplo, cuando «las víctimas de desastres naturales huyen debido a que su gobierno ha retenido u obstruido deliberadamente la asistencia con el fin de castigarlas o marginarlas debido a alguno de los cinco motivos [de la Convención]».9 Estas acciones pueden llevarse a cabo durante conflictos armados, situaciones de violencia generalizada, desorden público o inestabilidad política e incluso en tiempo de paz.

   Además de la Convención de 1951, a nivel regional el estatuto de refugiado se reconoce en dos instrumentos internacionales más: la Convención de la Organización de la Unidad Africana (OUA) sobre los Refugiados de 1969 y la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984. Ambas constituyen prominentes instrumentos regionales sobre refugiados que amplían la definición de refugiado para África y América Latina, proponiendo nuevos enfoques para las necesidades humanitarias de las personas refugiadas y desplazadas con un espíritu de solidaridad y cooperación. Así, ambas incluyen, entre las causas para desplazarse, las situaciones que han alterado gravemente el orden público10 que, de cierta forma, podrían resultar equiparables a la degradación ambiental como la causante de hambrunas y sequías. Esta referencia a circunstancias que perturben el orden público ha sido interpretada como clave para incluir a los refugiados ambientales. Aun así, la Convención de la OUA solo permite que aquellas personas que sufren «funda- do temor a ser perseguidas» se califiquen como refugiadas, manteniéndose uno de los inconvenientes señalados anteriormente en el análisis de la Convención de Ginebra de 1951. Además, por el momento, los principales inconvenientes para ampliar la protección a los migrantes ambientales son que, por un lado, tienen carácter regional, no universal, es decir, su ámbito de aplicación solo protege a los individuos que viven en África o en América Latina y, por otro lado, no recogen específicamente los motivos ambientales. Además, la Declaración de Cartagena se trata de un instrumento jurídicamente no vinculante.

La laguna jurídica a la que se enfrentan los migrantes ambientales se agrava con la inexistencia de una institución internacional que asuma la responsabilidad de las personas que migran de manera forzada cruzando fronteras internacionales. ACNUR, a pesar de reconocer la gravedad de la situación, no ha asumido la protección para las personas que migran por motivos climáticos ni ha revisado su mandato para incluirlos.

La no adecuación del concepto de «refugiado» ha sido confirmada por algunos casos en Australia y Nueva Zelanda, en los que algunos habitantes de Tuvalu y Kiribati habían solicitado el reconocimiento de esta condición de refugiado por los impactos del cambio climático. No obstante, en ninguno de ellos se admitió el reconocimiento de tal condición de refugiado. Por ejemplo, en uno de los casos ocurridos en Nueva Zelanda, la Autoridad de Apelaciones del Estatuto de Refugiados explicó que:

«[...] este no es un caso donde se pueda decir que los recurrentes corran diferencialmente el riesgo de daños equivalente a persecución debido a cualquiera de estos cinco motivos. Todos los ciudadanos de Tuvalu enfrentan los mismos problemas ambientales y las dificultades económicas que se viven en Tuvalu. Más bien, los recurrentes son víctimas desafortunadas, como todos los ciudadanos de Tuvalu, de las fuerzas de la naturaleza que conducen a la erosión de las costas y de que la propiedad familiar esté parcialmente sumergida por la marea alta».11

La laguna jurídica a la que se enfrentan los migrantes ambientales se agrava con la inexistencia de una institucion internacional que asuma la responsabilidad de proteger a las personas que migran de manera forzada cruzando fronteras internacionales.

En otro caso, que se presentó en Australia, el Tribunal de Revisión de Refugiados declaró:

«En este caso, el Tribunal no cree que se pueda identificar el elemento de una actitud o motivación, de tal forma que la conducta temida pudiera considerarse correctamente como persecución por motivos de una característica de la Convención según ese requisito […] Simplemente no existe base para concluir que los países que se puede decir que históricamente han sido altos emisores de dióxido de carbono o de otros gases de efecto invernadero tienen algún elemento de motivación para afectar a los residentes de países bajos tales como Kiribati, ya sea por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política».12

Paradójicamente, el mismo gobierno de Kiribati rechaza, en el ámbito de esta política, la consideración de sus habitantes de refugiados, por entender que esta es una respuesta ante un suceso inesperado, mientras que el cambio climático no solo es esperado sino que su realidad es evidente. El objetivo, al margen de las denominaciones de los migrantes, es lograr las condiciones necesarias para que su pueblo pueda migrar con dignidad, y no en situación de desventaja.

El estatuto de apátrida

La posible desaparición o hundimiento de algunos pequeños estados insulares y/o con zonas costeras bajas, debido al aumento del nivel del mar y a los impactos de este sobre el país y su gente, plantea la realidad de cómo las modificaciones ambientales están afectando a las personas.13 Al respecto, a pesar de la novedad de la situación de pérdida de territorio, existe una presunción general de continuidad de la condición de Estado y de personalidad jurídica internacional en virtud del derecho internacional. Así, la condición de Estado no se pierde de forma automática con la pérdida de territorio habitable, ni está necesariamente afectada por los movimientos de población. Es más, de acuerdo con el valor de la dignidad, el derecho a ser reconocido con una nacionalidad o a tener un visado, que permita el libre tránsito, no deben ser condiciones para que se dejen de respetar los derechos humanos de las personas, pues todos los seres humanos tienen un valor intrínseco, el valor de la dignidad, del cual jamás se debe privar a nadie. Sería poco probable que muchos países desaparececiesen completamente debido a la elevación del nivel del mar; sin embargo, persiste una preocupación muy real acerca de que algunos de esos países pueden llegar a ser inhabitables, probablemente debido a insuficientes recursos de agua dulce.

En todo caso, la potencial desaparición de los países insulares por los efectos del cambio climático aumenta el riesgo de generar el fenómeno de la «apatridia de facto» a gran escala, que podría convertirse en «apatridia de jure» si el Estado afectado considerara que ha cesa- do su existencia y en caso de que no hubiesen adquirido otra nacionalidad (por ejemplo, trasladándose a otro país y convirtiéndose en sus ciudadanos).14 Es evidente que el número de Estados en peligro afectaría a la cantidad de personas eventualmente desplazadas; no obstante, la población total de los mencionados Estados de Kiribati, Tuvalu, Tokelau, las Maldivas y las Islas Marshall suma menos de 600.000 personas. Este número se podría considerar pequeño en relación con el total de personas que podrían ser desplazadas permanente o temporalmente debido a las inundaciones y que el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) calculó en 330 millones si las temperaturas globales aumentaran de tres a cuatro grados centígrados.15 Sin embargo, en términos absolutos el desafío sería considerable y podría llevar a la apatridia a algunas poblaciones afectadas.

En el derecho internacional, un Estado existe si reúne cuatro elementos constitutivos: si un territorio definido tiene una población permanente, un gobierno eficaz y la capacidad de entablar relaciones con otros países.16 La posible desaparición de los pequeños países insulares en desarrollo, por la pérdida de territorio por la inmersión, determinaría, de acuerdo con el derecho internacional, la desaparición del país como entidad legal. Asimismo, puede suceder que mucho antes de la desaparición del territorio físico se vuelva inhabitable por la situación de precariedad en la subsistencia de su población. En consecuencia, la falta de población o incluso la pérdida de un gobierno eficaz, antes de la desaparición física del país, serían factores determinantes para la desaparición jurídica de su subjetividad internacional.

En ese sentido, la desaparición de los países insulares ha sido un aspecto que ha recordado ACNUR ante el Grupo de Trabajo Especial sobre la Cooperación a Largo Plazo (GTE- CLP) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), identificando los problemas que pueden enfrentar, en este sentido, las poblaciones de Estados como Maldivas, Tuvalu, Kiribati o las Islas Marshall.17

La eventual desaparición de pequeños países insulares por los efectos del cambio climático aumenta el risgo de generar el fenómenos de la "apátrido de pacto" a gran escala.

La definición legal de «apátrida» viene establecida en el artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, donde se restringe deliberadamente a la persona que «no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación».18 Es decir, esto se refiere a un país que realmente ha denegado o privado a una persona de nacionalidad. En este sentido, en el caso de la posible desaparición de los pequeños países insulares, la Convención de 1954 no protegería a sus habitantes a menos que el país en cuestión hubiese retirado formalmente la nacionalidad de las personas, lo cual resulta improbable por las obligaciones impuestas por el derecho de los derechos humanos. No obstante, si un país se reconoce como inexistente, entonces su antigua población estaría cubierta por la definición de «apátrida», siempre que no hubiese adquirido una nueva nacionalidad. Esto obligaría a los países signatarios a proporcionar a estas personas en su territorio los derechos contenidos en dicho tratado, incluyendo que «facilitarán en todo lo posible la asimilación y la naturalización».19 La aplicación de este precepto requiere que la población del país extinto tenga que abandonar su hogar y llegar a un país signatario antes de poder reclamar sus beneficios.20 Esta posibilidad parece ser remota porque: la novedad de esta situación no determina si los Estados estarían dispuestos a considerar que un país preexistente ha desaparecido y la Convención solo obliga a los pocos Estados que la han ratificado y, por lo tanto, son escasos los que reconocen este estatuto.

Nuevas perspectivas en el reconocimiento y protección internacional de los migrantes ambientales: los derechos de las personas y los deberes de los Estados

La situación de millones de personas que se enfrentan a los riesgos generados por la modificación ambiental hasta el extremo de comprometer sus derechos más básicos y, en definitiva, su subsistencia exige, sin duda alguna, una respuesta internacional. Así, la reafirma- da inadecuación del estatuto de refugiado y la incapacidad de los Estados de planificar un proceso migratorio de sus habitantes, han exigido plantear respuestas para procurar la protección y la asistencia de las poblaciones que huyen: una cobertura jurídica más allá del estatuto de refugiado que, en algunos de los casos, ya existe en el ordenamiento jurídico internacional y otras son nuevas propuestas que buscan no solo proteger y visibilizar la situación de los migrantes ambientales, sino también reforzar y reafirmar la debida diligencia, la obligación de proteger a la población y la obligación de cooperar que tienen los Estados en relación con los movimientos forzados de población por causas ambientales.

La protección complementaria de los derechos de los migrantes ambientales y del derecho a migrar.

A pesar de las limitaciones de la obligación de protección por parte de un país de acogida y la falta de reconocimiento de un derecho humano al medio ambiente sano, el derecho de los derechos humanos ha ampliado las obligaciones de protección de los países más allá de la categoría de «refugiado», en la medida que las modificaciones ambientales, origen del movimiento forzado, pueden impactar sobre alguno de ellos: el derecho a la vida, el derecho a una alimentación adecuada y el derecho a no padecer de hambre, el derecho al agua potable, el derecho al disfrute del más alto nivel de la salud y el derecho a una vivienda adecuada.

La protección del migrante ambiental más importante e inapelable es la asunción necesaria de que los derechos humanos básicos son los que corresponden por igual a toda persona, ya sean nacionales o extranjeros. El fundamento de la protección de estos derechos, universalmente reconocidos, es la misma dignidad humana más allá de circunstancias accidentales.21 Por ello, en base a consideraciones de humanidad, se debería apoyar a los migrantes que se desplazan a raíz de cambios del medio ambiente previo, durante y después del proceso migratorio y con diferentes modalidades, o bien como respuesta de emergencia a un desastre repentino, o bien como acciones planificadas de antemano para acompañar desplazamientos sostenidos de migrantes o prestar asistencia a su reasentamiento. El socorro humanitario debería asegurar que se respeten los derechos más básicos de los migrantes inducidos por el medio ambiente, de conformidad con los principios de derechos humanos, y que se preste la debida atención a los principios fundamentales de no discriminación, participación, empoderamiento y responsabilidad.

La protección del migrante ambiental más importante e inapelable es la asunción necesaria de que los derechos humanos básicos son los que corresponden por igual a toda persona.

Por lo tanto, el derecho internacional de derechos humanos crea las bases para una protección complementaria, es decir, una protección basada en los derechos humanos, adicional a la prevista por la Convención sobre los Refugiados de 1951 y a cualquier otra propuesta de protección que pueda surgir. Es el mínimo común denominador de la dignidad de cualquier persona. Así, en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, es preciso que los Estados reconozcan, ante todo y como norma, los derechos civiles y políticos de «todos los individuos en su territorio y sujetos a su jurisdicción, sin distinción» (artículo 2). Además, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también de 1966, garantiza los derechos sociales, económicos y culturales de todas las personas sin discriminación. Al respecto, esos pactos aseguran la aplicabilidad a los migrantes de los derechos fundamentales, incluido el derecho a la vida, y entre otros derechos básicos, el derecho a un nivel adecuado de vida y de salud.22

Una de las consecuencias más importantes de esta protección complementaria es la prohibición de devolución a una situación de riesgo real, de privación arbitraria de la vida o de tratos inhumanos o degradantes. Aquí también la cuestión es determinar si huir de los impactos del cambio climático puede alcanzar el umbral de protección establecido en la existente jurisprudencia sobre derechos humanos. Sin embargo, a nivel nacional la práctica de numerosos países en la concesión de algún tipo de permiso de permanencia para las personas que huyen de desastres naturales se apoya en la idea de que esas personas están en necesidad de protección internacional, aunque solo sea temporalmente, como es el caso de Ioane Teitiota y su familia.

Aunque, en teoría, cualquier violación de los derechos humanos podría dar lugar a una obligación de no devolución, en la mayoría de los casos será prácticamente imposible para un solicitante establecer que el control sobre la migración fue desproporcionado en relación con cualquier incumplimiento de un derecho humano.23 Esto es porque, a diferencia de la absoluta prohibición de devolver a alguien a un lugar donde estaría sujeto a tratos inhumanos o degradantes, la mayoría de las disposiciones de derechos humanos permiten una prueba de equilibrio entre los intereses del individuo y los del Estado, y colocan así la protección de la devolución fuera del alcance en todo, excepto en los casos más excepcionales.

Por lo tanto, aunque la violación de derechos humanos, como el derecho a un nivel de vida adecuado, pueda considerarse como una forma de trato inhumano que dé lugar a la protección internacional, la cuestión es determinar si se considera que esas violaciones, que no son infligidas por el Estado del que se huye, dan lugar a la protección o si se consideran como malos tratos que dan lugar a una obligación de protección por parte de un tercer Estado.24 La jurisprudencia ha determinado el significado de «trato inhumano o degradante», en el sentido de que no se puede usar como un remedio para la pobreza general, el desempleo o la falta de recursos o de atención médica, excepto en las circunstancias más excepcionales.25 Y a pesar de que esta jurisprudencia existente no impide que los impactos climáticos sean reconocidos como una fuente de tratos inhumanos,26 parece en gran manera inadecuada a la situación de los desplazamientos inducidos por el clima, en los que la responsabilidad del desplazamiento es muy difusa, atribuible a un gran número de países contaminantes durante muchos años, en lugar de malos tratos directos de algún gobierno determinado hacia una persona en particular, y la gran cantidad de personas desplazadas puede requerir soluciones determinadas en grupo, en lugar de soluciones individuales.

Además, a diferencia de la protección tradicional, que responde a la huida de un daño infligido o sancionado por el Estado de origen, la protección que se busca para los movimientos forzados inducidos por el clima es la inversa: las personas pueden exigir protección en los Estados industrializados precisamente porque ellos tienen la responsabilidad de ayudar a quienes, a lo largo del tiempo, han sufrido como resultado de sus emisiones.27

Considerando que la potencial reubicación planificada de poblaciones enteras puede ser necesaria, sobre todo en el caso de los pequeños países insulares en desarrollo, la dignificación del movimiento poblacional debe garantizar el disfrute de los derechos pertinentes y la seguridad de quienes son reubicados. Estos comprenden los derechos a disfrutar y practicar la cultura y las tradiciones propias y de continuar ejerciendo los derechos económicos en sus áreas o países de origen. En particular, los individuos deben tener acceso a información sobre las razones y procedimientos de su movimiento y, cuando sea pertinente, sobre la compensación y la reubicación.28

La responsabilidad de los países más industrializados en el impacto del cambio climático sobre las poblaciones más vulnerables los obliga a proporcionar una compensación y a respetar los derechos de la población afectada que se ve forzada a abandonar sus tierras.

El respeto de la dignidad de estas personas debe partir de sus derechos a la vida, la dignidad, la libertad, la seguridad y la autodeterminación. Las decisiones sobre dónde, cuándo y cómo reubicar a las comunidades tienen que ser sensibles a las identidades y las fronteras culturales y étnicas para evitar posibles tensiones y conflictos. También tienen que salvaguardar los medios de vida sostenibles, las tradiciones, el acceso a la tierra y el respeto de los derechos sobre la tierra y la herencia. Los intereses de las personas con vulnerabilidades particulares, por ejemplo, adultos mayores, indígenas, minorías étnicas y personas con discapacidad, tienen que ser reconocidos en todas las etapas de cualquier proceso de reubicación. Todos estos derechos son especialmente relevantes, pero las necesidades e intereses de las comunidades de acogida también deben ser respetados y cuidadosamente equilibrados en este proceso.

El contexto del cambio climático, sin duda, plantea cuestiones particulares en torno a las responsabilidades estatales compartidas y a la cooperación internacional, en razón sobre todo de la distinta responsabilidad en provocar la alteración climática.

El impacto del cambio climático sobre las poblaciones más vulnerables en desarrollo resulta claro, así como la contribución de los países más industrializados que, con el mal uso de los recursos naturales, les corresponde proporcionar una compensación y respetar los derechos de la población afectada que se ve forzada a abandonar sus tierras. En res- puesta a esta responsabilidad, el principal aunque no exclusivo deber y responsabilidad de los Estados es prevenir y proteger a las personas del desplazamiento, mitigar sus consecuencias, proporcionar protección y asistencia humanitaria y encontrar soluciones duraderas.

En su Opinión Consultiva OC-18/03, la Corte Interamericana de Derechos Humanos decretó que:

«[…] la situación regular de una persona en un Estado no es condición necesaria para que dicho Estado respete y garantice el principio de la igualdad y no discriminación, puesto que dicho principio tiene carácter fundamental y todos los Estados deben garantizarlo a sus ciudadanos y a toda persona extranjera que se encuentre en su territorio, independiente de su situación migratoria, puesto que el respeto y garantía de goce y ejercicio de esos derechos deben realizarse sin discriminación alguna».29

Según la ONU, la migración es un derecho cuando se especifica que el individuo migran- te busca condiciones de vida dignas y calidad moral. En el artículo 13.1 de la Declaración Universal de los derechos humanos se reconoce «el derecho que toda persona tiene a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado». Si la migración es un derecho y, además, en este caso una necesidad de supervivencia, no se debería criminalizar a quienes la ejercen. Por lo tanto, con el fin de garantizar este derecho es necesario que las políticas migratorias salvaguarden la dignidad de quienes migran y que se orienten a organizar la migración climática a fin de minimizar sus efectos sobre los derechos humanos de las personas afectadas y asegurar que no se agrave su vulnerabilidad debido al proceso de migración.30 Al respecto, los Estados de destino tienen la obligación, en este sentido, de no discriminar y de adoptar políticas que aseguren la igualdad efectiva entre los migrantes y la protección de sus derechos más fundamentales.

Así, garantizar un proceso de migración que salvaguarde la dignidad de las personas migrantes es fundamental para evitar el abuso de sus derechos, especialmente, cuando se trata de los migrantes indocumentados. La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de 200331 aplica explícitamente los derechos elaborados en la Carta Internacional de Derechos Humanos a la situación concreta de los trabajadores migrantes y sus familias. La Convención, que entró en vigor en 2003, ha sido ratificada hasta ahora por 45 Estados. Desgraciadamente ni un solo país de destino de migrantes ha ratificado la Convención. Otros convenios, que han sido negociados bajo los auspicios de la Organización Internacional del Trabajo, contienen importantes disposiciones a tener en cuenta que reafirman los derechos humanos de los migrantes.32

Avances en la protección alternativa para los migrantes forzados por causas ambientales.

La carencia e inadecuación de una regulación específica han generado una serie de pro- puestas para dar respuestas adecuadas a estas personas. La mayoría de estas propuestas, surgidas de diferentes sectores doctrinales son: 1) la posible adopción de un tratado internacional específico en la materia, 2) un nuevo Protocolo específico a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), 3) la Iniciativa Nansen y 4) los Principios de Península.

La solución residirá en la voluntad política de cooperar y establecer un marco de protección adecuado y suficiente para prevenir y rsponder a las crisis huanitarias generadas por la degradación del medio ambiente.

Sin duda, de las dificultades de aplicar instrumentos internacionales ya existentes surge la idea de crear una nueva convención para proteger de manera explícita a los migrantes ambientales. No obstante, las propuestas teóricas presentadas no han contado con el apoyo político necesario, como fue, por ejemplo, la Convención propuesta por la Universidad de Limoges para regular y proteger a las migraciones forzadas por causas ambientales.

Otra de las opciones de articulación de la protección de las personas que se encuentran en la situación de migración inducida por el cambio climático gira entorno a la idea de adop- tar un nuevo Protocolo a la CMNUCC, denominado Protocol on Recognition, Protection and Resettlement of Climate Refugees (Climate Refugee Protocol). Este Protocolo a la CMNUCC se sustentaría en cinco principios básicos: la reubicación y el reasentamiento planificados; el reasentamiento en lugar de asilo temporal, pues en algunos casos será imposible el retorno; los derechos colectivos para las poblaciones locales, quienes se trasladarán generalmente en grupo, poblaciones de una ciudad, región, etc.; la asistencia internacional de medidas estatales, la comunidad internacional deberá apoyar a los Estados a la hora de atender a estos migrantes; y las cargas compartidas, el cambio climático es un problema global tanto en sus causantes como en sus consecuencias, como se ha visto anteriormente, los países industrializados tienen la responsabilidad de proteger a las víctimas climáticas. El principal problema de esta propuesta es determinar el vínculo de causalidad entre un determinado desastre natural y la migración forzada.

La propuesta existente basada en los Principios de Nansen fue el principal resultado de la Conferencia Nansen sobre Cambio Climático y Desplazamiento en el siglo XXI, auspiciada por el gobierno de Noruega, en junio de 2011. Estos principios contienen un amplio conjunto de recomendaciones ante los retos más urgentes y complejos que genera el desplazamiento forzado de personas en el contexto del cambio climático y otros peligros ambientales, y remarcan que las normas de Derecho internacional ya existentes deberían utilizarse plena- mente y deberían solucionar las lagunas normativas y no solo internacionales, sino también nacionales. Por ejemplo, aunque los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos ofrecen un marco jurídico profundo a quienes se encuentran desplazados dentro de su propio país, su implementación no es posible sin una legislación, unas políticas y unas instituciones nacionales adecuadas. Los principios reconocen el vacío normativo que existe en lo que res- pecta a la protección de las personas que cruzan las fronteras internacionales a causa del desencadenamiento repentino de desastres y sugieren que los Estados y ACNUR trabajen juntos para desarrollar un marco o instrumento orientativo al respecto.

Posteriormente y con el propósito de incluir la migración ambiental en la agenda internacional, en octubre de 2012, Noruega y Suiza lanzaron en Ginebra y Nueva York la llamada Iniciativa Nansen, con el fin de crear consenso entre los Estados interesados acerca del mejor modo de abordar los movimientos entre fronteras en el contexto de los desastres de evolución lenta que se producen repentinamente. La idea final es establecer un Programa de Protección que permita presentar una interpretación común entre los gobiernos partícipes en él, de sus dimensiones y de los retos a los que se enfrentan los principales interesados en asuntos humanitarios; identificar buenas prácticas y herramientas para la protección de las personas desplazadas entre fronteras en el contexto de las catástrofes naturales; establecer un acuerdo sobre los principios clave que deberían guiar a los Estados y a otros interesados relevantes en asuntos humanitarios en tres áreas como la cooperación internacional/ interestatal, en baremos de protección de las personas desplazadas y respuestas operativas; hacer recomendaciones sobre los papeles y responsabilidades respectivas de los actores y principales interesados relevantes en asuntos humanitarios; y proponer un plan de acción para llevar a cabo un seguimiento, la identificación de normativas adicionales y el desarrollo institucional y operativo necesarios a nivel nacional, regional e internacional. De nuevo el voluntarismo de los Estados va a condicionar el avance en la protección de estas personas.

Más recientemente, otra iniciativa adoptada en este ámbito fueron los llamados Principios de Península sobre el Desplazamiento Climático dentro de los Estados, del 18 de agosto de 2013.33 Estos Principios de Península se basan en la protección complementaria del régimen internacional de los derechos humanos y se centra en los casos de las personas que se desplazan por motivos principalmente climáticos dentro de un Estado y no a nivel transfronterizo. Establecen, además, las obligaciones de los Estados y de la comunidad internacional hacia estas personas: cumplir con sus obligaciones bajo el derecho internacional para prevenir y evitar las condiciones que provocan el desplazamiento climático (Principio 5) y prestar asistencia para la adaptación, protección y otras medidas, garantizan- do la protección contra el desplazamiento climático (Principio 6).

Todas estas propuestas se dirigen a encontrar respuestas a una realidad internacional compleja, pero creciente y preocupante como son las migraciones forzadas por modificaciones ambientales, que en la actualidad ni el marco jurídico de las migraciones ni el del cambio climático, contemplan específicamente ni dan una respuesta satisfactoria. La verdad es que la solución más adecuada no debe venir necesariamente de una novedad jurídica, sino de una voluntad política de cooperar y de establecer un marco de protección adecuado y suficiente para prevenir y/o responder a las crisis humanitarias generadas por la degradación del medio ambiente. En todo caso, será interesante ver cómo estas distintas iniciativas van evolucionando. Mientras, la realidad de millones de personas no es otra que la de huir y sobrevivir a las modificaciones ambientales, como le ocurre a la familia de Ioane Teitiota.

Susana Borrás es profesora e investigadora del Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT) de la Universidad Rovira i Virgili (Tarragona)

NOTAS:

1 La OIM define la migración como un «movimiento de población hacia el territorio de otro Estado o dentro del mismo que abarca todo movimiento de personas sea cual fuere su tamaño, su composición o sus causas, que incluye migración de refugia- dos, personas desplazadas, migrantes económicos». Véase OIM, Cambio climático, degradación ambiental y migración. Diálogo Internacional Sobre La Migración, n. 18, OIM, Ginebra, 2012.

2 Véase E. El-Hinnawi, Environmental Refugees, United Nations Environment Programme, Nairobi, 1985; A. Suhrke y A.
Visentin, «The environmental refugee: a new approach», Ecodecision, septiembre, 1991, pp. 73-74; P. J. Stoett, Environmental refugees: conceptual problems and international mitigation, 1993; A. Suhrke, «Environmental degradation and population flows», Journal of International Affairs, vol. 47, núm. 2, 1994, pp. 473-496; N. Kliot, Environment, Migration and Conflict: A Critical Review, University of Haifa, Israel, 2000; D. Keane, «The Environmental Causes and Consequences of Migration: A Search for the Meaning of Environmental Refugees», Georgetown International Environmental Law Review, n. 16, 2004, pp. 209-223; J. M. Castillo, Migraciones ambientales. Huyendo de la crisis ecológica en el siglo XXI, Virus editorial, 2011; S. Borras, «Refugiados ambientales: el nuevo desafío del derecho internacional del medio ambiente», Revista de Derecho (Valdivia), vol. XIX, n. 2, 2006, pp. 85-108.

3 OIM, «Nota para las deliberaciones: la migración y el medio ambiente», MC/INF/288, del 1 de noviembre de 2007, nonagésima cuarta reunión.

4 La definición usual de «refugiado ambiental» proviene del informe de El-Hinnawi, op. cit., p. 4.

5 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (adoptada el 28 de julio de 1951, entrada en vigor el 22 de abril de 1954)
189 UNTS 137, artículo (2), y su Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967 (adoptado el 31 de enero de 1967, entrada en vigor el 4 de octubre de 1967) 606 UNTS 267.

6 Véase también la Directiva 2004/83/EC del Consejo de 29 de abril de 2004 por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida, en el Diario Oficial de la Unión Europea L304/12, artículo 9.

7 Informe del Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes A/67/299 Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 70 b) del programa provisional «Promoción y protección de los derechos humanos: cuestiones de derechos huma- nos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales», del 13 de agosto de 2012. Disponible en: http://www.acnur.es/pdf-reunionexpertos/2011-02-22.25-Resumen.pdf.

8 Declaración de los Estados Partes de la Convención de 1951 y/o el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, párrafo 4, Doc. ONU HCR/MMSP/2001/09, 16 de enero de 2002, disponible en: www.acnur.org/biblioteca/pdf/0747.pdf.

9 ACNUR, «Desplazamiento forzado en el contexto del cambio climático: Desafíos para los Estados en virtud del derecho inter- nacional», presentado en la sexta reunión del Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención, 20 de mayo de 2009, pp. 9-10.

10 La Convención de la OUA añade a la definición de persona refugiada que establece Ginebra que se otorgará el estatuto de persona refugiada a las personas obligadas a salir de su país de origen «[…] a causa de una agresión exterior, una ocupación o una dominación extranjera, o de acontecimientos que perturben gravemente el orden público». Y la Declaración de Cartagena también aplica la condición de refugiado a las personas cuya «[…] vida, seguridad o libertad han sido amenaza- das por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público».

11 Ver Apelación de Refugiados Nº 72189/2000, Autoridad de Apelaciones del Estatuto de Refugiados de Nueva Zelanda, 17 de agosto de 2000, párrafo 13.

12 Ver 0907346 [2009] RRTA 1168 (10 de diciembre de 2009) párrafo 51 (Tribunal de Revisión de Refugiados de Australia).

13 Véase, en general J. McAdam, «’Disappearing States’: Statelessness and the Boundaries of International Law», en J.
McAdam
(dir.), Climate Change and Displacement: Multidisciplinary Perspectives, Hart Publishing, Portland, Oregon, 2010, pp. 105-130.

14 S. Park, «Cambio climático y el riesgo de apatridia: la situación de los Estados insulares en hundimiento», Series de
Investigación: Política de Protección y Asesoría Legal
, División de Protección Internacional (ACNUR), Ginebra, 2011.

15 PNUD, Informe sobre desarrollo humano 2007/2008. La lucha contra el cambio climático: solidaridad frente a un mundo dividido, Grupo Mundi-Prensa, Madrid, 2007.

17 ACNUR, Cambio Climático y apatridia: una visión general, 15 de mayo de 2009, disponible en: http://www.unhcr.org/ref- world/docid/4adec0eb2.html.

18 Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (adoptada el 28 de septiembre de 1954, entrada en vigor el 6 de junio de
1960) 360 UNTS 117 (Convenio de 1954), en el artículo 1 inciso 1: «A los efectos de la presente Convención, el término “apátrida” designará a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación».

19 Ver el artículo 32 de la Convención de 1954.

20 Al respecto es importante apuntar que, aunque poco ratificada e implementada, la Convención para reducir los Casos de Apatridia de 1961 obliga a los Estados a garantizar que ninguna persona se convertirá en apátrida como resultado de la transferencia de un territorio (artículo 10). Consúltese también el proyecto de artículos de la Comisión de Derecho Internacional sobre la nacionalidad, nota 91, artículo 1, que contiene el «derecho a la nacionalidad»; el artículo 4 exige a los Estados tomar medidas para prevenir la apatridia como consecuencia de la sucesión.

21 D. Pardo, «Migración internacional y derechos fundamentales», Ideas y valores, Septiembre, 2012 [disponible en:
http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-00622012000300024&lang=es].

22 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo, artículos 11 y 12.

23 C. Kacaj. Secretario de Estado para el Departamento del Interior del Reino Unido [2002] EWCA Civ 314, párrafo 26, en inglés.

24 R c. Juez especial ex parte Ullah [2004] UKHL 26, en inglés; Comité de Derechos Humanos, Observación General 15: La situación de los extranjeros con arreglo al Pacto (11 de abril de 1986), párrafo 5; véase también Comité de Derechos Humanos, Observación General 18: No discriminación (10 de noviembre de 1989).

25 D c. el Reino Unido (1997) 24 EHRR 423; N c. el Secretario de Estado para el Departamento del Interior del Reino Unido [2005] UKHL 31; ELH c. Francia (1997) 20 EHRR 29, párrafo 42; consúltese también las opiniones del Comité contra la Tortura, como en AD c. Los Países Bajos, Comunicación No. 96/1997 (24 de enero de 2000), documento de la ONU CAT/C/23/D/96/1997, párrafo 7.2.

26 Véase de nuevo la nota 24.

27 Esta es una variación sobre el argumento contenido en la petición de los inuit: Petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que buscan alivio de las violaciones que resultan del calentamiento global provocado por actos u omisiones de los Estados Unidos, 7 de diciembre de 2005, disponible en: http://www.earthjustice.org/library/legal_docs/petition- to-the-inter-american-commission-on-humanrights-on-behalf-of-the-inuit-circumpolar-conference.pdf.

28 Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, Principios 7-9.

29 Ver Corte IDH. Condición Jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados. Opinión Consultiva OC-18/03 de 17 de septiembre de 2003. Serie A n. 18.

30 OIM, Migración, medio ambiente y cambio climático: Datos empíricos para la formulación de políticas (MECLEP), Ginebra,
2014, disponible en línea en: http://publications.iom.int/bookstore/free/MECLEP%20Glossary_SP.pdf, acceso el 3 de marzo de 2015.

31 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2220, n. 39481.

32 Por ejemplo, el Convenio relativo al empleo (revisado)


Nuevo ciclo de “Al salir del cole”

FUHEM organiza una nueva serie de los actos titulados “Al salir del cole”, nuestro ciclo de ‘Diálogos y experiencias educativas’ en el que debatimos a partir de la mirada experta y la visión de profesorado, familias y alumnado de de nuestros centros sobre alguno de los muchos temas que nos preocupan.

En esta ocasión y dada la centralidad del tema en nuestro Proyecto Educativo, vamos a repetir el título del debate, “Educar para la transformación ecosocial”, y al ponente inicial, que será Luis González, coordinador de las áreas educativas y ecosocial en FUHEM, y ofrecerá la visión general e introductoria. En cada uno de los actos, partiparán docentes y alumnado de cada centro, de forma que se pueda ver como teoría y práctica se entrelazan, y el calado que la perspectiva ecosocial está logrando en las distintas etapas y asignaturas.

Las citas de ‘Al salir del cole’ serán tres lunes consecutivos de noviembre. Todas comenzarán a las 16.15 horas, tendrán una duración en torno a dos horas y contarán con un servicio de cuidados gratuito para atender a niños y niñas.

Fechas, lugar y ponentes de cada charla

Hipatia: lunes, 12 de noviembre de 2018

En la Mediateca, participarán como ponentes en el debate y aportando su visión y su experiencia en función de la etapa o grupo:
• Luis González.
• Cecilia Varelán (Infantil/Primaria).
• Alejandra Bajo (Secundaria/Bachillerato).
• Alberto García Santiuste, (alumnado).

Colegio Lourdes: lunes, 19 de noviembre de 2018

En el salón de actos, los ponentes serán:
• Luis González.
• Paula Manrique (Infantil/Primaria).
• Fernando Mazo (Secundaria/Bachillerato)
• Alumnos/as participantes en el Grupo de transformación de patios.

Colegio Montserrat: lunes, 26 de noviembre de 2018

En la sala de profesores (edificio de Juan Esplandiú, 2 bis), como ponentes intervendrán:
• Luis González.
• Patricia St Maur (Infantil/Primaria).
• Ekaiz Urkiza (Secundaria/Bachillerato)
• Alumnos/as participantes en la Marcha Reto.

Síguelo en nuestras redes sociales

Hemos creado un evento en Facebook para cada acto, desde el que puedes invitar a tus amigos y compartir esta actividad. Hipatia, Lourdes y Montserrat te esperan “Al salir del cole”.

Además, seguiremos cada sesión a través de Twitter con el hastag #EducaciónEcosocial, y lo grabaremos para que, si no puedes venir, puedas ver el debate más adelante, en nuestro canal de YouTube donde tenemos recopilados los actos anteriores de 'Al salir del cole'.

No lo olvidéis, los lunes de noviembre tenéis una cita en los colegios de FUHEM.


Entrevista a Tica Font Gregori

Susana Fernández Herrero

FUHEM Ecosocial

 

Susana Fernández (SF): Hablando en términos generales, Tica, ¿cuáles crees que serán los factores de riesgo que generarán mayores conflictos internacionales en los próximos años? ¿Crees que se corresponderán con aquellos otros que actualmente concentran un mayor interés político y mediático a escala mundial (por ejemplo, los relacionados con la migración, el cambio climático, al control de las fronteras, etc.)?

Tica Font (TF): Un factor importante de riesgo de conflicto es la redistribución del poder relativo mundial. A principios de 1990 pasamos de un sistema mundial bipolar a un sistema multipolar con una sola potencia económica y militar (Estados Unidos), con capacidad de actuar a escala mundial. Hoy podemos observar que la supremacía norteamericana se erosiona: países como China, en no menos de 10 años, pasarán a ser la primera potencia mundial y económica, y posiblemente, si mantienen el ritmo, puede que en 20 o 30 años pasen a ser la primera potencia militar. Que ello ocurra va a depender de factores internos como el nivel de recursos que destinen a ello o de su capacidad de desarrollo tecnológico militar; pero también va a depender del nivel de recursos que Estados Unidos destine al desarrollo de nuevas capacidades militares. La cuestión es si la transición de poder llegará a ser efectiva, ¿pasará a ser China la primera potencia mundial? Y en caso de serlo, ¿irá acompañada o no de una confrontación militar entre ambos países? Cabe esperar que las dos potencias no se enfrentarán entre ellas, pero podrían hacerlo a través de terceros países en zonas como el Pacifico o países del Este. De momento, el rol que está adquiriendo China de potencia económica y militar provoca una reacción militarista en países próximos. Países como India están incrementado fuertemente su gasto militar –al igual que Rusia– con tal intensidad que pueden llegar a superar, por separado, a toda la Unión Europea dentro de unos pocos años. El incremento de la tensión geopolítica (competición económica y militar) puede llegar a producir crisis y escaladas militares en el área Asia-Pacifico o en países del Este. En este escenario de redistribución de poder mundial no podemos menospreciar el papel que las nuevas tecnologías pueden jugar. Continuaremos observando manifestaciones tradicionales de conflictividad armada con ejércitos convencionales, insurgencias o ataques terroristas, pero las nuevas tecnologías permiten llevar a cabo la guerra con medios no convencionales: atacar nudos de la economía o de servicios mediante hackers que llevan a cabo ataques sofisticados o trabajos periodísticos con apariencia rigurosa que trabajan al servicio de servicios de inteligencia públicos o privados. A otro nivel también se espera que los efectos que el cambio climático va a tener sobre sobre las tierras cultivables, la escasez de agua, la afectación sobre la producción de alimentos, etc. comporten desplazamientos masivos de población dentro de un mismo país, a países colindantes o hasta países occidentales. Si a ello le sumamos otras tendencias como el crecimiento de megaciudades o la propensión a vivir en zonas urbanas, podemos esperar tensiones que afectarán a la estabilidad política interna o a las relaciones entre estados, propiciando desordenes o revueltas ciudadanas.

SF: ¿Cómo podemos revertir estos procesos para conseguir un nuevo concepto de seguridad, más integral y coherente que incluya aspectos como la seguridad alimentaria, sanitaria, educativa y ambiental?

TF: El concepto clásico de seguridad nacional tiene como objetivo prevenir o rechazar amenazas militares y, por tanto, defender militarmente la soberanía, la independencia y la territorialidad del estado frente a posibles agresores. De esta manera, el estado busca su propia seguridad a través de incrementar su poder mediante su capacidad militar. Ya en los años ochenta surgieron enfoques críticos con esta concepción de la seguridad. Las críticas se centraban en que dicha concepción sólo se refería a la seguridad del estado, olvidando a los ciudadanos, al tiempo que planteaba amenazas militares desde el exterior sin considerar otras fuentes de inseguridad, tanto globales como internas, económicas o ambientales. Vivimos en un mundo interdependiente y, por tanto, las estrategias para abordar esa nueva realidad no pueden ser las estrictamente militares; hay que introducir más y nuevas estrategias. La seguridad humana plantea que la seguridad quedaba inextricablemente unida al bienestar de los humanos e implicaba que todas las personas han de tener la capacidad de satisfacer sus necesidades básicas en un entorno ambiental seguro. A 10-20 años vista vamos a tener que hacer frente a diversos retos sociales y políticos, a los movimientos migratorios y a los efectos del cambio climático. Vamos a tener que afrontar los desequilibrios demográficos con un mundo más urbano que nunca e importantes movimientos de población hacia las ciudades; habrá que afrontar un mundo en donde la brecha entre ricos y pobres cada vez será mayor, con una Europa y Estados Unidos en donde las clases medias están siendo erosionadas… Y, finalmente, creo que nuestro futuro más cercano estará marcado por las redes sociales e identitarias; en concreto las redes identitarias que van a tener más impacto serán aquellas que estén sustentadas por aspiraciones nacionalistas, independentistas, xenófobas, antimigratorias o islamistas radicales, entre otras. Seguramente estas redes no pasarán la línea de la violencia, pero el activismo y la polarización social puede llegarán a condicionar la política interna y externa. Cabe esperar que se agudicen las actuaciones hostiles contra las élites gobernantes y las instituciones políticas.

SF: ¿Qué impacto tiene en el agravamiento de las crisis políticas y conflictos armados en el comercio de armas? En tu opinión, ¿qué medidas deberían de adoptarse para el control de la venta de armamentos y qué condiciones serían necesarias para que estas medidas fueran efectivas a escala internacional?

TF: La lógica conflictiva imperante en la política de relaciones internacionales podemos observarla en países que aspiran a ser potencias económicas y militares a nivel regional, como Irán, Arabia Saudí, China o India; aspiraciones que van acompañadas de la acción de contrapeso que llevan a cabo otros países o alianzas de países que quieren evitar nuevas correlaciones de cambios de poder regional. En estas lógicas de poder político y económico, el gasto militar y la posesión de armamento es crucial, la disuasión sigue siendo el concepto básico utilizado por el poder de los estados. A través de las capacidades militares se impone en el vecindario el ideario político y económico en las zonas de influencia. Sobre esta cuestión destacaría tres elementos. Uno, los principales productores de armas en el mundo son Estados Unidos, la Unión Europea, Rusia y empieza a aparecer con fuerza China. Entre todos ellos controlan cerca del 90% de las exportaciones de armas mundiales. Hay que tener presente que todos ellos forman parte del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que tienen derecho a veto y que son los que tienen que decidir cuestiones como los embargos o las misiones de paz. La segunda cuestión se refiere al orden legislativo, donde cabe señalar que, mediante la presión política de las organizaciones civiles de paz, de desarrollo y las organizaciones humanitarias, se logró que en 1987 el Parlamento español aprobara una ley que regulase las exportaciones de armas, que en 1992 la Unión Europea aprobase una posición común que fue traspuesta a las legislaciones nacionales, y que en 2014 se aprobase el Tratado sobre Comercio de Armas. Todas estas leyes tienen en común que prohíben las exportaciones de armas a países en conflicto armado, que vulneran de forma sistemática los derechos humanos o que dan apoyo al terrorismo. A pesar de ello las armas llegan a países que no deberían llegar y la nueva coyuntura mundial está provocando un aumento del comercio mundial de armas. Finalmente, hay que destacar que las exportaciones de armas son un instrumento de política exterior en manos de los gobiernos. A modo de ejemplo: a Irán le venden armas Rusia y China, y a Arabia Saudí Estados Unidos y países de la UE.

SF: En cuanto a la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y las que han venido después, ¿qué cambios han supuesto para los procesos de participación plena y en pie de la igualdad de las mujeres en la prevención y solución de los conflictos, en la consolidación de la paz y en su mantenimiento?

TF: Desde Beijing 95 las mujeres han trabajado duramente para introducir su visión y perspectiva en todas las facetas de la vida humana. Fruto de este trabajo, de décadas, las mujeres han introducido en la agenda mundial el tema de la igualdad y la lucha por la no discriminación. Las mujeres acceden al mercado laboral con remuneraciones mayores que hace años y también hay más mujeres en la política formal pero, a pesar de estos avances, todavía no hay igualdad plena, todavía hay brecha salarial y no hay paridad con respecto a los hombres. La Resolución 1325 representa el reconocimiento por parte de toda la sociedad de cómo la violencia y el militarismo afectan de manera distinta a las mujeres y los hombres. Kosovo, Rwanda, Liberia, Guatemala, Colombia, todos estos conflictos nos han mostrado que la violencia de género y la violencia sexual durante el conflicto y post-conflicto han sido una práctica generalizada, reiterada y persistente. Hoy se reconoce que las mujeres se ven afectadas por actos de violencia de manera diferente a los hombres, que algunos de estos actos se dirigen específicamente contra ellas, mientras que otros les afectan en mayor proporción. La violencia sexual es la violencia más evidente en las guerras, pero las mujeres padecen otras violencias como es el caso de los desplazamientos forzados, el reclutamiento forzoso, la servidumbre sexual, la tortura, la mutilación sexual, la prostitución, la esterilización forzada o el embrazo forzado; junto con la interrupción de la escolarización o el no tener acceso a los centros de salud. Reconocer estos hechos es importante, visibiliza una realidad que estaba oculta y normalizada; reconocerlo da más importancia a la lucha de las mujeres contra la discriminación que sufren. La 1325 legitima y empodera a las mujeres a nivel internacional, pero reconocerlo no supone que los estados actúen y que lo hagan con celeridad. Las mujeres siguen y seguirán luchando para que su voz no solamente sea escuchada sino para que su visión, su enfoque y sus propuestas sean una realidad. En el proceso de negociación en Colombia ninguna de las dos partes, gobierno y FARC, tenían previstas sesiones con mujeres para abordar cómo el conflicto afectó de manera diferenciada a las mujeres y niñas. Sobre la marcha tuvieron que aceptar estas sesiones con mujeres y a incluir en el documento final elementos de perspectiva de género y cuestiones como que la violación sexual fuera formase parte de los crímenes a juzgar por la Justicia Especial para la Paz (JEP). Este éxito de las mujeres ha sufrido contratiempos: la Cámara de Representantes en el desarrollo de la ley de la JEP retiró la violencia sexual como crimen y fue traspasado a la justicia ordinaria, y la perspectiva de género, que fue uno de los puntos importantes en la campaña del referéndum de los acuerdos de paz, contó con una importante oposición por parte de las iglesias evangélicas a que fuera incluida esta perspectiva. Se avanza lentamente, pero se avanza.

SF: ¿Crees que actualmente los grandes medios de comunicación tratan las noticias con la intención de proporcionar información veraz y contrastada, o más bien esto queda supeditado a intereses económicos y políticos propios?

TF: La concentración de los medios de comunicación en las manos de pocas grandes corporaciones conlleva que la línea editorial y el cómo se abordan las noticias vengan determinados por los propios intereses del grupo que lo controla. Por ejemplo, en cuestiones como el terrorismo actúan como en el periodismo de guerra, defendiendo las posiciones de los gobiernos occidentales; después de unos atentados, sean en Paris, Madrid o Londres, los medios nos dan a conocer la vida de todas las víctimas, sus nombres, si trabajan, estudian, si tienen hijos, sus aficiones o cómo ha quedado truncado su futuro. Nos narran minuto a minuto las declaraciones de políticos, las acciones que va a emprender el gobierno, los daños materiales que se han ocasionado; toda una infinidad de detalles. En el caso de Francia, el presidente, dos días después de un atentado, decidió bombardear la ciudad de Raqqa en Siria. La prensa no pide explicaciones que justifiquen esta decisión, la prensa no informa sobre el impacto de estas actuaciones militares sobre la población civil, la destrucción de viviendas o las víctimas, quienes eran mujeres, niños, adultos, cuantos, etc. Obedecen la regla del periodismo de guerra: maximizar los daños que hemos sufrido y minimizar los daños que hemos causado. Esta estrategia persigue conducir a la opinión pública a que sea favorable a las actuaciones que va a llevar a cabo el gobierno. En el mismo sentido, el gobierno aprovecha la conmoción social que generan unos atentados y el peso de los medios de comunicación para plantear modificaciones legislativas que acaben recortando los derechos civiles de los ciudadanos. Los medios de comunicación y gobierno se apoyan mutuamente para llevar a cabo reformas que en otro contexto menos emocional la población no aceptaría.

SF: ¿Qué negocios se esconden detrás de la proliferación de conflictos, la securitización de las fronteras o la seguridad privada de las grandes transnacionales? ¿En qué medida el aumento del gasto en defensa repercute en detrimento de los recursos destinados a servicios sociales y sanidad? En tu opinión, ¿crees que se puede llevar a cabo la conversión de instalaciones, equipamientos o industrias militares hacia sectores civiles?

TF: En esta cuestión es conveniente tener presentes algunas premisas o elementos. Primero, los gobiernos no llevan a cabo políticas que puedan ir en contra de los intereses de las elites económicas y financieras, sino que hay una gran simbiosis entre los intereses de las elites y las políticas que se desarrollan. En segundo lugar, la globalización e internet comportan cambios profundos en las formas de negocio y han creado nuevos nichos de mercado de manera que el estado no se ha dotado de nuevos instrumentos para regular estos nuevos mercados, ni está llevando a cabo su papel fundamental de redistribuir los beneficios. En tercer lugar, la privatización de servicios públicos, en concreto la privatización de la seguridad, contribuyen en la debilitación del estado. A modo de ejemplo se calcula que el cambio climático afectará a la producción de alimentos; en ciertas zonas bajará la producción, al mismo tiempo que se producirán episodios de sequias prolongadas o inundaciones. Como consecuencia de ello, se producirán movimientos migratorios, dentro de un mismo país o hacia países vecinos o hacia Europa. Ante este escenario las empresas de seguridad y defensa trabajan junto a los gobiernos para diseñar y elaborar instrumentos e ingenios que utilizará el estado en su política de control de fronteras. Los estados generan encuentros de debate con las empresas para abordar qué tecnologías podrían desarrollar ellas mismas y que el estado las utilice en sus cuerpos policiales o militares. En definitiva, se han generado relaciones de dependencia mutua entre las corporaciones de seguridad y defensa y el estado. A mi entender, el punto clave de los aspectos que planteas está en romper esta simbiosis. En los foros donde se debaten y elaboran las doctrinas de seguridad se encuentran los altos funcionarios del estado, directivos de empresas y algunas universidades. No olvidemos que la lealtad de las corporaciones es con sus accionistas y que deben satisfacer los intereses económicos corporativos; mientras que el Estado debe ser leal a los ciudadanos con el objetivo de satisfacer el bien común y dentro del marco de respeto de los derechos humanos. Si no rompemos esta simbiosis entre empresas y estado, la espiral doctrina-necesidades-desarrollo tecnológico-presupuestos siempre irá al alza, en el sentido de que las corporaciones toman un rol de estado sin perder de vista el principio de generar beneficios económicos.

SF: Los precios de los alimentos y los conflictos geopolíticos han tenido muchas manifestaciones a lo largo de la historia. Los grandes agronegocios controlan la mayor parte de las transacciones dedicadas al acaparamiento de tierras. Además, las previsiones sobre los efectos inminentes del cambio climático sobre la agricultura acerba los temores de escasez alimentaria y agravan esa presión de despojo de tierras fértiles. ¿La seguridad y la soberanía alimentaria de algunos (pocos) se construirá en detrimento de la de otros (muchos)? ¿Cuál será el precio a pagar en caso de que esto ocurra?

TF: Como ya he comentado anteriormente, el cambio climático producirá cambios en la producción de alimentos. Por una parte, si la temperatura del planeta se eleva un par de grados, zonas no aptas para la producción de vino, por ejemplo, podrán producirlo y zonas ya de por sí secas puede que se deserticen. El reto radicará en la capacidad de adaptarse, en la cuantía de recursos económicos disponibles por los agricultores a cambiar sus cultivos. Seguramente los gobiernos de países industrializados subvencionarán y darán formación a los agricultores para este cambio, pero en países pobres en donde los agricultores apenas tienen recursos económicos, las consecuencias serán muy duras y catastróficas para muchas familias. Recordemos la alta tasa de suicidios entre agricultores ante la impotencia de seguir cultivando unas tierras que durante generaciones sus antecesores sí pudieron hacerlo. Por otra parte, se espera que el cambio climático intensificará las catástrofes naturales (como fuertes lluvias, inundaciones o sequias prolongadas). Estos fenómenos provocarán bajadas en la producción de alimentos en ciertas zonas, que en un contexto de pobreza derivarán en el éxodo de sus pobladores. Ante este escenario la respuesta securitizadora de los estados y de las empresas agroalimentarias está siendo acaparar tierras cultivables en cualquier parte del planeta y producir alimentos que sean enviados a cualquier otra parte del mismo sin tener en cuenta ni hacer previsiones de las posibles hambrunas que pueden producirse localmente. Si ello pasa dejarán que sean las ONG de ayuda humanitaria las que pongan la tirita o que actúen organismos de Naciones Unidas repartiendo alimentos básicos. Por todo ello, sólo nos cabe un cambio filosófico y de concepción sobre la vida. Tenemos que aprender e implantar la estrategia y cultura de acción feminista, actuar en cada uno de nosotros, cambiar nuestros hábitos y nuestra escala de valores, en definitiva, vivir de otra manera; y, por otra parte, es necesario que se rompan las relaciones simbióticas estado–corporaciones, hay que romper con la cooptación de las administraciones públicas por parte de las empresas cuyos intereses son los de los accionistas y no el bien común de la humanidad.

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Ideas y prácticas para coeducar

¿Cómo es posible que en los libros de texto solamente el 7% de los personajes que aparecen sean mujeres? ¿Por qué se siguen reproduciendo desigualdades de género entre niños y niñas también dentro de la escuela?

Las mujeres solo ocupan el 9% de los personajes históricos que se estudian en Primaria y el 12,2% de los contemporáneos. En Secundaria, incluso, el dato descendía hasta un 7% para ambas categorías. No hay que olvidar que en España, hasta 1970, la educación era segregada, tanto en los niveles de primaria como en los de secundaria, bajo la estrecha vigilancia de la Iglesia. Al acceder las mujeres al modelo educativo masculino se produce la desaparición de lo femenino. En este modelo, no tienen cabida los conocimientos y valores asignados tradicionalmente a las mujeres, al estar infravalorados por la sociedad, valores que merecería la pena recuperar mucho más y revalorizar.

La coeducación es la propuesta que mejor contribuye a construir esos entornos seguros e inclusivos para que el alumnado pueda recibir una verdadera educación integral y de calidad. Para ello, la interdependencia y la ecodependencia son conceptos cuya comprensión nos ayuda a conseguir esos objetivos. Son conceptos imprescindibles para analizar el presente que estamos viviendo y ninguno de ellos aparece recogido en el currículo oficial.

Editado por FUHEM, el libro 71 propuestas para educar con perspectiva de género surge de la necesidad de abordar el día a día de los coles y el trabajo de los y las docentes, el profesorado enfrenta cada día una labor extensa y compleja, llena de desafíos cambiantes y de inercias difíciles de vencer. "Necesitábamos, entonces, ofrecer una herramienta sencilla y directa, que sirviera a educadoras y educadores para observarse y observar la escuela que les rodea, para desvelar y cuestionar la normatividad y androcentrismo que en ella se trasmite y para emprender pequeñas o grandes transformaciones que terminaran por transformar la escuela misma”, apunta Alicia de Blas, autora de la publicación, quien explica la motivación del libro en esta breve entrevista.

Cinco ejes distintos que construyen otra mirada

En esta guía, a través de cinco ejes transversales como son el reconocimiento en la diversidad, el reconocimiento de las mujeres, la valoración y la corresponsabilidad en los trabajos de cuidados y la convivencia democrática y el empoderamiento feminista; se ofrece una serie de propuestas para llevar a cabo en los colegios desde el minuto cero en distintos ámbitos como como el currículo escolar, la metodología, las relaciones personales, el lenguaje o los mismos materiales didácticos.

Las mujeres en los objetivos y contenidos del currículo escolar

Detrás del currículo oficial, se esconde un currículo oculto, todo aquello que se enseña y se aprende de manera no consciente, por el que la desigualdad y la violencia de género se cuelan en nuestros centros.

Muchas personas que han completado la educación secundaria desconocen que la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano no incluían a las mujeres. El currículo oficial y los libros de texto reproducen un canon cultural que se corresponde a los valores y espacios masculinos, y no a los de la totalidad de la población. Necesitamos presentar más mujeres científicas, exploradoras, líderes comunitarias, etc. Al tiempo que presentamos más hombres implicados en la lucha por los derechos de las mujeres o que han llevado adelante una paternidad corresponsable (propuesta 1).

Las mujeres en la metodología y organización del aula

El sesgo de género también está presente en el aula: cómo se organizan las clases, cómo se desarrolla la participación del alumnado, cómo se reparten las tareas dentro de los grupos o cómo responde el profesorado ante situación de disrupción, porque es frecuente ver cómo los alumnos reciben más atención que las alumnas por ser también ellos los que reproducen más situaciones disruptivas (entre un 75- 85%). Por ejemplo, una propuesta sería alentar a que las alumnas actúen con mayor frecuencia como portavoces de grupos de trabajo o promover parejas mixtas para la representación del grupo (propuesta 23).

Las mujeres en los espacios educativos

Los patios, pasillos y hasta las paredes de los centros educativos son un reflejo de la sociedad en la que se encuentran. En el patio, un grupo mayoritario de niños suele ocupar el patio con juegos de pelota, especialmente fútbol, mientras el resto de alumnado, que elige otras actividades, ocupan los espacios más marginales de los patios. La coeducación implica que los espacios rompan con la idea de que el espacio está dedicado exclusivamente al trabajo académico para dar cabida también en él a las relaciones, el cuidado o las emociones con algo tan simple como la instalación de bancos, sillones o pequeños rincones que faciliten el encuentro y la escucha mutua (propuesta 49).

Las mujeres y el lenguaje

¿Por qué siempre estamos en la “sala de profesores” o mandamos a los “niños al patio”? Si el lenguaje es una convención social se puede convenir modificarlo por un lenguaje más justo, inclusivo y convertirlo en una potente herramienta de transformación. Así, referirse a las familias en las comunicaciones que realiza el centro, en lugar de a padres, madres o tutores legales (propuesta 53).

Las mujeres y los materiales didácticos

Los recursos didácticos y, en especial, el libro de texto son una muestra más de que el ser humano más representado es el varón, y más concretamente el varón blanco, con buen nivel educativo y buena posición social y de apariencia atractiva y normalidad funcional. “Podríamos mostrar imágenes o incluir como personajes a mujeres y hombres en actitudes o ámbitos no estereotipados”, señala Alicia de Blas en la propuesta 68.


70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos V

Guillermo García
Los derechos humanos ante las crisis capitalistas
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 118, verano 2012, pp. 141-155.

El conjunto de los derechos humanos posee una dimensión y un carácter históricos, por lo que reflejan el grado de conciencia y de consenso logrados en un momento determinado, dando respuesta a una problemática y unas circunstancias históricas concretas, en torno al ideal de justicia social. La principal cuestión que se plantea aquí y ahora es: ¿pueden los derechos humanos hacer frente al capitalismo y sus crisis? Más aún: ¿son compatibles dichos derechos con el régimen económico actualmente imperante?

Se suelen citar como derechos de primera generación a los derechos civiles y políticos, o derechos de libertad, por ser principalmente de esta naturaleza los derechos proclamados en las primeras declaraciones de derechos humanos, entonces también denominados derechos “naturales”. Son derechos proclamados frente a los regímenes despóticos y monárquicos. Así, por ejemplo, el inicial y parcial reconocimiento de la libertad de cultos fue en principio decisivo para acabar con las guerras que tomaron como pretexto la religión en la Europa renacentista. Sin embargo, se trataba sobre todo de derechos reivindicados por la burguesía emergente frente a las trabas al libre comercio procedentes de los regímenes estamentales y semifeudales que se remontaban a la Edad Media, destacando el “sagrado” derecho a la propiedad privada.

Según las doctrinas liberales, dichos derechos exigen sobre todo la abstención por parte de los poderes públicos, sin embargo, una reflexión más atenta deja entrever que esta “abstención” es una más de las falacias de las ideologías liberales y neoliberales para tratar de legitimar el régimen económico fomentado por los burgueses, es decir, el capitalismo, presentándolo no como tal, sino como democracia y Estado de Derecho. De este modo, los regímenes capitalistas se van imponiendo inicialmente por Europa y América del Norte, a la par que la denominada “modernidad”. En su versión más democrática, los derechos civiles y políticos son oponibles a los poderes públicos y privados, así como a otros individuos, con el fin de hacer respetar la esfera individual de cada cual.

   Los derechos de segunda generación, en cambio, sí exigen claramente de los poderes públicos su intervención, con objeto de que los individuos, particularmente los más pobres y desfavorecidos, puedan hacer efectivos sus derechos, dado que carecen de medios y recursos para lograrlo por sí solos. Son los denominados derechos económicos, sociales y culturales, o derechos de igualdad, que fueron surgiendo a lo largo de los siglos XIX y XX al calor de las luchas obreras frente a las duras condiciones laborales impuestas por la burguesía capitalista. Su plasmación incipiente en textos legales puede observarse, por ejemplo, con motivo de la revolución de 1848 en Francia o el reconocimiento de determinados seguros sociales en la Alemania de finales del siglo XIX. Sin embargo, fueron las revoluciones soviética y mexicana, a principios del siglo XX, los acontecimientos decisivos para que estos derechos comenzaran a ser reconocidos en diferentes constituciones y ordenamientos jurídicos de distintos países.

   Por su parte, los derechos humanos de tercera generación también han surgido tras la toma de conciencia y la movilización para lograr una mejor calidad de vida y un mayor bienestar, así como para fortalecer la convivencia pacífica. Se trata del derecho de los pueblos a autodeterminarse, frente al colonialismo y al neocolonialismo (neoliberalismo); del derecho a la paz, contra la guerra; del desarrollo para todos, contra la pobreza; de la asistencia humanitaria en cualquier parte del mundo ante situaciones de extrema gravedad (catástrofes, conflictos bélicos, etc.); de un medio ambiente sano frente al deterioro grave de nuestro entorno natural, así como de la existencia de un patrimonio común de la Humanidad, natural e histórico, que debe preservarse. Se suele decir que los derechos de tercera generación hacen hincapié en la necesaria solidaridad o fraternidad que debe existir entre los seres humanos para hacer respetar y proteger los valores y aspiraciones que se consideran comunes a todos, es decir, universales. Para ello se requiere la contribución y la cooperación por parte de todos los individuos y de todos los pueblos en un esfuerzo común y coordinado y, por consiguiente, se reconoce la existencia de una responsabilidad solidaria y conjunta por parte de todos, con el fin de hacer realidad dichos derechos y valores comunes o universales.

En este sentido, en mi opinión, las características específicas señaladas para las distintas generaciones de derechos humanos, es decir, la “oponibilidad” para los derechos de la primera generación (civiles y políticos), la “exigibilidad” para los de la segunda (derechos económicos, sociales y culturales), y la “solidaridad” para los de la tercera confluyen en las tres generaciones. Es decir, todos los derechos humanos son oponibles, exigibles y requieren de la solidaridad y de la cooperación para hacerlos efectivos. De este modo, lo singular de cada una de las generaciones de derechos humanos no es solamente la incorporación de nuevos derechos, sino también la incorporación de nuevos modos de concebir, interpretar y aplicar tanto los nuevos derechos como los tradicionales. Así, por ejemplo, los derechos civiles y políticos (primera generación) no deben interpretarse y aplicarse de manera individualista y exclusivista, tal y como plantean las doctrinas liberales clásicas y neoliberales, sino que deben ser compatibles con los derechos de segunda (derechos económicos, sociales y culturales) y de tercera generación (derecho a la autodeterminación, a la paz, al desarrollo, a un medio ambiente sano y al patrimonio común de la humanidad).


Por esta razón, los derechos civiles y políticos no requieren solamente la “abstención” de los poderes públicos, pues entonces solo podrían hacerlos efectivos aquellos titulares que posean recursos suficientes para hacer valer por sí solos tales derechos, sino que también requieren la intervención de los poderes públicos en aquellos casos en que sus titulares carezcan de dichos recursos. Es el caso, por ejemplo, del derecho de tutela judicial, el cual cada vez es más evidente que sólo los más privilegiados pueden hacerlo valer de manera efectiva, por medio de un asesoramiento jurídico cada vez más especializado y costoso. Las disposiciones legales en materia de “abogados de oficio” o de “costas judiciales” son notoriamente insuficientes y los recursos presupuestarios asignados para ello más insuficientes aún. Además, son escasos los jueces sensibles a esta situación. Consecuencia de ello es que mientras quien tiene sobrados motivos para recurrir a la justicia no puede hacerlo en muchas ocasiones por falta de recursos, en cambio, los más privilegiados no dudan en hacerlo con motivo o sin él.

Por otra parte, para reivindicar y hacer valer los derechos económicos, sociales y culturales es necesario ejercer determinados derechos y libertades fundamentales que se ubican entre los derechos civiles y políticos, como la libertad de pensamiento, de opinión, de expresión, de reunión, de asociación, etc., lo que implica que los poderes públicos deben abstenerse de impedir el ejercicio de tales derechos aunque sí es exigible que intervengan para que otros individuos o grupos no lo impidan. Los individuos y grupos que configuran una comunidad organizada deben contribuir solidariamente, según las posibilidades y recursos de cada cual, con el fin de establecer unos poderes públicos con medios y recursos suficientes para hacer efectivos los derechos humanos para todos de manera equitativa.

La libertad, la igualdad y la solidaridad son conceptos entrelazados e interdependientes en la medida en que no se puede entender ni hacer realidad cualquiera de ellos aisladamente, es decir, sin tener en cuenta los otros. Pretender lo contrario e interpretar antagónicamente uno de ellos respecto de los otros (por ejemplo: la libertad contra la igualdad y la solidaridad) constituye una de las características de las doctrinas liberales y neoliberales de los derechos humanos. Así, mientras una minoría privilegiada pregona las excelencias de la libertad individual, principalmente la de enriquecerse sin límites, otra parte de la humanidad, mucho más numerosa, carece de lo más mínimo para poder vivir dignamente. De ahí la pertinencia de postular las características de cada una de las generaciones de derechos huma- nos como propias de todos los derechos humanos.

La “tercera generación”

Como se ha indicado, los derechos humanos de tercera generación se refieren básicamente al derecho de los pueblos a la autodeterminación, a la paz, al desarrollo humano, al medio ambiente (desarrollo ecológicamente sostenible), al patrimonio común de la humanidad y a la asistencia humanitaria. Son necesarias la solidaridad y la cooperación de todos, en un esfuerzo común y coordinado para hacerlos efectivos, y su nombre se debe a que la solidaridad se corresponde con el ideal de fraternidad que completa la trilogía de la Revolución francesa de 1789: «Libertad, igualdad y fraternidad». Asimismo, la Declaración de los Derechos Humanos (DUDH) de 1948, en su artículo primero prescribe que «todos los seres humanos deben comportarse fraternalmente los unos con los otros».

Respecto de estos derechos, procede señalar que la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos es un texto pionero en prestar especial atención a derechos humanos como el derecho a la paz y al desarrollo, y a que los derechos civiles y políticos no sean disociados de los derechos económicos, sociales y culturales, además de reafirmar el derecho de autodeterminación de los pueblos y la lucha contra todo tipo de colonialismo. Se trata, sin duda, del texto más avanzado en materia de derechos humanos y, junto con el precedente del artículo primero –común– del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ambos adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, donde se reconoce el derecho de libre determinación de los pueblos, así como el de proveer a su desarrollo, constituyen así la entrada en escena de los derechos humanos de tercera generación.

En efecto, el derecho de autodeterminación de los pueblos se reconoce claramente en el primer artículo de los Pactos de Derechos Humanos de 1966 mencionados, fruto de la larga lucha de los pueblos colonizados del Tercer Mundo por su independencia política, que consiguieron muchos de ellos en los decenios de los años cincuenta y sesenta del pasado siglo. Ello les permitió lograr una amplia mayoría en la Asamblea General de Naciones Unidas y ya en 1960, el 14 de diciembre, dicha Asamblea aprobó la Resolución 1514(XV) titulada “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, preludio del citado artículo, el cual prescribe:

«Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural».

En lo que se refiere al derecho a la paz, en la Carta de las Naciones Unidas, tanto en su preámbulo como en su artículo primero, por ejemplo, se destaca la importancia de la paz y de la seguridad internacionales como contexto necesario para hacer efectivos los derechos humanos. Esta evidencia es reiterada en numerosos textos y declaraciones de alcance internacional, como fue el caso de la I Conferencia Mundial de los Derechos Humanos (Teherán, 1968) y la II (Viena, 1993). Asimismo, existe la Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativa al Derecho de los Pueblos a la Paz, que resulta ser una de las declaraciones más breves de las Naciones Unidas, y en ella se subraya el estrecho vínculo entre la paz y los derechos humanos.


Respecto del derecho al desarrollo, además del citado primer artículo común a los Pactos de Derechos Humanos de 1966 (PIDCP y PIDESC), debe mencionarse la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (DDD), adoptada mediante la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 4 de diciembre de 1986, donde se considera el derecho al desarrollo como:

«un derecho humano inalienable en virtud del cual todos los seres humanos y todos los pueblos tienen derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que pue- dan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y a beneficiarse de este desarrollo» (artículo 1).

En cuanto al derecho al medio ambiente, estrechamente vinculado a la idea de “desarrollo sostenible”, su origen se remonta a 1972 con motivo de la Conferencia sobre Medio Ambiente celebrada en Estocolmo y se consolida en 1992 con motivo de la Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, donde se adoptan en mayor o menor grado las conclusiones del Informe “Brundtland” relativas a la sostenibilidad ecológica, es decir, deben satisfacerse las necesidades de las generaciones presentes sin poner en riesgo la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer las suyas. Ello exige un uso racional y no abusivo de los recursos naturales o medioambientales disponibles en el presente. Estas conclusiones se han corroborado en la Conferencia sobre medio ambiente y desarrollo celebrada en Johannesburgo en 2002. Actualmente, las tesis más avanzadas proponen incluso el decrecimiento de la producción y el consumo en los países más ricos e industrializados y de las clases más privilegiadas, quienes han alcanzado sobradamente un nivel de vida desahogado.

El patrimonio común de la humanidad también constituye un derecho en la medida en que los bienes comunes de la humanidad deben ser para disfrute de todos y, por lo tanto, no privatizables. A este respecto, existe en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO), la Convención para la protección del Patrimonio Cultural y Natural del Mundo, adoptada por su Conferencia General el 16 de noviembre de 1972 y ratificada por 184 Estados. Asimismo, también en el marco de la UNESCO, existen la Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de los bienes culturales de 1970 y la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de 2003.

Y en cuanto al derecho a la asistencia humanitaria, debemos remitirnos a labores como las que realizan la Cruz Roja y al derecho internacional humanitario, con base en la Convención de La Haya (1907), de Ginebra (1949) y sus protocolos (1977). Asimismo, es de resaltar la labor que se realiza desde el sistema de las Naciones Unidas por parte del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y la Oficina para la Coordinación de Asuntos Humanitarios. Debe señalarse que se trata del derecho a ser asistido en casos como catástrofes naturales (terremotos, huracanes, por ejemplo) o humanas (guerras, epidemias, hambrunas u otras) y no de “injerencia humanitaria”, como distorsionadamente quieren interpretar ciertas potencias militares para tratar de legitimar intervenciones militares que obedecen más bien a sus particulares intereses geoestratégicos.

Como se ha dicho, la trilogía de la Revolución francesa de 1789, «libertad, igualdad y fraternidad», se utiliza para clasificar los derechos humanos según generaciones, aunque ello resulte un tanto artificioso. En este sentido, los derechos de primera generación, es decir, los civiles y políticos, se corresponderían con la libertad; los de segunda generación, es decir, los económicos, sociales y culturales, se corresponderían con la igualdad, y los de tercera generación, que acabamos de mencionar, con la fraternidad o solidaridad. Esto puede resultar un tanto esquemático, pero no por ello deja de ser orientativo y didáctico de cara a comprender que todos los derechos humanos conforman un conjunto unitario por ser indivisibles e interdependientes en su elaboración, interpretación y aplicación, además de dar una idea aproximada de su cronología, en particular frente a la visiones liberales individualistas y neoliberales, que discriminan unos derechos humanos respecto de otros, y que predominan en los países ricos y en las clases privilegiadas. Esto se refleja en el hecho de que los derechos civiles y políticos, sobre todo los derechos mercantiles y de propiedad, poseen muchos más mecanismos de protección y promoción que el resto tanto en el ámbito del derecho internacional como interno de los distintos Estados.

La actual crisis del capitalismo

Las espasmódicas y recurrentes crisis que acompañan a los procesos de acumulación de capital desde los inicios históricos del capitalismo siempre han repercutido sus peores con- secuencias en las poblaciones más desfavorecidas e indefensas: paro y precariedad laborales, aumento de las desigualdades económicas y sociales, empobrecimiento, etc. La aguda crisis actual en los países ricos no es una excepción y ha puesto en evidencia las consecuencias previsibles, pero negligentemente ignoradas, de la excesiva especulación financiera por parte de los bancos y empresas transnacionales privados, quienes en connivencia con muchos dirigentes estatales y gubernamentales, una vez más, han evitado su colapso mediante la expropiación de cuantiosos fondos del sector que consideran “obsoleto” –el sector público– sin reconocer el fracaso de las medidas pro sector privado que han impuesto y siguen imponiendo bajo la estela de una de las nociones emblema de la globalización neoliberal: la gobernanza. De este modo, aseguran la continuidad de las formas de dominación neocoloniales por todo el planeta.

En efecto, dicha crisis tiene como epicentro el mundo financiero y repercute en todos los ámbitos económicos y sociales. Afecta de lleno al núcleo de las fuerzas dominantes de la metrópoli capitalista, donde se ubican los grupos hegemónicos del sistema económico mundial. En efecto, se trata de una crisis financiera cuyas causas tienen mucho que ver con la actividad predominantemente especulativa a la que se dedican los grandes bancos y empresas transnacionales de los países ricos, facilitada por uno de los emblemas de la globalización neoliberal, es decir, la libertad de circulación de capitales y la consiguiente “financiarización” de la economía. De este modo, el desmesurado incremento de capital en circulación no se corresponde en absoluto con la economía real o productiva.

En lo que se refiere a los países empobrecidos del Tercer Mundo, dicha libertad de circulación de capitales favorece todo tipo de capitales especulativos dispuestos a abandonar los países de “alto riesgo” (es decir, los más empobrecidos) con la misma rapidez que entraron, es decir, a la mínima señal de “alarma”, hundiendo aún más en la miseria a los más pobres. Esto sucedió en el decenio de los noventa en los países entonces denominados “tigres asiáticos” (Tailandia, Indonesia, Taiwán, Corea, etc.), elogiados desde la metrópoli como modelo de crecimiento económico y “prueba” del éxito de las políticas neoliberales. Dicha crisis se simultaneó con otras similares en América Latina (México, Brasil, Argentina) y en países como Rusia y Turquía, ante la pasividad y complicidad de las instituciones financieras internacionales (FMI, BM).

Por otra parte, puede producirse un aumento de las industrias de exportación con mayor acceso a los mercados mundiales, pero sin integrar en el proceso de crecimiento a los sectores más empobrecidos y sin superar una estructura económica dual. Es más, dicho crecimiento viene acompañado habitualmente de crecientes desigualdades económicas y sociales, así como de una concentración cada vez mayor de la riqueza en élites privilegiadas, sin mejorar los índices de desarrollo social, educación, salud, igualdad de género y protección ambiental. Asimismo, dicho crecimiento económico continúa destruyendo los ecosistemas naturales y deteriorando el medio ambiente y el clima de manera acelerada, sin tener en cuenta que los recursos naturales son limitados y que el aumento de la explotación huma- na va en contra de la dignidad y del disfrute de todos los derechos humanos por parte de todos, principalmente de los más vulnerables y desfavorecidos.

Existe también la responsabilidad de los Estados de los países empobrecidos, los cuales, al igual que los Estados de los países más ricos, suelen estar férreamente controlados por poderes oligárquicos aunque posean formal y abstractamente apariencias democráticas, como por ejemplo celebrar elecciones periódicamente mediante las cuales se suceden en el Gobierno partidos cuyos dirigentes suelen estar estrechamente vinculados con dichos poderes oligárquicos y que asimismo disponen de los grandes medios de comunicación públicos y privados. Estas oligarquías locales, para su supervivencia, necesitan subordinarse a las oligarquías “globales” que dominan los Estados más ricos e industrializados y, consiguientemente, las instituciones financieras y comerciales internacionales, así como los bancos y las empresas transnacionales. Esto explica por qué los Gobiernos de los países más pobres se dejan embaucar fácilmente por especuladores internacionales que buscan su exclusivo beneficio, sin procurar la unidad, dejándose llevar por rivalidades pueriles, autorizando inversiones improductivas o puramente suntuarias, fácilmente criticables, y que sirven de pretexto a una política de regresión de la ayuda y de la asistencia al desarrollo.

En cualquier caso, las crisis periódicas y repetitivas del capitalismo se suceden cíclicamente y le son consustanciales. Ahora le ha tocado el turno a la “metrópoli”. Por su propia naturaleza, el capital privado “financiarizado” se inclina por la mayor rentabilidad en el menor plazo y por la garantía de que las ganancias así obtenidas sean “repatriadas” a sus lugares de origen en vez de reinvertirse allá donde se obtuvieron dichas ganancias. Paradójicamente, quienes tanto abogan por reducir los gastos sociales y por la disminución de la intervención de los poderes públicos con fines redistributivos se encuentran ahora con los bolsillos repletos de dinero público gracias a decisiones de dirigentes políticos que, una vez más, obedecen a quienes realmente les han colocado en dicho puesto. Si se hubieran aplicado a sí mismos las normas “gobernancistas” que tanto han promovido y preconizado los bancos y las empresas transnacionales para los menos “competitivos”, pura y simplemente hubieran desaparecido por “incompetentes”.

Más grave aún es que los poderes públicos que tan generosamente se han comportado con las entidades privadas abocadas a la bancarrota por su nefasta gestión (gobernanza) no hayan exigido apenas responsabilidades civiles y penales a sus directivos, quienes además suelen cobrar sumas astronómicas como indemnización por su cese mientras que, por otro lado, no dudan en facilitar el “despido libre” de sus trabajadores para “reducir costes”. Asimismo, dichos poderes públicos están disminuyendo la tributación de las rentas más altas, pero no la de las rentas más bajas, cargando sobre estas últimas la “factura” de la crisis: socialización de pérdidas frente a privatización de ganancias.

Y más grave aún es que los cuantiosos recursos recibidos así de generosamente se hayan concedido sin exigir prácticamente nada a cambio, es decir, no sólo sin exigir responsabilidades por actuaciones notoriamente negligentes en el pasado, sino sin tan siquiera obligar a que se lleven a cabo las profundas reformas estructurales requeridas en el funcionamiento de los bancos y empresas transnacionales que eviten que en el futuro vuelvan a repetirse los mismos hechos o similares, lo cual implicaría reconocer el fracaso de las políticas neoliberales pro sector privado. Sin embargo, tal reconocimiento jamás se producirá mientras dicho fracaso siga pagándose con dinero público, tal y como está sucediendo con la crisis actual. Otro ejemplo histórico más de cómo el capitalismo se sirve del Estado para perpetuarse y fortalecerse.

En definitiva, la correlación de fuerzas actual permite a los más ricos y poderosos no solo pasar la factura de la crisis a los que menos culpa tienen, sino que dicha crisis sirve de pre- texto para acelerar y profundizar la contrarrevolución en la metrópoli capitalista sobre todo a partir de la crisis de los años setenta del pasado siglo, con la entrada de Reagan en el Gobierno de EE UU y de Thatcher en el de Gran Bretaña, previo ensayo de laboratorio en el aterrorizado Chile de Pinochet. Dicha contrarrevolución y sus consiguientes contrarreformas consisten básicamente en mermar y erosionar paulatinamente el Estado de bienestar y los avances y derechos sociales logrados tras la segunda guerra mundial mediante políticas económicas redistributivas de corte keynesiano, aunque siempre sometidas a relaciones de producción, comercio y consumo capitalistas.

A ello hay que añadir el imprescindible componente militar que acompaña y hace posible la actual globalización o mundialización (imperialismo neocolonial) del capitalismo neoliberal, es decir, una potente industria militar que nutre permanentemente a unos ejércitos dispuestos a guerrear en todo momento en cualquier parte del mundo, tanto porque es uno de los negocios más lucrativos1 como porque es la manera de imponer un régimen económico como el capitalismo, así como sus derivados imperiales y coloniales, a todos los pueblos del mundo al margen de su voluntad soberana. De hecho, el presupuesto de “defensa” de EE UU –potencia militar dominante del mundo actual, con una enorme ventaja sobre el resto, y principal promotor de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), principal “interventor” militar en el planeta–, aumentó desde unos 300 mil millones de dólares en el año 2000 a más de 700 mil millones en 2009, manteniéndose en 2012 esta cifra a pesar de la profunda crisis económica en dicho país. Paralelamente, el coste de las operaciones de la OTAN desde 2005 se ha cuadriplicado.

Alternativas a las crisis capitalistas desde los derechos humanos

En primer lugar, hay que destacar la prioridad de disponer de servicios sociales básicos al alcance de todos, principalmente para los más pobres, lo cual constituye un elemento esencial en cualquier estrategia de lucha contra la pobreza. Estos servicios sociales deben comprender, por ejemplo, la alimentación suficiente, la atención sanitaria, la educación básica, la salud de la reproducción y la planificación familiar, el abastecimiento de agua potable y el saneamiento en viviendas adecuadas, entre otros. Para ello se requiere, en general, la elaboración y aplicación de medidas a escala nacional e internacional para, por un lado, movilizar los recursos técnicos, económicos y humanos necesarios en pro del modelo de desarrollo humano y ecológicamente sostenible y, por el otro, la protección y promoción de los derechos e intereses de los individuos y grupos más vulnerables y desfavorecidos.

En este sentido, y con el fin de establecer unas relaciones comerciales más justas y equilibradas entre países ricos y pobres, deben fomentarse propuestas como el ALBA (Alternativa Bolivariana para las Américas) frente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) o sus sucedáneos a escala regional o continental, como el ALCA (Asociación para el Libre Cambio de las Américas), que promueven EE UU y sus empresas transnacionales. En efecto, el ALBA está mucho más enfocado a satisfacer necesidades sociales y a cumplir los objetivos propios del desarrollo humano. Para ello se prevé destinar buena parte de los beneficios que se obtienen de la explotación de recursos naturales, como el petróleo u otros que abundan en la zona, así como de su incipiente desarrollo industrial.


Otros ejemplos de un modo diferente de comerciar al actualmente predominante son las redes comerciales alternativas creadas por algunas organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales para suministrar productos a las tiendas de comercio justo o comercio solidario, es decir, tiendas donde se venden y distribuyen productos procedentes de los países del Tercer Mundo que respeten ciertas exigencias medioambientales y laborales. Uno de los propósitos de esta labor consiste en negar que el comercio deba basarse exclusivamente en obtener la máxima rentabilidad al mínimo coste, por delante de los valores humanos y de unas condiciones dignas de trabajo con salarios justos. Asimismo, se pretende establecer unas estructuras comerciales al servicio de las necesidades reales de las distintas poblaciones y no de un consumismo irracional e irresponsable, inducido por una publicidad tan superficial como engañosa, que facilita el exceso y el despilfarro.

Las condiciones que deben exigir estas tiendas de comercio justo giran, por ejemplo, en torno a requisitos como la sostenibilidad medioambiental de su producción y el respeto de los derechos laborales y fundamentales de los trabajadores. Este comercio alternativo posee también un valor simbólico y pedagógico para los ciudadanos de los países ricos con objeto de que adquieran conciencia de que en ocasiones detrás de un producto o marca pro- movida con un gran aparato de publicidad por una empresa transnacional se esconden actividades productivas altamente contaminantes, condiciones de trabajo insalubres o sobreexplotación laboral, incluida la infantil, con la consiguiente negación de derechos fundamenta- les y jornadas de trabajo excesivamente prolongadas y con unos salarios muy reducidos. En este sentido, en ocasiones estas redes de ONGD han llegado incluso a organizar campa- ñas de denuncia y boicot contra algunas de estas empresas. Así, por ejemplo, pueden citarse como pioneras las campañas contra las empresas que comerciaban con la Sudáfrica del apartheid.

En lo que se refiere a la deuda externa de los países del Tercer Mundo, serían necesarias medidas encaminadas a abolir o anular, y no sólo “aliviar” o “aligerar”, la deuda externa de los países más pobres. En este sentido, deberían llevarse a cabo auditorías para determinar el origen de dicha deuda, pues en gran parte es de naturaleza odiosa e ilegítima, por ser fruto de decisiones y actos ilícitos y fraudulentos cometidos por gobernantes corruptos y altos cargos de instituciones internacionales, así como de empresas y bancos transnacionales, para su exclusivo beneficio. Asimismo, debería anteponerse la satisfacción de las necesidades básicas o fundamentales de la población al reembolso de la deuda externa a la hora de asignar los recursos presupuestarios públicos e incluso, si procede, alegar el estado de necesidad o de fuerza mayor debido a la escasez de dichos recursos para sus- pender el reembolso de la citada deuda.

Una alternativa de sumo interés consiste en la creación de un Banco del Sur para los países del Tercer Mundo, de modo que puedan colocar sus reservas de divisas en él y no en bonos del Tesoro de EE UU o de otros países ricos. Dicho banco debe proteger a los países pobres contra los ataques especulativos por parte de capitales procedentes de los países ricos y ayudarles en sus problemas de liquidez, es decir, una especie de “FMI del Sur”. En este sentido, el Banco del Sur también tendría como objetivos, por ejemplo, romper la dependencia y subordinación de los países periféricos respecto del mercado financiero internacional y canalizar las inversiones, el ahorro interno y, en general, todos sus recursos en función de su propio desarrollo y de las necesidades reales de su población, en particular de los más desfavorecidos. Debe tratarse de un banco público alternativo al BM y al FMI y estaría financiado principalmente por aportaciones de los Estados miembros a las que podrían añadirse ingresos fiscales obtenidos mediante impuestos internacionales. Los destinatarios de los créditos y donaciones del Banco del Sur deben ser prioritariamente instituciones o empresas públicas prestatarias de servicios públicos y, en todo caso, debe evitarse que dicho Banco se utilice para administrar o reembolsar el servicio de la deuda externa. Por último, destacar la importancia de que dicho Banco esté bajo control popular y democrático, al igual que las auditorías de la deuda externa, por lo que los parlamentos, si son verdaderamente representativos del conjunto de los ciudadanos y no de las élites locales y sus partidos, deben jugar un papel relevante.

Asimismo, procede recordar las estrategias diseñadas en las sucesivas proclamaciones de decenios para el desarrollo desde los años sesenta del pasado siglo en el marco de las Naciones Unidas, marginadas y olvidadas por los Estados de los países ricos, entre las que pueden encontrarse propuestas que siguen estando de plena actualidad, como las siguientes:

– Deben aplicarse, principalmente por parte de los países más ricos, políticas económicas racionales que no favorezcan los movimientos de capital especulativo e incontrolado, labor en la que deberían empeñarse las instituciones financieras internacionales como el FMI, el BM, junto con la OMC, estrechando su colaboración con el sistema de las Naciones Unidas y aportando sus cuantiosos fondos para establecer un entorno económico internacional dinámico y propicio que incluya un sistema comercial multilateral abierto, basado en normas, equitativo, seguro, no discriminatorio, transparente y previsible, así como la promoción de la inversión y la transferencia de tecnología y conocimientos.

– Deben adoptarse medidas encaminadas a promocionar un nivel adecuado de ahorro, mediante políticas fiscales y monetarias apropiadas y sistemas tributarios eficaces y justos, así como una asignación de recursos presupuestarios que no vaya en detrimento del gasto público, en favor de los derechos sociales de los sectores más vulnerables y desfavorecidos, y sí en pos de una reducción de los gastos militares y del comercio y adquisición de armas.


Ambas propuestas implican un giro radical en las políticas comerciales promovidas hasta ahora por la OMC y sus sucedáneos, así como en las políticas de “ajuste” o “contra la pobreza” impulsadas por el FMI y el BM –y más recientemente en los países europeos el BCE– junto con las empresas y bancos transnacionales y los Estados de los países ricos. Por ello, es necesario reformar a fondo dichas instituciones internacionales o reemplazarlas por otras más democráticas. Asimismo, debe establecerse un marco jurídico internacional de obligado cumplimiento que regule la actividad de las empresas y bancos transnacionales y no un mero “código de buenas prácticas” fijado y supervisado por ellos mismos. También deben establecerse sistemas de tributación internacional, es decir, normas y obligaciones plenamente jurídicas, y no meras donaciones, para financiar programas de desarrollo. En particular, dichos sistemas tributarios internacionales deben ser plenamente aplicables en los denominados paraísos fiscales.2

Una vez más, procede reiterar el compromiso de los países ricos de destinar el 0,7% de su PNB a AOD para estimular el desarrollo de los países pobres y, de este, dedicar al menos el 0,15% (20% del 0,7%) para los países más pobres (Países Menos Adelantados), concretamente para programas y proyectos de desarrollo encaminados a lograr el acceso universal a servicios públicos que permitan la satisfacción de las necesidades básicas y a combatir los peores efectos de la pobreza. Otra alternativa relevante se refiere al desarme: si se llevaran a cabo políticas para hacerlo efectivo, ello permitiría canalizar hacia políticas de desarrollo una enorme cantidad de recursos.

Estas medidas deben ser acompañadas de la aplicación de políticas económicas y sociales que favorezcan sobre todo a los más necesitados, así como fomentar la capacidad técnica y las infraestructuras físicas e institucionales necesarias para llevar a cabo dichas políticas. A estos objetivos debería dedicarse gran parte de la ayuda al desarrollo por parte de los países más ricos. En particular, deben emprenderse medidas específicas para combatir las enfermedades que causan un elevado número de vidas humanas (sida o malaria, por ejemplo), así como para reducir los efectos desmesurados de los desastres y catástrofes naturales en los países más empobrecidos.

Por último, recordar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), acordados en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, celebrada en Nueva York en septiembre del año 2000. En dichos objetivos los líderes mundiales (participaron en total 189 Estados) fijaron una serie de metas a lograr en plazos definidos y cuyo progreso hacia su realización fuera mensurable. Dichas metas y objetivos consisten básicamente en la lucha contra la pobreza, el hambre, las enfermedades endémicas, el analfabetismo, el deterioro del medio ambiente y la discriminación contra la mujer. Posteriormente, en la Cumbre sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo en el año 2002, se insistió particularmente en las metas encaminadas a reducir el número de personas que carecen de acceso al agua potable y a un saneamiento e higiene básicos en sus viviendas, entre otros.

Sin embargo, múltiples han sido las voces que han venido manifestando su pesimismo respecto del logro de dichos objetivos para el año 2015, en la medida en que no están llevándose a cabo profundas reformas en el proceso de globalización o mundialización económica actual, el cual no hace sino ahondar más y más la desigualdad y la brecha entre ricos y pobres no sólo a escala mundial, sino también en el interior de cada país, incluidos los más ricos e industrializados.

Conclusión

En un mundo como el actual resulta pertinente reivindicar políticas económicas que permitan hacer efectivos todos los derechos humanos y para todos, en particular para los más vulnerables y desfavorecidos. En este sentido, adquieren particular relevancia los denominados derechos humanos de tercera generación: el derecho a no ser pobre, es decir, al desarrollo humano, lo cual no implica más crecimiento económico, sino más equidad en el reparto de la riqueza. Asimismo, el derecho a un medio ambiente sano y a preservarlo ante el deterioro grave y progresivo del conjunto de los ecosistemas planetarios, lo cual implica el decrecimiento de la productividad y del consumismo embrutecedor, suntuario y despilfarrador de los más privilegiados; el derecho al patrimonio común de la humanidad que, asimismo, debe preservarse y del que debemos beneficiarnos todos, en contra de su privatización; el derecho de asistencia humanitaria ante situaciones de extrema gravedad (desastres naturales, conflictos bélicos u otros), y, por último, el derecho a la paz, contra la guerra y contra el aumento de los gastos militares, en pro de un desarme progresivo.

Estos derechos también se denominan derechos de solidaridad porque mediante ellos se pone de relieve la necesaria cooperación y solidaridad que debe existir entre todos los seres humanos a la hora de respetar, proteger y promover aquellos valores y aspiraciones que se consideran comunes a todos, es decir, universales. En efecto, se requiere la contribución de todos los individuos y de todos los pueblos en un esfuerzo coordinado, conscientes de la existencia de una responsabilidad común y solidaria, así como el espíritu de cooperación necesario para hacer efectivos dichos derechos, aunque ello parezca cada vez más difícil en el contexto de una mundialización o globalización que, en general, prima y fomenta más bien lo contrario, es decir, la competitividad, la confrontación, el egoísmo y la unilateralidad, todos ellos valores inherentes al capitalismo.

Ello exige nuevas maneras de organizarse y comunicarse, revolucionarias, más democráticas, alternativas y capaces de hacer frente a las gigantescas burocracias –más “verticalizadas” que centralizadas– en los ámbitos empresariales, sindicales, partidistas y mediáticos, y que hegemonizan el régimen político actual, subordinado en su conjunto a los intereses del capitalismo transnacional globalizado. Es decir, se trata de fomentar la movilización de la sociedad desde su base, con el fin de crear la fuerza social que permita promover políticas alternativas al capitalismo y a sus derivados imperiales, coloniales y neocoloniales, así como potenciar organizaciones democráticas, plurales, diversas y alternativas a las burocracias paralizantes y sumisas al capital.

Guillermo García es doctor en Derecho, especializado en derechos humanos y desarrollo

NOTAS

1. En 2009, la venta de armas en el mundo alcanzó la cifra de 401 mil millones de dólares EE UU, excluyendo a China y a las empresas de Kazajstán y de Ucrania, que no suministran datos al respecto, según el Instituto Internacional de Investigación sobre la Paz de Estocolmo (SIPRI). Entre las diez primeras empresas vendedoras de armas se encuentran siete estadounidenses.

2. Un paraíso fiscal es un lugar donde no existen impuestos o no existe transparencia en materia fiscal. Por ejemplo, no se auto- riza el intercambio de información fiscal y existen normas e instituciones paralelas reservadas a los no residentes (bancos offshore) aunque no desarrollen ninguna actividad en dicho lugar, unido a una estricta aplicación del “secreto bancario”. Casi todos los Estados europeos disponen de algún paraíso fiscal, incluso dentro de su propio territorio, y casi la mitad de los existentes en el mundo poseen bandera británica.


Universidad del Barrio - Curso de Economía 2018/19

UNIVERSIDAD DEL BARRIO

Curso de economía 2018/2019

Llega una nueva edición del Curso de Economía organizado por FUHEM Ecosocial, Economistas Sin Fronteras y El Salmón Contracorriente, que tendrá lugar en el Teatro del Barrio.

Este año abordaremos, desde una perspectiva económica, distintas cuestiones que afectan al barrio y a nuestras vidas diarias.

Se tratará por tanto de problemáticas corrientes que vivimos en nuestro día a día, pero que pueden analizarse desde un análisis económico más profundo y que parta a su vez de una visión más amplia que aquella que abunda en los manuales de economía. 

Partimos por tanto de una economía sin orejeras, que dialoga con otras disciplinas, desde la ecología hasta la sociología, la política, la historia o la psicología. Y por supuesto, tampoco faltará la visión de las alternativas, los activismos y las luchas que ante las distintas problemáticas emergen con el fin de transformar esas realidades. Desde esta perspectiva trataremos cuestiones como la vivienda, la convivencia en diversidad, la deuda, la movilidad, la precariedad, la era digital o la ludopatía.

 

 

 

Barrios cool, viviendas inaccesibles

FECHA: 22 de octubre, 2018

HORA: 19 h.

LUGAR: Teatro del Barrio

            C/ Zurita, 20

            Metro Lavapiés

            28012 Madrid

            Teléfono: 91 084 36 92
            info@teatrodelbarrio.com

Con la participación de

 Modera José Bellver, FUHEM Ecosocial

 

 Próximas sesiones del curso:

05/11: Casas de apuestas: de tragaperras a tragabarrios

19/11: Comunes urbanos frente a la ciudad negocio

03/12: Un modelo energético que pasa factura

17/12: Inmigrantes, ciudadanas, vecinas, ¿quién es quién?

14/01: Deudocracia local, la troika en tu portal

28/01: Recuperando lo nuestro, privatizaciones versus servicios públicos

11/02: Uberización social: precariedad y capitalismo de plataformas

25/02: Sindicalismo antes las nuevas realidades del trabajo

11/03: Capitalismo digital, el Gran Hermano premium

25/03: Movilidad urbana en clave ecosocial

08/04: No es ciudad para mujeres: urbanismo feminista

29/04: Lo que pasa en tu calle se decide en Bruselas

06/05: Paseo de Jane: a vueltas con el barrio

 


70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos IV

Santiago Álvarez Cantalapiedra

Una breve nota a propósito de los 70 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 142, verano 2018, pp. 5-10.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos
Art. 28, Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948.

La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Art. 71, Constitución de la República del Ecuador, 2008.

Conmemoramos este año el 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París. Dicha Declaración fue presentada como un ideal común para todos los pueblos y naciones. Nadie discute su importancia en la defensa de la dignidad humana y su utilidad para distinguir la civilización de la barbarie. Sin embargo, hay al menos dos aspectos que merecen ser comentados. El primero tiene que ver con el respeto y cumplimiento efectivo de los derechos proclamados; el segundo, con los sesgos y las limitaciones que imprimió el momento histórico en que fueron formulados, lo que exige lecturas y traducciones más pluralistas setenta años después.

La paradoja de los derechos

Desde un punto de vista formal son buenos tiempos para los derechos humanos. Así parece a tenor del número de Declaraciones, Convenciones Marco, Directivas Internacionales y Constituciones hoy vigentes. Sin embargo, desde el punto de vista material, puede que nos encontremos ante uno de los peores momentos, pues se están laminando las condiciones que permiten su realización. Cuando una familia sufre un desahucio o una persona desempleada se ve obligada a aceptar las condiciones ilegales que le impone el patrón, cuando una mujer es acosada en su trabajo o maltratada por su pareja, una comunidad indígena o campesina es expulsada de su territorio, una persona inmigrante es perseguida por su situación irregular o jóvenes de los suburbios son maltratados por las fuerzas policiales por su aspecto o por el color de su piel, en esos y en otros muchos casos, las víctimas son formalmente sujetos de derechos, pero en la práctica se las trata como a infrasujetos si no tienen posibilidad real de invocar eficazmente su cumplimiento. Esa posibilidad depende de las condiciones materiales de su existencia, y en los casos reseñados esa existencia viene atravesada por situaciones de explotación, opresión, subordinación o discriminación.

En nuestro mundo imperan estructuras –capitalistas, patriarcales y coloniales– que son responsables de la erosión de las bases materiales y jurídicas sobre las que se podría sostener la aplicación efectiva de los derechos humanos. La historia es larga. Recordémosla de la mano del capitalismo: «Llegó, finalmente, un tiempo en que todo lo que los seres humanos habían considerado inalienable fue objeto de cambio y de tráfico y pudo enajenarse. Este es el tiempo en que las mismas cosas que hasta ahora habían sido comunicadas, pero jamás cambiadas; dadas, pero nunca vendidas; adquiridas, pero jamás compradas –virtud, amor, opinión, ciencia, conciencia, etc.–; en que todo, en fin, pasó al comercio».1 Así pues, todo aquello que era propiedad colectiva de una comunidad –la tierra, el agua, los bosques, los recursos genéticos, los minerales– y sostén de la vida en común –el conocimiento tradicional de indígenas y campesinos, los trabajos y tareas comunales, los servicios públicos, como la sanidad, la educación, etc.– ha sido privatizado para su incorporación al mercado, y con ello, también los derechos humanos, que en cuanto universales son parte de ese común, al igual que los recursos necesarios para su ejercicio efectivo. Las dinámicas de acumulación por desposesión no son sólo actos de expolio de recursos y medios de vida; despojan también a la gente de sus derechos.

El reconocimiento del nexo existente entre derechos humanos y economía política resulta fundamental para garantizar su ejercicio efectivo. Los derechos humanos no se pueden desconectar de aquellas estructuras e instituciones económicas, políticas y jurídicas que ofrezcan los mecanismos que permiten ponerlos en práctica. De ahí la importancia de recordar la centralidad que adquiere el artículo 28 dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: «Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos». Por este derecho pasa el ejercicio de los demás.

Una lectura abierta y plural de los derechos humanos

Los derechos deben arraigar en las condiciones materiales de nuestra existencia. La propia expresión derechos humanos así lo indica, pues lo humano procede –como recuerda Julie Wark– del latín humanus que está relacionada con humus, que significa tierra.2 El sistema Tierra –nos dice la mejor ciencia contemporánea– es una inmensa red de relaciones de cuya trama emerge la vida. La disciplina que estudia estas interrelaciones, la ecología, sabe que ni la vida ni el mundo físico que la mantiene existen en compartimentos aislados. Por el contrario, resalta la extraordinaria unidad que existe entre organismos y medio ambiente. No podemos pensar los organismos vivos al margen del mundo que los mantiene como no podemos pensar el medio ambiente físico como una entidad separada. Las dos realidades existen juntas, actuando la una sobre la otra formando un complejo ecológico o ecosistema. Vladimir Vernadsky, creador del concepto de biosfera, veía la vida como un componente indivisible de nuestro planeta. Esa visión subyace a la hipótesis de Gaia, la idea de la Tierra como una realidad viva, defendida por el médico y biólogo inglés James Lovelock3 y la microbióloga Lynn Margulis.4 Si somos seres interdependientes, la ética del cuidado debe desbordar el contorno de una única especie.

Nuestra condición de seres ecodependientes nos obliga a pensar si tiene algún sentido definir los derechos humanos sin tener en cuenta esta circunstancia. El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en el ordenamiento jurídico internacional ha ayudado a clarificar esta cuestión. En la Declaración, aprobada por la Asamblea General de la ONU en el año 2007, se reconoce «la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos».5 Para los pueblos originarios, la Pachamama, representada en La Tierra, es la Gran Madre «donde se reproduce y realiza la vida», como señala la Constitución del Ecuador. De esta cosmovisión, plenamente acorde no sólo con la ciencia contemporánea, sino también con la sabiduría milenaria presente en las religiones, se desprende una espiritualidad que hace de la lucha por la Madre Tierra una defensa de los derechos de todos los seres, tanto humanos como no humanos, pues lo que define como indígena a un pueblo o a una nación son precisamente esos vínculos espirituales y afectivos que mantienen con las múltiples entidades con las que comparte territorio.6

El reconocimiento de esta espiritualidad indígena, que el Occidente colonial desdeñó como animista, está propiciando una auténtica innovación jurídica en la apertura de la definición de quién es sujeto de derecho. Se abre la posibilidad de que seres no humanos con dignidad y valor intrínsecos al tiempo que esenciales para la vida de los humanos puedan ser titulares de derechos. La Amazonía colombiana acaba de recibir este reconocimiento por la Corte Suprema de Justicia de aquel país. Con esa decisión, la región de la Amazonía, al igual que el río Atrato, se convierte en sujeto de derechos como cualquier persona.7 También recientemente el río neozelandés Whanganui, sagrado para los pueblos indígenas maoríes, ha sido reconocido por el Estado como una entidad viva con entidad jurídica que debe ser protegida a fin de garantizar la continuidad plena de su existencia. La decisión de conceder personalidad jurídica a este río es fruto de una lectura jurídica basada en el pluralismo y en la necesaria traducción intercultural entre diversas concepciones del derecho, al apelar a la valoración que de su río tienen los maoríes conforme a sus tradiciones y costumbres.

Las luchas indígenas y campesinas se encuentran así a la vanguardia de la defensa de los derechos humanos. Y como señala, de Sousa Santos, «su lucha por una vida digna y una relación armoniosa con la naturaleza es una lucha por todos nosotros, por la supervivencia del planeta y de la vida puesta en cuestión por el capitalismo salvaje de nuestro tiempo, dispuesto a concluir la depredación indiscriminada de los recursos naturales iniciada por el colonialismo histórico. Tratándose de una lucha por todos nosotros, tiene que ser también una lucha de todos nosotros».8

Los derechos humanos presentan un carácter integral

Los derechos humanos forman un sistema. El hecho de clasificarlos en diferentes tipos no debe conducir al error de verlos como si fueran independientes unos de otros. La concepción positivista de las generaciones de derechos, con una “primera generación” de carácter civil y político que trasluce la lucha del individuo frente a los excesos autoritarios del Estado (libertad de expresión, de reunión, de asociación, etc.) y, a continuación, una “segunda” (derechos de naturaleza económica y social), “tercera” (derechos de tipo cultural y colectivo) e incluso “cuarta generación” (derechos asociados a la actual revolución tecnológica), contribuye sobremanera a agrandar esa confusión, pues la visión de la generaciones de derechos diferenciables entre sí no es más que una ficción que siempre interesó al mundo liberal para «poder afirmar que, si bien el capitalismo puede que desatienda aspectos sociales importantes, por lo menos nos brinda libertades políticas».9 La verdad histórica muestra que la lucha por las libertades no sabe de clasificaciones y que la conquista de los derechos políticos ha sido siempre parte inseparable de la disputa en favor de los económicos y sociales.

La prueba del carácter unitario de los derechos humanos la vemos diariamente en la población migrante. Junto con la tradicional subordinación que sufren las mujeres, los migrantes son la población más atacada en sus derechos. En ellos se muestra claramente cómo la conculcación de uno debilita los restantes, haciéndoles especialmente vulnerables frente a todo tipo de atrocidades. Lo ha señalado oportunamente Javier de Lucas al denunciar las formas contemporáneas de esclavitud y mostrar cómo los migrantes y demandantes de asilo se han convertido, gracias a las políticas migratorias de Occidente, en carne de traficantes.10

Las políticas migratorias y de asilo de los países ricos hace tiempo que han abandonado un enfoque basado en los derechos humanos para adoptar otro preocupado principalmente por la seguridad. La aplicación de una lógica militar en la gestión de las migraciones ha llevado a fortificar y externalizar las fronteras. En el primer caso, elevando vallas y sistemas de vigilancia cada vez más sofisticados; en el segundo, convirtiendo a los países de origen y de tránsito en policías de nuestras fronteras a través de acuerdos disfrazados de cooperación que sustraen fondos de la ayuda al desarrollo.11 El resultado es conocido: mientras que la industria militar y las empresas relacionadas con las tecnologías de la vigilancia y seguimiento de personas hacen su agosto, los inmigrantes ven impedido su derecho de circulación y los países ricos hacen omisión, como está ocurriendo en el Mediterráneo, del deber de socorro.

Esta centralidad de las preocupaciones securitarias hacen más peligrosas las rutas de tránsito de la migración y más vulnerables a las personas. La debilidad del estatus jurídico

del inmigrante actúa como un «bucle de retroalimentación positivo»:12 cuanto más frágil es el sujeto por su situación irregular, mayores son las probabilidades de que sufra abusos y vulneración de sus derechos. Desgraciadamente están a la orden del día las deportaciones sin garantías judiciales, la presencia de menores no acompañados en los Centros de Internamiento de Inmigrantes (CIE), la sobreexplotación laboral, los abusos sexuales, la trata de mujeres inmigrantes y la aparición de nuevas formas de esclavismo.

El número de personas desplazadas por la fuerza se está acrecentando años tras año. Así lo recoge el último informe del Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR),13 que señala que 68,5 millones de personas se vieron obligadas a dejar su hogar el año pasado como consecuencia de guerras y conflictos armados, casi diez millones más que en 2014, año en el que se alcanzó una magnitud que no se registraba desde la II Guerra Mundial.14 Estos conflictos se ven agravados por perturbaciones relacionadas con el clima y por procesos como el acaparamiento de tierras o el extractivismo minero y energético, provocando la expulsión de sus hábitats de un número aún mayor de personas por motivo de simple supervivencia.15

Ante este panorama, persistir en un enfoque securitario en la gestión de las migraciones y las fronteras es, como mínimo, contradictorio con la celebración del aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En su lugar, resultaría más honesto cambiar de políticas adoptando un enfoque basado en los derechos que permita acabar con la trata de mujeres y el tráfico de personas, fomentar vías seguras y legales para la migración e impulsar la cooperación entre estados, sociedad civil y los propios inmigrantes. Un enfoque que incorpore además el concepto de «integridad ecológica»,16 de modo que se reconozca que la defensa de los derechos humanos empieza por el respeto y el cuidado del hábitat en el que desarrollamos nuestra vida.

Puedes descargar el artículo completo en formato pdf: Una breve nota a propósito de los 70 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

NOTAS:

1 K. Marx (1847), Miseria de la filosofía, Ediciones Orbis, 1984, p. 54.

2 J. Wark, Manifiesto de derechos humanos, Ediciones Barataria, Madrid, 2011, p. 89.

3 J.E. Lovelock, Gaia. Una nueva visión de La vida sobre la Tierra, Orbis, Barcelona, 1986.

4 L. Margulis, Planeta simbiótico, Editorial Debate, Madrid, 2002.

5 ONU, Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

6 A. Surrallés, «Human rights for nonhumans?», Journal of Ethnographic Theory, 7 (3), 2017, pp. 211-235.

7 https://www.elespectador.com/noticias/judicial/la-amazonia-colombiana-tiene-los-mismos-derechos-que-una-persona-articu-
lo-748340

8 http://blogs.publico.es/espejos-extranos/2018/05/17/de-la-isla-de-mare-a-otro-mundo-posible/

9 D. Casassas, «Los derechos humanos como economía política y el deber de rebelión»

10 J. de Lucas, «Errantes sin derechos. Carne de Esclavos»

11 M. Akkerman, Expandiendo la Fortaleza. Las políticas de externalización de las fronteras de la UE, TNI, 2018. [


Proyecto para la mejora de la convivencia. (C.E.M. Hipatia)

Este proyecto, desarrollado en Hipatia, promueve una convivencia que implica una relación con uno mismo, con las demás personas y con el entorno. Una relación basada en el respeto, en la dignidad y en la justicia social.

Se trata de dar la bienvenida, en definitiva, a una educación EN la convivencia (que permita crear un clima de convivencia sano), y PARAla convivencia (que desarrolle capacidades personales y sociales).

Los objetivos generales del proyecto son:

- Organizar acciones que se mantengan una vez terminado el proyecto, incluyéndolas en las estructuras del centro.
- Involucrar a todas las etapas educativas y personal de administración y servicios en un proyecto común, con visión global de centro.
- Generar acciones de mejora de la convivencia desde un enfoque proactivo (desde la prevención y la inclusión) y no reactivo.
- Educar para la convivencia no violenta promoviendo competencias emocionales, sociales y éticas.

Las actuaciones desarrolladas se enmarcan en estos cinco bloques:

- Desarrollo de la inteligencia emocional.
- Modelo dialógico de convivencia: asambleas de aula y tertulias dialógicas.
- Ayuda entre iguales: alumnado ayudante (Primaria y Secundaria); equipo de mediación (Secundaria), equipo de convivencia (Secundaria), y dinamización de patios (Primaria y Secundaria).
- Organización popular y participativa de festejos: Fiesta de fin de curso y carnaval.
- Una experiencia piloto de Aula de Convivencia como alternativa a las expulsiones.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Proyecto para la mejora de la convivencia” (archivo en pdf).


Mindfulness en Hipatia. (C.E.M. Hipatia)

Un grupo de profesorado de Hipatia que realizó una formación en Mindfulness decidió ponerlo en práctica en el centro en algunos cursos de Educación Infantil y Primaria.

El proyecto consiste en dotar al alumnado de herramientas que le capaciten, tanto en el ámbito académico como el físico y el afectivo-social. La idea central sostiene que enseñar desde edades tempranas a conocerse a sí mismos para conocer a los demás, calmar la mente y centrar la atención, se convierten en herramientas necesarias para la obtención del bienestar personal y social.

Entre los objetivos del proyecto, se encuentran:

- Dotar al alumnado del conocimiento y la práctica de mindfulness para que puedan aplicarlo en sus propias vidas.
- Formar al profesorado interesado en el proyecto.
- Mejorar la capacidad de atención y el rendimiento académico del alumnado.
- Dotar al alumnado de herramientas para regular las emociones.
- Disminuir la ansiedad, el estrés, la fatiga, los miedos y las inseguridades, tanto de docentes como de alumnos y alumnas.
- Potenciar la empatía, la gratitud y la amabilidad a través de la aceptación verdadera sin juicios de valor.
- Reducir la conflictividad en el colegio.
- Reforzar la autoestima y las habilidades sociales del alumnado.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Mindfulness en Hipatia” (archivo en pdf).


INDAGA. (Colegio Lourdes)

Este proyecto nace de la reflexión de un equipo de profesores y profesoras del departamento de Ciencias y Tecnología del Colegio Lourdes acerca de cómo se realiza el aprendizaje de contenidos de Ciencias por parte del alumnado del centro.

Cuestionando el modelo actual, excesivamente teórico, unas veces inaccesible en cuanto a dificultad e imposible de cubrir en el tiempo, con un perfil de ciudadanía más orientada a la productividad y a la competitividad que a la convivencia y a la colaboración para construir sociedades más justas, esta iniciativa pone en marcha algunas actividades de Aprendizaje Basado en Proyectos (ABP), y con Metodología de Resolución de Problemas como Investigación (MRPI), como forma de Aprendizaje Inductivo en el campo de las Ciencias y la Tecnología.

Entre los objetivos que persigue este proyecto, destacan:

- Incorporar metodologías innovadoras al ámbito de las Ciencias y la Tecnología.
- Impulsar la participación y el protagonismo de alumnos y alumnas en su construcción de conocimiento.
- Elaborar y desarrollar actividades y proyectos basados en ABP y MRPI que puedan utilizarse en otras áreas y en otros momentos.
- Establecer conexiones interdisciplinares entre los contenidos del área de Tecnología con las de Física y Química, Biología y Geología y Matemáticas.
- Incorporar e impulsar contenidos de carácter ecosocial.
- Desarrollar la capacidad crítica, colaborativa y creativa de los alumnos/as.
- Posibilitar el intercambio de competencias metodológicas entre el profesorado.
- Abrir las experiencias a nuestro entorno social, colaborando con estructuras del barrio.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “INDAGA” (archivo en pdf).


HIAPPTIA. (C.E.M. Hipatia)

Los teléfonos móviles y su variedad de aplicaciones han transformado nuestra vida cotidiana y la forma en la que nos comunicamos, directa e inmediata.

En un centro escolar, las familias quieren saber qué ocurre y estar al día, y el colegio necesita que así sea. Solo así se puede lograr que la multitud de actividades y proyectos que se realizan sean lo suficientemente conocidos por toda la comunidad escolar.

Hipatia llevaba varios cursos preocupado por mejorar estas cuestiones, y usando distintas herramientas de comunicación: los correos electrónicos masivos para la información general; el sistema llamado “Mensario”, para la comunicación de aspectos de aula; las pantallas en los vestíbulos; la web; la propia agenda escolar…

Pese a estos avances, han querido dar un paso más allá, acercando el centro escolar al teléfono móvil, para que las familias tengan la información del colegio al alcance de la mano, con un acceso rápido, cómodo y sencillo. Con ese fin, se ha creado una aplicación móvil que permite difundir la información más importante del centro y estar al día de todo lo que concierne a la comunidad educativa, y en menor medida, facilitar pequeñas gestiones para agilizar, en la medida de lo posible, la comunicación con secretaría.

El resultado es una app móvil disponible de forma gratuita en el Play Store (para dispositivos Android), y Apple Store (para dispositivos IOS), bajo el nombre de HIAPPTIA.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “HIAPPTIA” (archivo en pdf).


Con tu quiero y con mi puedo… vamos junt@s, compañer@. (Colegio Lourdes)

Este proyecto, desarrollado en el Colegio Lourdes, retoma el trabajo del curso anterior para seguir mejorando la convivencia en el centro escolar. El planteamiento surge de la necesidad de crear y mantener estructuras de convivencia que permitan sistematizar de manera vertical diferentes actuaciones en el centro, generando un clima donde la resolución de conflictos se produzca de manera totalmente natural. De ahí la importancia de favorecer la ilusión y el empeño para crear un ambiente de confianza entre el centro educativo y su alumnado.

Para alcanzar un buen ambiente de convivencia, se parte de una labor de prevención que consiste en crear lazos afectivos, principalmente entre alumnado de los diferentes niveles educativos. Así, se logra que alumnos y alumnas que presentan dificultades de integración o problemas conductuales se involucren en el proyecto y se generen vínculos afectivos entre quienes propician el respeto, la protección y la ayuda entre ellos/as. Por otro lado, se considera fundamental la sistematización de la mediación escolar como una manera real y efectiva de solucionar los posibles conflictos que se puedan dar.

Entre los objetivos del proyecto, cabe destacar, entre otros:

• Consolidar los cauces de participación de profesorado y alumnado, fomentando también la participación de las familias, estimulando su actuación como voluntarios y colaboradores.
• Potenciar en el alumnado el aprecio por el trabajo compartido, propiciando una enseñanza creativa en la que la iniciativa del alumnado y el estímulo por parte del profesorado tengan un papel fundamental.
• Fomentar la realización de actividades que fortalezcan los vínculos emocionales ya creados entre alumnos/as de diferentes cursos y etapas educativas.
• Crear un equipo consolidado de alumnos/as y profesores/as mediadores/as.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Con tu quiero y con mi puedo... Vamos junt@s, compañer@” (archivo en pdf).


Comunidades de aprendizaje en Hipatia. (C.E.M. Hipatia)

Este proyecto, desarrollado en Hipatia, se basa en un conjunto de actuaciones educativas de éxito dirigidas a la transformación social y educativa que incluye la participación de toda la comunidad (alumnado, familias, docentes, personal de Administración y Servicios, instituciones…), a través del diálogo y la cooperación.

Esta experiencia, que comenzó hace cinco cursos escolares, se ha ido enriqueciendo progresivamente. Primero, fueron los grupos interactivos; después, las lecturas compartidas entre alumnado de 2º ciclo de Infantil y de Secundaria; lecturas acompañadas entre tutores y tutoradas en tercer ciclo de Primaria; y tertulias dialógicas con la participación de miembros del Personal de Administración y Servicios (PAS) y con docentes. Por último, se decidió abrir las tertulias dialógicas a la participación de familias y alumnado, incluir las tertulias en la dinámica del aula de algunas asignaturas y diseñar una asignatura optativa para 2º de Bachillerato que tuviera como base el análisis multidisciplinar de textos y su debate a través de tertulias dialógicas.

Con la creación de una comunidad de aprendizaje se busca educar más y mejor, es decir, que el aprendizaje sea asimilado de manera más efectiva por la totalidad de las alumnas y alumnos. Se pretende, además, que ese aprendizaje estimule los valores democráticos, desarrolle la capacidad de diálogo, fomente la cooperación, esté plenamente interrelacionado con el entorno y lo transforme.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Comunidades de aprendizaje en Hipatia” (archivo en pdf).


Biodanza: un enfoque metodológico biocéntrico y ecosocial que mejora la convivencia. Vínculos que tejen comunidad. (C.E.M Hipatia)

El objetivo general de este Proyecto, desarrollado en Hipatia, es que a través de la práctica de la biodanza, se fomenten actitudes críticas y de corresponsabilidad entre todos los sectores de la comunidad educativa.

La biodanza supone un apoyo pedagógico de gran valor ecosocial para las aulas de 3º y 4º de Educación Primaria, al aportar prácticas metodológicas que, con un enfoque integral y vivencial, contribuyen a desarrollar competencias personales y sociales.

La educación biocéntrica es una herramienta vivencial tan versátil y dinámica que puede utilizarse para apoyar contenidos curriculares que se estén tratando en el aula, además de fomentar la cohesión grupal. Los elementos y recursos que componen este método generan un laboratorio educativo en el que las personas del grupo interactúan bajo unas condiciones afectivas que ayudan a mejorar la calidad de la convivencia en el aula.

Los ámbitos implicados en el proceso de este proyecto han sido la intervención en aula, la formación al profesorado y los talleres con familias.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Biodanza: un enfoque metodológico biocéntrico y ecosocial que mejora la convivencia. Vínculos que tejen comunidad” (archivo en pdf).


De patio a jardín. El espacio como tercer maestro. (Colegio Lourdes)

Este proyecto desarrollado en el Colegio Lourdes reividica el espacio como tercer maestro, en línea con Peny Ristcher: “Hace falta pensar, organizar, articular y equipar el espacio exterior como se hace con el espacio interior”.

El trabajo responde a la demanda de lograr una transformación del patio para que este lugar potenciara un desarrollo evolutivo de la infancia. El proyecto contó con la implicación del equipo docente, la dirección y la gerencia del Centro, así como con la confianza y el apoyo de las familias.

Se trataba de repensar (o “de-construir”) los espacios educativos, los ambientes y las condiciones físicas y humanas del exterior del centro incorporando metodologías activas que fomentasen la autonomía, la cooperación y los aprendizajes significativos desde la perspectiva global del ser humano y que, además, favorecieran la resolución de conflictos.

La transformación del espacio se realizaría pensando en la diversidad y en la multiplicidad de usos de las estructuras; elementos versátiles que fomentasen la inclusión de todo el alumnado.

La mayor parte del material es reutilizado: los troncos del pino del patio talado el curso anterior, palés, palos, cestas, jardineras… Todo pensado para generar un ambiente cálido y natural, con un bajo impacto medioambiental al no introducir elementos de plástico, prefabricados o con costes elevados.

Fruto del diálogo y la participación de toda la comunidad educativa, el cambio metodológico realizado sobre los espacios de juego se ha transmitido y vivido como propio por toda la comunidad educativa, generando un sentimiento de pertenencia al centro mucho más fuerte y un mayor bienestar de toda la comunidad educativa de Infantil.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “De patio a jardín. El espacio como tercer maestro” (archivo en pdf).


Aprendiendo a cuidarse. (Colegio Montserrat)

Este proyecto, desarrollado en el segundo ciclo de Educación Infantil del Colegio Montserrat, subraya aspectos cruciales para estas edades, como son una buena alimentación, hacer ejercicio físico y tener hábitos de higiene saludables. Dentro de estos, también es fundamental dar a los más pequeños una educación afectivo-sexual, ya que es una de las puertas a través de las cuales se desarrollan la personalidad y las relaciones con la afectividad.

Aunque estos temas están incorporados en el currículo y se trabajan de forma transversal, adquirieron una entidad propia a través de este proyecto con el fin de alcanzar, entre otros, los siguientes objetivos:

- Reflexionar con las familias sobre los hábitos de salud, higiene y alimentación que desarrollan en el día a día.
- Involucrar a todas las familias de Infantil en la reflexión y transformación de los hábitos de alimentación que llevan a cabo y mostrar formas de alimentación más saludables.
- Fomentar en nuestro alumnado la autonomía en su propia higiene y una alimentación más sana.
- Reflexionar con las familias sobre una educación sexual infantil saludable desde una perspectiva de género.
- Concienciar sobre la importancia del medio natural en nuestra salud, cuidarlo y disfrutarlo.
- Realizar juegos y actividades con nuestro alumnado y familias relacionadas con el deporte para que experimenten acciones más saludables y que introduzcan cambios en su día a día.

Para conocer en detalle la justificación, los objetivos, el desarrollo y la evaluación de este proyecto, puedes descargar el resumen del mismo: “Aprendiendo a cuidarse” (archivo en pdf).


70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos III

La multiplicación de derechos y la visión generacional1

Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 142, verano 2018, pp. 31.41.

El presente artículo parte de una perspectiva histórica de los derechos humanos, entendiendo a partir de ella la posible aparición de nuevos derechos como respuesta al surgimiento de nuevas necesidades. Esta visión generacional de los derechos ha sido objeto de fuerte oposición con el fin de limitar el proceso de ampliación y diversificación de los derechos a partir del argumento de la selección necesaria de las exigencias posibles. Esta argumentación se discute aquí en defensa de la idea de que en un marco democrático, las nuevas demandas deberían ser discutidas, a fin de determinar si tras ellas se esconden auténticas necesidades humanas o sólo meras reivindicaciones arbitrarias. Una discusión que, lejos de facilitar la banalización de los derechos ya consolidados, ayudaría a su mejor comprensión y favorecería la progresiva articulación del marco moral y político más adecuado para garantizarlos.

María Eugenia Rodríguez Palop es profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid

Generaciones de derechos humanos: situar la razón en la historia

No está de más subrayar que cuando se habla de generaciones de derechos se otorga a la historia un papel relevante en su configuración, y se reconoce que los derechos reflejan un punto de vista crítico pues marcan una ruptura con las tradiciones culturales, entendidas en un sentido cerrado y monolítico; es decir, se pone de manifiesto su virtualidad para revolucionar y transformar los supuestos sobre los que éstas se asientan. Al mismo tiempo, el prisma histórico permite mantener una visión dinámica de los derechos, con la que no podrían excluirse las pretensiones y las necesidades de los seres humanos en su específica condición social y en su contexto concreto. Finalmente, tener en cuenta la historia para configurar el catálogo de derechos humanos, nos ayuda a percatarnos de la necesidad de distinguir entre pretensiones que aparecen como razonablemente dignas de protección y garantía, y las que no se hacen acreedoras de tal instrumento, bien porque pueden ser satisfechas por otras vías más adecuadas, bien porque no lo merecen. Por supuesto, este juicio debe ser el resultado de una discusión abierta a todos los puntos de vista, pues se trata de alcanzar un consenso sobre lo que nos parece razonable, alejado de formulaciones definitivas e incuestionables, y permanentemente abierto, aunque siempre asegurado mediante la exigencia del respeto a determinadas reglas.

De este modo, es posible conjugar racionalidad e historia, y arribar a un concepto de los derechos más dúctil y flexible. Racionalidad, porque el consenso alcanzado argumentativamente quiere ser una racionalización procedimental de la universalidad, e historia, porque la competencia de esa argumentación se abre a las necesidades e intereses reales de los interlocutores en su específica condición social, justamente en lo que tienen de seres contingentes.

Evidentemente, adoptar una perspectiva histórica en el estudio de los derechos humanos (o de un grupo dentro de ellos), asumir que el recurso a la historia es imprescindible para explicar su génesis y desarrollo, no exige mantener una concepción lineal del proceso histórico, sino sólo la tesis de que es factible que aparezcan nuevos derechos como respuesta al surgimiento de nuevas necesidades. Por otra parte, no hay que olvidar que la historia no es, ni puede convertirse en una razón justificativa sino sólo explicativa; la historia no suministra una justificación de la validez científica o moral de ningún derecho, pero resulta imprescindible para explicar su origen, su evolución y sus rasgos principales.

En definitiva, situar a la razón en la historia supone excluir una concepción racionalista totalmente abstracta e interpretar la realidad social a la luz de nuestros principios y criterios morales; principios y criterios que, a su vez, no podrían ser comprendidos, en su justa medida, al margen del contexto espacio-temporal en el que surgieron, de nuestras experiencias colectivas y nuestras vivencias propias. Y es esta perspectiva la que se adopta cuando se habla de la existencia de tres generaciones de derechos humanos. La primera, engloba a los derechos civiles y políticos; la segunda, a los derechos económicos, sociales y culturales; y la tercera generación que acoge un conjunto heterogéneo de derechos difusos, orientados a la protección del bien común y vinculados a la crisis del Estado-nación. Es dudoso que pueda hablarse de tres y no de cuatro generaciones, dado que conectar derechos civiles y políticos es una opción ideológica, pero esta es la denominación más difundida.

Los derechos civiles y políticos: juntos pero no revueltos

Los derechos civiles y los derechos políticos se pueden distinguir por razones históricas, pero también por su funcionalidad política y por su estructura jurídica. Así, los derechos de participación (políticos), aparecen y se consolidan en el Estado demoliberal, mientras que los derechos civiles surgen con el Estado liberal formalista e inhibicionista de los primeros tiempos, y son los llamados “derechos de autonomía”. Es sólo después, con la aparición del Estado social, cuando se exige la constitucionalización de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC).

Soy consciente de que identificar cada una de estas generaciones con los distintos tipos de sistemas político-económicos que se han sucedido a lo largo de la historia, resulta, cuando menos, problemático, porque, en la mayor parte de los casos, los modelos no se han dado en puridad, aunque pueda distinguirse históricamente el impacto de la corriente filosófica liberal, democrática y socialista en el marco político en el que han tenido lugar. Además, habría que discernir si fueron las reivindicaciones sociales las que provocaron un cambio de dirección en el diseño político-económico, o si fue el modelo estatal ya configurado el que propició la aparición de las nuevas exigencias favoreciendo, así, su satisfacción. Por otra parte, y en lo que aquí interesa, nada de esto aclara cuál sería la forma de Estado que podría dar cabida a la última generación, ni tampoco si coincidiría con alguno de los que ya conocemos o habría de ser otro completamente nuevo. Y esta confusión se agrava cuando, según parece, estas demandas nacen en un contexto globalizado en el que se propone la desaparición de algunas formas políticas clásicas y la superación, en cierta medida, del Estado centralizado y nacional como instancia de reconocimiento, salvaguarda y garantía de los derechos humanos.

Lo cierto es que, independientemente de esta dificultad, desde el punto de vista histórico, y como advierte Norberto Bobbio, tan sólo cuando la libertad se concibió como algo más que la exigencia de no interferencia, y se entendió como libertad-autonomía, se alcanzó una participación cada vez más amplia, difundida y frecuente de los miembros de la comunidad en el poder político (o libertad en el Estado), y esta participación fue la que dio lugar al surgimiento de los derechos políticos.2 «La concesión de los derechos políticos ha sido una consecuencia natural de la concesión de los derechos de libertad, porque la única garantía al respeto de los derechos de libertad está en el derecho de controlar el poder».3 De hecho, históricamente, los parlamentos se dieron antes que la ampliación del sufragio, existiendo, durante mucho tiempo, Estados parlamentarios que eran representativos, pero no democráticos.4 Es decir, si bien es cierto que en las primeras formulaciones jurídicas de los derechos ya aparecía el sufragio (censitario y limitado sólo a los grupos sociales cultural y económicamente fuertes), la reivindicación de los derechos políticos como un conjunto homogéneo de demandas, y su configuración tal como hoy los entendemos, tiene lugar en un momento histórico posterior (siempre considerando que ninguno de ellos se halla definitivamente delimitado). Pero no sólo esto, como decíamos antes, también por su finalidad, su objeto de protección, la forma de su ejercicio y el tipo de relación jurídica que plantean, es posible distinguir derechos políticos y civiles.

El encuentro entre generaciones

Puede decirse que con la visión generacional de los derechos humanos se intenta poner de manifiesto las mutaciones que estos han sufrido a lo largo y como consecuencia de la historia, de modo que cada “generación” se presenta como fruto de un contexto que, caracterizado por diferentes acontecimientos históricos, le otorga unos perfiles ideológicos definidos.

Dada la situación de escasez que sufrimos, se dice, nos vemos obligados a elegir qué necesidades son los más radicales y las fáciles de satisfacer, y en esta selección no pueden tenerse en cuenta todas las exigencias posibles. De ahí la resistencia que se ofrece a la multiplicación de los derechos.

Muy brevemente, la primera generación de derechos surgiría a partir del tránsito a la modernidad y estaría constituida por libertades de marcada impronta individualista (derechos de defensa que exigen la no injerencia de los poderes públicos en la esfera privada), mientras que la segunda, que de forma latente está ya presente en el mismo período histórico, adquiere fuerza en el momento en el que la participación política se hace extensible a grupos sociales inicialmente excluidos del ámbito del poder. El fundamento de ambas generaciones, como ya he dicho, se encontraría en el valor de la libertad, entendida en el primer caso como no interferencia, y en el segundo, positivamente, como autonomía. Dicha matriz individualista sufrirá un proceso de erosión en las luchas sociales del siglo XIX, que evidenciarán la necesidad de ampliar el catálogo de libertades con una tercera generación de derechos (económicos, sociales y culturales), para cuyo ejercicio se exigirá una política activa e intervencionista del Estado. De hecho, como ya he dicho, la consagración jurídica y política de reivindicaciones que, como estas, responden a demandas de igualdad, se alcanzará con el paso del Estado liberal al Estado social de Derecho. Y, finalmente, hoy se abre camino una nueva generación de derechos que complementa a las anteriores y que parece estar fundada en el valor de la solidaridad.

   Pues bien, a pesar de la aparente claridad de este proceso histórico, la visión generacional de los derechos no ha sido asumida unánimemente por la doctrina, sino que, más bien, ha sufrido un fuerte embate de la crítica; una crítica cuyo origen puede situarse, sobre todo, entre liberales y conservadores, y que se orienta a establecer un límite al proceso de ampliación y diversificación de los derechos.

Muchos derechos para pocos, pocos derechos para muchos o muchos derechos para todos

No faltan quienes consideran que conferir a la idea de los derechos humanos una particular fuerza justificadora y, al mismo tiempo, apelar a ellos constantemente, mostrándose partidarios de su multiplicación, son dos posiciones incompatibles. Y ello porque se supone que cuanto más se multiplique la nómina de los derechos humanos menos fuerza tendrá como exigencia, y cuanta más fuerza se les suponga, más limitada habrá de ser la lista de derechos que se justifiquen adecuadamente.

Si los derechos humanos son exigencias morales fuertes y para todos sin excepción, tienen que ser pocos para muchos y no muchos para pocos, y su multiplicación desemboca seguramente en esta segunda posibilidad. Es más, la tendencia inflacionaria que se viene observando en este terreno conducirá irremisiblemente a la banalización de aquellos derechos que ya están consolidados como tales en nuestros ordenamientos y que no han recibido todavía una protección jurídica eficaz.

Pero, ¿cuál es el razonamiento que se esconde detrás de esta postura? ¿Por qué no pueden defenderse simplemente muchos derechos para todos?

Pues bien, lo que vamos a ver ahora es que no hay ninguna razón genuina para pensar que la multiplicación de los derechos es inversamente proporcional a su fuerza justificadora. Más en concreto, que esta actitud (bienintencionada) se apoya en “argumentos” estratégicos, en una motivación pragmática, que no es en absoluto evidente, sino que, más bien, resulta difícilmente justificable. Y ello, entre otras cosas, porque una motivación pragmática nunca puede ser la última palabra sobre cuestión alguna.

La escasez como límite al proceso inflacionario

Los que defienden la posición restrictiva en el terreno de los derechos suelen apelar al argumento de la escasez para recortar el catálogo de derechos humanos o para excluir a priori determinadas reivindicaciones del citado catálogo. En estos casos, la escasez se presenta como un dato empírico que no puede negarse, por su evidencia, su rotundidad y su irreversibilidad. Y ello aunque hay pocas cosas tan difíciles como definir la auténtica escasez, delimitar en qué consiste exactamente, en qué medida puede servir como justificación (no sólo motivación) moral y/o política, y, por centrarnos, en qué medida puede servir para determinar la existencia (no las garantías jurídicas) de los derechos humanos.

La cuestión es que, dada la situación de escasez que sufrimos, se dice, nos vemos obli- gados a elegir qué necesidades son las más radicales y las más fáciles de satisfacer, y en esta selección no pueden tenerse en cuenta todas las exigencias posibles. De ahí la resis- tencia que se ofrece a la multiplicación de los derechos: hay que elegir, porque no se puede tener todo. Y esto para evitar, entre otras cosas, la banalización por inversión de la que hablábamos antes, para no perder lo que ya tenemos o ponerlo en peligro, movidos por un ambicioso afán de llegar más lejos.

Ni la escasez es un dato absoluto, ni es un argumento moral

El problema es que el argumento de la escasez y de la carencia de recursos efectivos, utilizado para delimitar el concepto de derechos humanos o para decidir cuáles de entre ellos han de ser satisfechos, obedece a un universo axiológico, a un código de valores, claramente cuestionable.

Cuestionable, en primer lugar, porque no se sabe qué es exactamente la escasez natural, ni cómo distinguirla de una situación de escasez sobrevenida, o de escasez provocada; y, en segundo lugar, porque la evidencia de la escasez no sólo se presenta como un dato incontestable, sino que, simultáneamente, se plantea como un argumento moral que nos indica qué es lo que debemos hacer, exigiendo con urgencia una política de sobriedad y autocontención.

¿De qué tipo de escasez estamos hablando cuando establecemos límites infranqueables para ciertos discursos?

Soy consciente de que este problema de indefinición no es el más grave que se nos puede plantear, y que podría tener solución. De hecho, no son pocos los que se han dedicado a estudiar el asunto, aunque normalmente para establecer estándares comparativos y decidir en qué situación tenemos que hablar de escasez. No está de más insistir: estándares comparativos. Porque padecer la escasez es padecer la escasez de algo, en relación a algo, por comparación con algo, lo cual quiere decir que el concepto de escasez es, por definición, relativo, y con ello ya se excluye, como mínimo, aquella rotundidad de la que hablábamos antes. Y quiere decir también que tiene que ser definido por “alguien” en función de ciertos factores, de modo que puede dudarse, además, de su evidencia como dato empírico, al menos en el sentido en el que se emplea este término en las ciencias experimentales. Así que, de momento, cabe preguntarse quién define la escasez, cómo se define, y cuáles son los elementos que se usan para establecer el proceso comparativo, porque está bastante claro que de la simple experiencia o de la observación, no se deduce, sin más, la existencia de escasez.

Como es lógico, de entrada, la credibilidad de este discurso no sólo depende del supuesto dato de la escasez, sino también de si en nuestros esquemas teóricos estamos dispuestos a asumir que los hechos desnudos, los datos empíricos, pueden servir como argumentos morales, porque si la escasez es evidente, si es incontestable, entonces bastaría con demostrar que sufrimos escasez para limitar y limitarnos. Y aquí surge la segunda razón por la que es cuestionable el argumento de la escasez.

Por una parte, ya hemos visto que la escasez dista mucho de ser un hecho desnudo. Como ya he dicho antes, la necesidad de valorar y comparar situaciones para delimitar la “existencia” de escasez es una muestra de que no hablamos sólo de hechos, sino de hechos valorados de acuerdo a ciertos parámetros o criterios. Y si esto es así, la escasez, en sí misma no puede presentarse como un argumento (auto)evidente ni en favor ni en contra de nada.

No es la escasez la que determina el catálogo de derechos, sino que son los derechos los que nos permiten identificar e interpretar la escasez y repartirla con justicia.

   Por otra parte, no deja de resultar sorprendente que un dato empírico pretenda transformarse, sin más, en un argumento moral, dado que no puede saltarse del dato al argumento sin pasar por otro argumento (de un hecho, no puede deducirse, en puridad, una pauta sobre lo que debemos o no debemos hacer). Para que este experimento funcionara, para que este discurso resultara creíble, habría que desvelar el código axiológico o normativo que se ha utilizado para definir la escasez y discutir después sobre este código y sobre la importancia que vamos a darle en el terreno de los derechos.

   En otras palabras, supongamos que tenemos una situación de auténtica escasez, que se han superado los obstáculos y que tal situación se ha logrado definir correctamente; supongamos, además, que ha sido definida por un poder legítimo (político, científico o del carácter que sea): ¿es esta situación un buen argumento para justificar un recorte en nuestro catálogo de derechos, para determinar cuáles son las necesidades básicas o cuáles de nuestras reivindicaciones deben ser atendidas? En absoluto.

A mi juicio, la determinación acerca de la existencia o no de escasez, no dice, ni puede decir, nada sobre el catálogo de derechos, sino que el proceso es, más bien, el contrario. No es la escasez la que determina el catálogo de los derechos, sino que son los derechos los que nos permiten identificar e interpretar el dato de la escasez. Es más, si los derechos tienen algún valor para nosotros es, entre otras cosas, porque sirven para detectar y repartir la escasez.

Más fácilmente. El tamaño de la tarta que tenemos puede medirse y valorarse porque disponemos de criterios para hacerlo, y los derechos humanos forman parte de tales criterios. Sólo puede percibirse que la tarta es hoy más pequeña cuando las necesidades básicas que antes teníamos cubiertas ya no son satisfechas, y si, como es lógico, estas necesidades estaban cubiertas porque así lo exigía nuestro catálogo de derechos, el recorte en la cobertura merece una argumentación que empieza, pero no termina, con la “existencia” de escasez. O sea, que somos conscientes de la escasez cuando tenemos conciencia de los derechos propios. El discurso de los derechos nos permite conocer y sufrir la escasez, como nos permite también repartirla con justicia. En caso contrario, ¿para qué servirían los derechos?, ¿no era una de sus funciones la de asistirnos en condiciones de escasez? Si los derechos sólo se activan cuando hay abundancia, ¿a quiénes sirven exactamente?

Y esto, sin contar con que todavía queda por determinar cuáles son los derechos que, en situaciones de escasez, estarían dispuestos a garantizar los que defienden la tesis restrictiva, porque todavía tienen que justificar su elección con un argumento genuinamente moral que no puede ser, una vez más, el “argumento” de la escasez. La cuestión es que esto ya muestra, por sí mismo, que el de la escasez no puede ser el último argumento, ni tampoco el definitivo, sino que hay un criterio valorativo, axiológico o normativo, que tiene prioridad sobre el dato empírico, en este caso, sobre el “hecho” de la escasez.

Finalmente, la tesis restrictiva esconde una opción superior, anterior y más importante, sobre en qué es apropiado invertir, y para quienes se abonan a esta tesis, este criterio superior lo determinan los llamados derechos civiles (derechos que se apoyan en el principio de la autonomía privada), las clásicas libertades individuales basadas en el principio de no interferencia, a los que pueden sumarse ciertos derechos políticos, entendidos aquí también como libertades.

La supuesta prioridad de la libertad como no interferencia

Como acabo de señalar, para quienes defienden la tesis restrictiva, sólo los derechos civiles y, parcialmente, los políticos, pueden ser considerados derechos genuinos, y sólo este reducido catálogo determina qué es lo que hay que hacer en situaciones de escasez. Y ello porque, a su juicio, son los únicos que vienen a satisfacer las que se consideran necesidades radicales: las libertades individuales. Estas necesidades, además, se dice, son fáciles de satisfacer, dado que no exigen ni la intervención del Estado, ni el despilfarro de recursos escasos.

Empezando por el final y también por lo que puede verse más claro. ¿No es caro el abstencionismo estatal?, ¿es verdad que las necesidades que exigen una abstención por parte del Estado son las más fáciles de satisfacer?, ¿no es muy cara, por ejemplo, la organización de elecciones para el ejercicio del derecho de participación política?, ¿no lo es la asistencia letrada al detenido?, ¿la seguridad y la defensa? No es esta una cuestión en la que me vaya a detener ahora porque, independientemente de cómo resolvamos el asunto económico (si garantizar tal o cual derecho es más o menos barato), creo que lo más relevante es preguntarse hasta qué punto resulta aceptable este discurso moral.

La obligación moral de satisfacer una necesidad básica, que constituye el fundamento de un derecho, no puede verse condicionada por la contingencia de que existan o no posibilidades reales para satisfacerla, pues lo importante no es en sí un derecho puede ser disfrutado, sino si su disfrute está o no justificado.

   A mi juicio, la obligación moral de satisfacer una necesidad básica, que constituye el fundamento de un derecho, no puede verse condicionada por la contingencia de que existan o no posibilidades reales para satisfacerla, pues lo importante no es si un derecho puede o no ser disfrutado, sino si su disfrute está o no justificado. Si fuera de otro modo, los derechos humanos acabarían identificándose con los contenidos empíricos del Derecho positivo o con los dictámenes del poder político (democrático o no, o democrático en mayor o menor medida), que es quien, en última instancia, interpreta la escasez. Y es precisamente por esto, por lo que se ha dicho que el argumento de la escasez es un argumento falaz e ideológico, de tendencia conservadora, que prescinde por completo del espíritu revolucionario y reivindicativo que identifica al discurso de los derechos.

   Por otro lado, la opción por los derechos civiles y políticos que se esconde tras la tesis restrictiva supone excluir los intereses de aquéllos que más sufren la escasez (los excluidos del banquete) y para quienes los derechos sociales, podrían resultar especialmente útiles.5 ¿Cubren estos derechos nuestras necesidades más radicales?, ¿se pueden jerarquizar los derechos de este modo?

Pero es que, además, no está tan claro que en la cúspide del discurso moral deba situarse un principio sustantivo, que tal principio haya de ser el de la autonomía y que la única manera de entenderlo sea la manera en que lo entienden los defensores de la tesis restrictiva. Por supuesto, siempre es posible decir que el principio de autonomía funciona, sobre todo, como un presupuesto de racionalidad, porque no puede negarse sin incurrir en una contradicción pragmática: nadie puede negar el principio de autonomía sino desde un ejercicio de la autonomía. De este modo, su defensa prioritaria podría plantearse como una cuestión de lógica formal y no sustantiva. El problema es que quien asume la existencia de un núcleo duro de derechos intangibles en razón del citado principio, no lo entiende exactamente así, sino como una exigencia moral de contenido muy preciso que se plantea como una (auto)evidencia. Y lo cierto es que, desde esta óptica, y como señala Habermas, no se acierta a comprender el sentido constitutivo que tiene para toda comunidad política la autonomía ciudadana ejercida en términos intersubjetivos (conjuntamente, se entiende, o considerando a los demás).6 Pero no voy a insistir más en este asunto.

No podemos valorar ni siquiera conocer nuestros éxitos, si no es sometiéndoles continuamente a la discusión y al debate con los otros. Lejos de banalizar los derechos ya consolidados, ayudaría a su mejor comprensión. y favorecería la progresiva articulación del marco moral y político más adecuado para garantizarlos.

   Para terminar, creo que es importante subrayar que mantener una visión histórica de los derechos y elaborar un catálogo abierto a las nuevas exigencias, no implica necesariamente incluir en su seno a todas ellas a discreción. Se trata de establecer criterios a partir de los cuales sea posible apartar las necesidades que merecen ser satisfechas de las que no lo merecen, y en este proceso, ni el “dato empírico” que aporta la escasez puede servir como argumento moral, ni un discurso moral cerrado al diálogo con los excluidos, como base justificadora. En un marco democrático como el nuestro, las nuevas demandas deberían ser discutidas, a fin de determinar si tras ellas se esconden auténticas necesidades humanas o sólo meras reivindicaciones arbitrarias. Y no sólo eso, los mismos derechos exigen que nos preguntemos sin cesar qué es exactamente lo que tenemos, por el espíritu contestatario que los anima, y por qué ese espíritu ha de poder cuestionar también el catálogo que los recoge. No creo que podamos valorar, ni siquiera conocer, nuestros éxitos, si no es sometiéndolos continuamente a la discusión y al debate con los otros; una discusión que, lejos de facilitar la banalización de los derechos ya consolidados, ayudaría a su mejor comprensión, y favorecería la progresiva articulación del marco moral y político más adecuado para garantizarlos.

   Como no podía ser de otra forma, y según hemos visto, esta posición ha sido objeto de crítica por parte del sector más profundamente liberal para el que la apertura del discurso político a cualesquiera cuestiones y argumentos puede poner en peligro la protección jurídica de la esfera privada y la integridad personal del individuo. Sin embargo, no hay que perder de vista que «no todo lo que justificadamente es objeto de una discusión pública, queda ya también convertido en objeto de una regulación política»,7 y, por lo tanto, no todo lo que debe ser discutido, ha de ser necesariamente aceptado. O sea que, en principio, no hay motivo alguno para temer al diálogo.

Al fin y al cabo, el peligro de banalización que puede darse con la expansión ilimitada y acrítica de la tabla de derechos, no se elude tampoco cuando se hace una defensa ciega y obsesiva de los éxitos alcanzados.

NOTAS

1 Este trabajo es una versión corregida del capítulo II del libro Claves para entender los nuevos derechos humanos, Los Libros de La Catarata, Madrid, 2011.

2 N. Bobbio, El tiempo de los derechos, Sistema, Madrid, 1991, p. 70.

3 N. Bobbio, El futuro de la democracia, Sistema, Madrid, 1991, p. 35.

4 Ibídem, p. 53.

5 Los derechos civiles especialmente protegidos, aunque formalmente se predican de todos, no pueden ser plenamente ejercidos más que por unos pocos. Y es que de poco sirve garantizar libertades para todos, si no se articulan los instrumentos que permiten, de hecho, generalizar su disfrute.

6 J. Habermas, Facticidad y validez. Sobre el derecho y el Estado democrático de derecho en términos de teoría del discurso, Trotta, Madrid, 1998, p. 655.

7 Ibídem, p. 391-392.

Puedes acceder al texto completo del artículo en pdf: La multiplicación de derechos y la visión generacional.


Derechos Humanos: hacia una visión integral

Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 142, verano 2018.

¿Qué significan los derechos humanos en el 70 aniversario de su Declaración?

¿Qué transformaciones se registran? ¿Cómo subsisten en plena época neoliberal?

Si desde el punto de vista formal son buenos tiempos para los derechos humanos por la abundancia de instrumentos normativos, son tiempos pésimos si atendemos a las bases estructurales, materiales y jurídicas que podrían garantizar su aplicación efectiva, como recuerda Santiago Álvarez Cantalapiedra en la INTRODUCCIÓN a este número.

Resulta crucial visibilizar el vínculo existente entre derechos humanos y economía política porque solo desde unas condiciones materiales suficientes y desde la conciencia de la ecodependencia de la tierra y de los otros seres pueden arraigar.

Aunque los derechos humanos han ido apareciendo en generaciones sucesivas, completando ámbitos, conviene no perder de vista la integralidad de los derechos. Diferentes agentes pujan actualmente por ampliar el espacio de juego, tanto de los derechos mismos, sujetos que son objeto de derechos, como de los agentes obligados a cumplirlos y esferas temáticas.

Examinamos estos y otros aspectos en el ESPECIAL «Derechos humanos: 70 años de Declaración» de este número de la Revista Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global.

Ruben Andesson analiza en ENSAYO cómo las geografías de la catástrofe en el mundo actual, de droga, yihadismo o migración, esos espacios donde casi nadie se aventura a penetrar, están más cerca de lo que creemos, conectados como están en la economía política mundial.

En ENTREVISTA conversamos con Nick Buxton sobre la instrumentalización del cambio climático para servir intereses particulares de instituciones públicas y privadas y con Miguel Muñiz Gutiérrez sobre la industria atómica y la lucha antinuclear.

La sección PANORAMA recoge dos artículos: Bichara Khader realiza un recorrido por la trágica historia de Palestina en el último siglo y Fernando Luengo examina las bases de la mejora de la competitividad alemana, que no reside solo ni principalmente en la represión salarial.

Ted Trainer repasa los entresijos de la Cooperativa Integral Catalana como opción viable para avanzar en la «vía de la simplicidad» en PERISCOPIO.

La revista se completa con la sección LIBROS.

A continuacón ofrecemos el Sumario del número completo, así como el acceso al texto completo de la INTRODUCCIÓN y al artículo destacado de este número: La multiplicación de derechos y la visión generacional, escrito por María Eugenia Rodríguez Palop.

SUMARIO

INTRODUCCIÓN

Una breve nota a propósito de los 70 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Santiago Álvarez Cantalapiedra.

ENSAYO

Hic sunt dracones: cartografía etnográfica del peligro global, Ruben Andersson.

ESPECIAL

DERECHOS HUMANOS: 70 AÑOS DE DECLARACIÓN

La multiplicación de derechos y la visión generacional, María Eugenia Rodríguez Palop.

Luces y sombras del régimen internacional de los Derechos Humanos: setenta años de luchas por expandir sus significados, Itziar Ruiz-Giménez Arrieta.

Justicia penal internacional: del pasado al futuro, Daniele Archibugi y Alice Pease.

Ciencia, ética y el derecho humano a la ciencia, José Mª Carrascosa Baeza.

Desigualdad, derechos y garantías, Luis Carlos Nieto García.

Principios Marco sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente, John Knox.

PANORAMA

Palestina y los árabes (1917-2017): Historia de una tragedia colectiva, Bichara Khader.

Modelo alemán: represión salarial y competitividad
, Fernando Luengo.

PERISCOPIO

Cooperativa Integral Catalana: la «vía de la simplicidad» ya está en marcha, Ted Trainer.

ENTREVISTA

Entrevista a Nick Buxton «Una seguridad para todos y todas ante el cambio climático debe surgir desde abajo y dirigirse a cambiar el sistema», Nuria del Viso y Carlos Saavedra.

Entrevista a Miguel Muñiz Gutiérrez sobre la industria atómica y la lucha antinuclear
, Salvador López Arnal.

LIBROS

 

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Día Internacional de la Paz. Organizaciones Españolas

 

Selección de organizaciones españolas, Centros de investigación, institutos universitarios y fundaciones, que desde una perspectiva multidisciplinar trabajan por la eliminación de las distintas formas de violencia, la promoción de la justicia, el respeto de los derechos humanos, el desarrollo y la resolución pacífica de los conflictos, la sostenibilidad, el ejercicio democrático de la ciudadanía. La mayoría de estas organizaciones se encuentran dentro de la Asociación Española de Investigación para la Paz - AIPAZ.

 

BAKEOLA, Convivencia, Conflicto y Derechos Humanos

EDE FUNDAZIOA Bilbao / Donostia

Centro especializado en el abordaje satisfactorio de los conflictos que, desde el año 2003, trabaja con los agentes sociales y educativos desde una perspectiva integral. Su misión es la capacitación de agentes sociales y educativos, para fortalecer el entramado social, y cimentar una ciudadanía activa, crítica y constructora de paz.
La actividad se desarrolla en sintonía con los conceptos de paz positiva, basada en los principios de justicia social e igualdad, así como una perspectiva creativa del conflicto, entendiendo éste, como una oportunidad para el cambio y la transformación de situaciones generadoras de desigualdades. Promueven de procesos orientados a la mejora de la convivencia, la promoción de los Derechos Humanos, el desarrollo comunitario y la construcción social para la consecución de una Cultura de Paz.

 

Can Jonch. Centro de Cultura por la Paz
Granollers - Barcelona

Centro creado por el Ayuntamiento de Granollers para trabajar con su compromiso con la recuperación de la memoria histórica y el cultivo de los esfuerzos necesarios que encaminen al diálogo ya la paz. Concebido desde 2008 centro de recursos para la paz, la cooperación, la solidaridad y los derechos humanos, con el objetivo de fomentar la cultura de paz en todos los aspectos de la vida ciudadana.

 

 

Centre d’Estudis per la Pau J.M. Delàs
Barcelona

El Centro Delàs creado en 1999, tiene como misión el fomento de una cultura de paz y la construcción de una sociedad desarmada y por esto se dedica a sensibilizar sobre los efectos perversos de las armas y el militarismo. Combina el trabajo de estudio y publicación con la difusión y movilización social alrededor de los efectos negativos del militarismo, entre ellos el gasto militar, la R+D militar y la fabricación y el comercio de armas, así como la denuncia del incumplimiento de los acuerdos de los gobiernos en estas materias.

 

Centro de Educación e Investigación para la Paz - (CEIPAZ)
Madrid

Centro de Educación e Investigación para la Paz que, desde el año 2007, estudia y divulga desde una perspectiva multidisciplinar la relación entre conflictos, desarrollo y educación.
Analiza las principales tendencias en el sistema internacional y promueve la educación para el desarrollo y la paz.

 

Escola de Cultura de Pau - UAB
Barcelona

Institución académica de investigación para la paz de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) creada en 1999 con el objetivo de promover la cultura de paz. Sus principales ámbitos de acción son: la Investigación sobre los conflictos armados y las crisis sociopolíticas, los procesos de paz, los derechos humanos, la justicia transicional, la dimensión de género y la educación para la paz.

 

FUHEM-Ecosocial
Madrid

Espacio de reflexión, encuentro y debate, creado en 1984, que analiza las tendencias y los cambios profundos que configuran nuestro tiempo desde una perspectiva crítica y transdisciplinar, a partir de tres de los grandes retos de la sociedad actual como son: la sostenibilidad, la cohesión social y la calidad de la democracia y siguiendo como líneas investigación: huella ecológica, análisis de las necesidades, ciudadanía y diversidad y conflictos por recursos y seguridad.

 

Fundación Carta de la Paz dirigida a la ONU
Barcelona

La Carta de la Paz dirigida a la ONU es un documento escrito por un grupo de personas con una gran inquietud en el trabajo por la paz. Consta de una introducción, diez puntos, una conclusión y una postdata que señalan unos principios sobre los que se puede cimentar una paz realista.
En 1998 y a raíz de la 3ª entrega de la Carta se creó la Fundación Carta de la Paz dirigida a la ONU, con el fin de potenciar la difusión y promoción del documento a nivel internacional; así como la investigación y estudio del tema de la paz a través de los Institutos de la Paz de todo el mundo.

 

Fundación Cultura de Paz
Madrid

La Fundación Cultura de Paz tiene como objetivo fortalecer y promover la cultura de paz. Desde el año 2000, su actividad se basa principalmente en el apoyo y desarrollo de iniciativas y actividades educativas, divulgativas, de reflexión y acción sobre el terreno que contribuyan a la construcción y consolidación de una cultura de paz mediante la aplicación de la Declaración de Cultura de Paz, relacionadas con las ocho medidas del Programa de Acción.

 

Fundación Fundipax-Iniciativas para la Paz Centro UNESCO
Madrid

La Fundación se define como cultural, privada, de promoción, financiación y servicio. Desde 1993, tiene como fines: el desarrollo de cuantas iniciativas tiendan directa o indirectamente a su juicio, a fomentar, divulgar o conseguir, total o parcialmente, el establecimiento de la PAZ como principio rector de las relaciones entre los pueblos y las sociedades así en el ámbito interno como en el de las relaciones internacionales.

 

Fundación Museo de la Paz de Gernika
Gernika – Lumo / Bizcaia

El Museo abre sus puertas en 1998, para abordar, principalmente, el tema de la historia de Gernika-Lumo y el terrible bombardeo de la ciudad durante la Guerra Civil española. A partir del año 2003 renueva su perfil y amplia sus posibilidades, convirtiéndose en un museo para sentir y vivir, un escenario en el que la historia, de la mano de la emotividad y de la empatía ensancha el camino de la reconciliación, un lugar para pensar que a la paz podemos darle forma entre todos. Forma parte de la Red Internacional de Museos para la Paz (INMP).

 

Fundación Seminario de Investigación para la Paz
Zaragoza

 Vinculado al Centro Pignatelli de Zaragoza desde el año 1994, aunque en 2002, se constituye como Fundación SIP. Su objetivo es contribuir a la investigación para la paz en sus múltiples facetas, dentro de un marco interdisciplinar e independiente en su orientación. Cada año propone un proyecto de sesiones de estudio y debate, programa cursos, encarga trabajos de investigación, elabora informes y propuestas, y convoca las Jornadas Aragonesas de Educación para la Paz.

 

FundiPau
Barcelona

ONG que trabaja desde 1983 por un mundo en paz, a través de una opinión pública cada vez más informada y activa. Impulsa todos aquellos cambios culturales y estructurales que deben hacer posible la erradicación de la violencia como forma de relación entre las personas y los pueblos. Promoviendo la investigación para la paz, Realizando acciones y propuestas de educación para la paz, Realizando campañas de sensibilización social y presión política, y dando apoyo a personas y grupos que promueven la resolución pacífica de los conflictos.

 

Gernika Gogoratuz. Centro de Investigación por la Paz
Gernika-Lumo - Bizcaia

Centro de Investigación por la Paz creado en 1987 en el marco del 50º Aniversario del Bombardeo de Gernika. Realiza su labor en el ámbito de la memoria y la cultura de paz, cuyo objetivo es "contribuir, con aportaciones generadas o respaldadas por una reflexión científica, y vinculadas a la ciudad y/o al símbolo de Gernika, al logro de una paz emancipadora y justa a escala mundial y en el País Vasco. Desarrolla sus actividades en el campo de la investigación, formación, intervención comunitaria a través de dos áreas de trabajo. Simbología de Paz y Vida Cotidiana y Paz.

 

Institut Catalá Internacional per la Pau. (ICIP)
Barcelona

Organismo público, de carácter institucional, que promueve la cultura de la paz en Cataluña y en el mundo, facilitar la resolución pacífica y la transformación de los conflictos y hacer que Cataluña tenga un papel activo como agente de paz. Para hacerlo posible, el Instituto trabaja para la seguridad humana, el desarme, la prevención y solución pacífica de los conflictos y las tensiones sociales, el fortalecimiento y el arraigo de la paz y la convivencia, la construcción de paz y la defensa de los derechos humanos.

 

Instituto de Derechos Humanos, Democracia, Cultura de Paz y no Violencia - DEMOSPAZ
Madrid

Instituto Universitario creado en 2016 mediante convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y la Fundación Cultura de Paz (FCP), que nace con el objetivo de vincular a la comunidad académica con los derechos humanos, y la cultura de paz y no violencia, en un coyuntura histórica de cambios cruciales, con una crisis sistémica que requiere de respuestas basadas en los valores de justicia, de solidaridad y de igualdad.

 

 

Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción Humanitaria - IECAH
Madrid

Iniciativa privada que desde el año 2000, agrupa a un conjunto de especialistas en los ámbitos del estudio de los conflictos, y la cooperación con especial énfasis en la ayuda humanitaria, con una amplia experiencia acumulada en diversas áreas temáticas y geográficas, tanto desde una perspectiva docente como investigadora, desarrollada en centro académicos y de análisis nacionales y extranjeros. Unen a ello una experiencia y enfoque práctico con mucha experiencia en ONG y otros organismos de cooperación.

 

Instituto Interuniversitario de Desarrollo Social y Paz -IUDESP
Alicante / Castellón de la Plana

El Instituto Interuniversitario de Desarrollo Social y Paz (IUDESP) se constituye en 2006, como una institución orientada a la investigación, docencia y sensibilización sobre temas relacionados con la paz y el desarrollo social. En sus actividades, el IUDESP intenta transmitir valores de paz, solidaridad y diversidad entre las personas, las culturas y los pueblos, contribuyendo en su tarea al desarrollo de los derechos humanos, la defensa de la justicia social y la protección del medio ambiente.

 

Instituto Universitario de Investigación de la Paz y los Conflictos
Universidad de Granada

IPAZ nace en 1996 de las inquietudes de un grupo de profesores de la Universidad de Granada que, procedentes de diversas disciplinas, que tuvieron como punto común el deseo de profundizar en los estudios sobre la paz y los conflictos. Analizan las causas de la violencia así como las condiciones para la paz con el ánimo de buscar alternativas en los comportamientos que induzcan a un modelo de sociedad y de relaciones nacionales e internacionales basadas en la cooperación, el respeto de los derechos humanos y la existencia de condiciones materiales y sociales de paz.

 

Liga Internacional de Mujeres por la paz y la Libertad –WILPF España

ONG internacional con secciones nacionales que alcanzan todos los continentes. Tiene un Secretariado Internacional con base en Ginebra y una oficina en Nueva York enfocada al trabajo en la Organización de las Naciones Unidas. Desde su creación en 1915, WILPF ha reunido mujeres de todo el mundo a las que une su trabajo por la paz por vías no-violentas y la promoción de la Justicia económica, política y social para todos. WILPF tiene estatus consultivo en Naciones Unidas con ECOSOC, UNCTAD y UNESCO, y relaciones especiales de consulta con la FAO, ILO y UNICEF.

 

Observatorio de Multinacionales en América Latina - OMAL

Proyecto creado por la Asociación Paz con Dignidad en el año 2003, con el objetivo, entre otros, de documentar y sistematizar la información sobre el poder y los impactos en la dimensión económica, política, social, ambiental y cultural de las empresas transnacionales. Así como la "arquitectura de la impunidad" que permite a las grandes corporaciones no cumplir con su obligación de respetar los derechos fundamentales de la poblacciónn. Además, visibiliza las resistencias y propuestas de regulación y alternativas al poder de las multinacionales.

 

Seminario Galego de Educación para a Paz - SGEP
Santiago de Compostela - A Coruña

 

Seminario Permanente creado en 1985 y patrocinado por un grupo de profesionales de diferentes niveles educativos (desde preescolar hasta la universidad) sensibilizados sobre la falta de material didáctico y pensamientos teóricos acerca de la educación paz en general o específicamente en los derechos humanos, la tolerancia, la solidaridad, ecopacifismo, la solución pacífica de los conflictos interculturales, o la cultura de la paz.

 

UNESCO Etxea - Centro UNESCO del País Vasco
Bilbao / Vitoria-Gasteiz

Asociación sin ánimo de lucro creada en 1991 para promocionar en el ámbito vasco los principios y programas de la UNESCO. Trabajan por una Cultura de Paz y por un Desarrollo Humano Sostenible con derechos y responsabilidades. Trabajan por un mundo en el que las personas, las organizaciones sociales, las comunidades lingüísticas y culturales y los pueblos cuenten para la construcción de una ciudadanía global democrática. Forman un grupo humano creativo, participativo, paritario y activo identificado con la Misión y Valores.


Día Internacional de la Paz. Organizaciones Internacionales

Día Internacional de la Paz. Organizaciones Internacionales

Selección de organizaciones, coaliciones y redes de ámbito internacional que trabajan en el ámbito de la prevención y resolución pacífica de conflictos, y el establecimiento de la paz. Trabajan por el control y contra la venta de armas ligeras, así como en negociaciones para que se firme un tratado que prohíba las armas nucleares. Trabajo por el cual algunas de ellas fueron galardonadas con el premio nobel de la paz 2017. Tienen un compromiso con la promoción de la educación y la cultura de la paz, con el fin de la violencia y con la defensa del derecho internacional y los derechos humanos, sobre todo de los más vulnerables. Algunas de estas redes y organizaciones tienen estatus consultivo ante Naciones Unidas.

Brigadas Internacionales de Paz

   ONG internacional que fomenta la no violencia y protege los derechos humanos desde 1981. Su trabajo se basa en los principios de ser no-partidarios y de la no-interferencia en los asuntos internos de las organizaciones que acompañan. Creen que los cambios en los conflictos, para que sean duraderos, no pueden estar impuestos desde afuera sino que se deben basar en la capacidad y los deseos de la población local. Su papel es el de abrir espacio político y proporcionar apoyo moral a los activistas locales para que puedan llevar adelante su trabajo sin miedo a la represión.

 

Centro Latino Americano de Ecología Social – CLAES

Organización independiente, dedicada a la investigación, acción y promoción de la ecología social. Reconociendo una vinculación recíproca entre grupos humanos con su entorno ambiental, en un contexto histórico, se consideran problemas socioambientales, vinculándose la investigación con la acción, desde un compromiso ético con la defensa de la vida y la promoción de alternativas al desarrollo. Fundado en 1989, su sede se encuentra en Montevideo (Uruguay).

 

 

  

Global Action to Prevent War

Global es una red transnacional que trabaja para reducir los niveles globales de conflicto y eliminar los impedimentos institucionales e ideológicos para acabar con la violencia armada y las violaciones graves de los derechos humanos.

 

International Action Network on Small Arms – IANSA

Movimiento global contra la violencia armada que vincula a organizaciones que trabajan para detener la proliferación y el uso indebido de armas pequeñas y ligeras. Tienen un estatus consultivo especial ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y son el coordinador oficial de la participación de la sociedad civil en las reuniones de las Naciones Unidas sobre armas ligeras.

 

International Campaign to Abolist Nuclear Weapons – ICAN

 

Coalición global que trabaja para sensibilizar a las personas de todos los países para inspirar, persuadir y presionar a sus gobiernos, para que inicien y apoyen negociaciones para que se firme un tratado que prohíba las armas nucleares. La campaña se lanzó en 2007 y ahora sus actividades cuentan con 331 socios en 80 países.

 

INMP – International Network of Museums for Peace

 

La Red Internacional de Museos para la Paz (INMP) es una organización sin ánimo de lucro que tiene como objetivo construir una cultura global de paz mediante el fortalecimiento del trabajo de los museos por la paz. La red se estableció en 1992 y tiene estatus consultivo especial con ECOSOC de Naciones Unidas desde 2014. Los museos por la paz son instituciones educativas que promueven una cultura de paz mediante la recopilación, exhibición e interpretación de material relacionado con la paz.

 

International Peace Bureau – IPB

   La Oficina Internacional por la Paz está dedicada a la visión de un mundo sin guerra. Desde la década de los 80 han trabajado en una amplia variedad de asuntos para la promoción de la paz, incluyendo: las armas nucleares, el comercio de armas y otros aspectos del desarme; la educación y la cultura de la paz; las mujeres y el establecimiento de la paz; y la historia de la paz y otros temas relacionados, como el derecho internacional y los derechos humanos. Cuenta con 300 organizaciones de más de 70 países.

 

International Peace Research Association – IPRA

   Fundada en 1990, la Fundación IPRA, una organización sin fines de lucro que promueve los propósitos y actividades de la Asociación Internacional de Investigación de la Paz (IPRA) que, desde 1965, ha buscado mejorar los procesos de paz y avanzar en el campo de la investigación de la paz a través de una investigación rigurosa sobre las causas del conflicto y el examen de alternativas a la violencia.

 

Minority Rights Group International – MRG

MRG International con más de 40 años de experiencia, cuenta con alrededor de 130 socios en más de 60 países. Realiza campañas en todo el mundo países para garantizar que las minorías desfavorecidas y los pueblos indígenas, a menudo los más pobres entre los pobres, puedan hacer oír su voz. Para ello, a través de capacitación y educación, casos legales, publicaciones y programas de medios y culturales, apoyan a las minorías y los pueblos indígenas en sus esfuerzos por mantener sus derechos sobre la tierra en la que viven, los idiomas que hablan, la igualdad de oportunidades en educación y empleo, y a la plena participación en la vida pública.

 

Peace Research Institute Oslo – PRIO

   PRIO es una fundación independiente, internacional en su orientación, con una extensa red de colaboradores en todo el mundo que realiza investigaciones sobre las condiciones para las relaciones pacíficas entre los estados, grupos y personas. Los investigadores de PRIO buscan comprender los procesos que unen a las sociedades o las dividen. Exploran cómo estallan los conflictos y cómo se pueden resolver; investigan cómo los diferentes tipos de violencia afectan a las personas; y examinan cómo las sociedades abordan las crisis y la amenaza de crisis. Documentan tendencias generales, buscamos comprender procesos e informar respuestas concretas.

 

SIPRI – Stockholm International Research Institute

Instituto internacional independiente dedicado a la investigación sobre conflictos, armamentos, control de armamentos y desarme. Desde 1966, SIPRI proporciona datos, análisis y recomendaciones, basados ??en fuentes abiertas, a los responsables de la formulación de políticas, los investigadores, los medios de comunicación y el público interesado. Con sede en Estocolmo, SIPRI publica un Anuario con un compendio de datos y análisis de áreas de conflicto armado, gasto militar y armamentos; así como sobre no proliferación, el control de armamentos y el desarme.

 

Statewatch


Organización fundada en 1991, compuesta por abogados, académicos, periodistas, investigadores y activistas comunitarios procedentes de 18 países, que trabajan por un periodismo de investigación crítico en Europa en los ámbitos del Estado, la justicia y los asuntos de interior, las libertades civiles, y la rendición de cuentas. Uno de los propósitos principales de Statewatch es proporcionar un servicio a la sociedad civil para alentar la discusión y el debate informado, a través de la provisión de noticias y análisis respaldados por documentación a texto completo para que las personas puedan acceder por sí mismas a las fuentes primarias y crear sus propias conclusiones.

 

Transnational Institute – TNI

Instituto internacional de investigación y promoción de políticas que trabaja por un mundo más justo, democrático y sostenible. Durante más de 40 años el TNI ha actuado como punto de enlace entre movimientos sociales, el mundo de la academia, y responsables políticos. Aboga por la crítica fundamentada y anticipa y documenta cuestiones clave, antes de que se conviertan en temas de preocupación general. Cada año TNI publica el Estado del poder, una antología sobre el poder mundial y la resistencia, de la que FUHEM Ecosocial realiza la edición en español.

 

Women International League for Peace and Freedom – WILPF

   La Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad (WILPF) es una organización internacional no gubernamental (ONG) con Secciones Nacionales que cubren todos los continentes, una Secretaría Internacional con sede en Ginebra y una oficina de Nueva York centrada en el trabajo de las Naciones Unidas (ONU ).

Desde 1915, reúne a mujeres de todo el mundo que trabajan juntas por la paz por medios no violentos. Promueven la justicia política, económica y social para todos. Su enfoque es siempre no violento, y utiliza los marcos legales y políticos internacionales existentes para lograr un cambio fundamental en la forma en que los estados conceptualizan y abordan cuestiones de género, militarismo, paz y seguridad. Su fortaleza radica en su capacidad para vincular los niveles internacional y local.

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II Foro Mundial sobre las violencias urbanas

El Foro Mundial sobre las Violencias Urbanas y Educación para la Convivencia y la Paz de Madrid se concibe como un lugar de encuentro entre líderes locales, organismos y redes internacionales, academia, ONGD y sociedad civil destinado a abrir un proceso conjunto de debate, reflexión y construcción de soluciones que fomenten entornos urbanos capaces de eliminar las expresiones de violencia. En 2017 Madrid lanzó esta iniciativa que pretende convertirse en una cita permanente global de compromiso de las ciudades con la paz. Este año el II Foro Mundial sobre las Violencias Urbanas y Educación para la Convivencia y la Paz se desarrollará en Matadero Madrid, del 5 al 8 de noviembre de 2018.

Las ciudades son el principal espacio de encuentro e intercambio de nuestras sociedades, de interacción entre personas, colectivos, empresas, ideas y valores. Sin embargo, también son espacios donde se generan desigualdades y la proliferación de diversos tipos de violencias.

Las autoridades locales disponen de un creciente marco de acción que puede ayudar a prevenir y transformar los conflictos y reducir las violencias. El éxito o el fracaso del futuro de la humanidad pasa, en una importante medida, por las ciudades. Una buena prueba de ello es la reciente aprobación de la Nueva Agenda Urbana y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en los cuales las ciudades son un elemento clave.

En ese sentido, Capital de Paz es más que una idea. Es una vocación, una seña de identidad que Madrid quiere llevar asociada a su nombre. Es también el concepto bajo el que cobijar todas aquellas iniciativas que no sólo desde las instituciones, sino desde la propia ciudadanía, van a encontrar el aliento y el impulso de los responsables de esta ciudad.

Capital de Paz es una estrategia que cada día se hace más necesaria enraizar en todas y cada una de las decisiones que se toman en esta y en las demás urbes. Si las ciudades son el escenario donde la violencia interpersonal adopta numerosas formas, el incremento de población que van a vivir ya solo en la primera mitad de este siglo –los cálculos apuntan a que en 2050 el 70% de la población será urbana- requieren medidas e iniciativas que no pueden venir solo desde los Gobiernos locales pero tampoco pueden lograrse sin ellos. Es más, los responsables municipales, como representantes más directamente vinculados a los ciudadanos, tiene mucho que aportar dentro de su marco competencial. Y además quieren.

El Foro es la primera gran iniciativa que, bajo ese epígrafe de Capital de Paz, ha impulsado el Ayuntamiento de Madrid. Surge de una alianza de alcaldesas, agradecidas por la rapidez con que otras instituciones, organizaciones y entidades de la iniciativa social se han adherido para poder llevarlo a cabo. Si algo quiere ser este Foro es un espacio abierto a las aportaciones y a la participación de todos. Esa rápida respuesta institucional y ciudadana demuestra que no sólo se debe actuar, sino también que hay voluntad y muchas ganas de hacerlo.

 

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70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos II

José Manuel Naredo

Retórica de los derechos e ignorancia de los deberes

Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 102, verano 2008, pp. 155-166.

Desde que hace 60 años la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), se ha avanzado mucho en la cada vez más extensa y aceptada declaración de derechos, pero poco en la práctica generalizada de los mismos. Se amplía así la brecha entre los enunciados formales de derechos que se pretenden universales y la falta de vigencia de los mismos que denota la situación de penuria, marginación y sometimiento de buena parte de los individuos. En este texto se reflexiona sobre la aguda esquizofrenia social que se ha extendido por el mundo al proliferar, a la vez, el enunciado ceremonial de derechos y el mantenimiento real de instituciones, ideas y comportamientos que atentan impunemente contra ellos. Al texto le acompaña un resumen y los puntos más relevantes de los últimos informes de las Relatorías del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los derechos a la alimentación, al agua y a la vivienda. 

Los informes más recientes de las Relatorías Especiales del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los derechos a la alimentación, al agua y a la vivienda (ver recuadros), recae sobre la extensión explícita de los derechos a los campos mencionados y el grave incumplimiento de los mismos por parte de los poderes establecidos. La DUDH señalaba ya que “todo individuo tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…” (Art. 25). Se insistía para ello en otros artículos en que “toda persona tiene derecho al trabajo…[y] a una remuneración, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y será completada, en caso necesario, por cualquiera otros medios de protección social” (Art. 23); o que “toda persona… tiene derecho a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad” (Art. 22).

  Ante las dificultades que plantea el cumplimiento de estos derechos, se redunda sobre ellos con declaraciones adicionales cómodamente asumidas por poderes políticos y económicos hegemónicos en el mundo, que siguen sin poner los medios que aseguren su cumplimiento generalizado e incluso ignoran las causas de sus continuas violaciones. La desatención hacia las causas perpetúa así su incumplimiento haciendo que las organizaciones que velan por ellos se vean continuamente desbordadas en su labor de denuncia, testimoniando la amplitud de la brecha arriba apuntada.

Lamentablemente la DUDH de 1948 contenía ya gérmenes de ese incumplimiento al soslayar las causas que proceden tanto de la persistencia de esquemas de sociedades jerárquicas anteriores, como de la globalización capitalista hoy imperante. En lo que concierne al primer punto, por ejemplo, los mismos párrafos transcritos de la DUDH hablan del individuo y “su familia”, dejando entrever la situación de subordinación y dependencia en la que se encuentran las otras personas adultas que integran la familia. Se soslayan así los rasgos machistas propios de la familia tradicional que dejan en una situación bastante precaria a los derechos de cerca de la mitad de la especie humana. Aunque ya no se hable sólo de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, como decía la emblemática declaración francesa de 1789, sino de la especie humana en general, las recientes denuncias de una potente campaña de Amnistía Internacional en favor de los derechos de la mujer, evidencian la lamentable situación en la que actualmente se encuentran sus derechos en el mundo. En relación con el segundo aspecto –la globalización capitalista–, la misma DUDH incluye el derecho de propiedad como uno de los derechos a respetar sin limitación alguna (Art. 17), como ya hacía la citada declaración de 1789. Defender la igualdad de derechos, a la vez que se acepta el desigual reparto del derecho de propiedad, constituye una de las principales contradicciones que alimentan la esquizofrenia social antes mencionada. Pues la desigualdad económica es la que hoy impide el disfrute igualitario y generalizado de casi todos los otros derechos, desde la educación y la igualdad de trato ante la justicia, hasta el derecho a disfrutar de “un nivel de vida adecuado”. Panorama éste que se agrava en una sociedad crecientemente mercantilizada en la que –en aras de la competitividad y el beneficio de algunos– se escatiman a la población los ingresos necesarios para comprar cosas tan elementales como el agua, los alimentos o la vivienda.

Veamos el caso del agua. Hasta épocas relativamente recientes, la especie humana adaptó su existencia a las disponibilidades de agua en un doble sentido. Por una parte, la población se asentó en lugares que contaban con agua de calidad. Por otra, los aprovechamientos agrarios y los estilos de vida se adaptaron a las disponibilidades de agua de los territorios. Se pensaba que el agua fluía libremente, como el sol, y que, al igual que éste, podía derivarse hacia los circuitos de la vida favoreciendo la fotosíntesis o los usos antrópicos. Pero no se estimaba posible, ni deseable, alterar drásticamente las vocaciones de los territorios, ni hacer que las poblaciones habitaran masivamente en zonas desérticas. En este contexto, el agua era considerada como un bien “libre” o “no económico”, es decir, excluido del carrusel de la producción y del consumo que configura la noción usual de sistema económico.

Sin embargo, la civilización industrial no sólo multiplicó la población, sino que rompió su tradicional adaptación a las disponibilidades de agua en el doble sentido antes mencionado, originando una sensación de escasez y una presión sobre el agua sin precedentes. Con el agravante de que esta presión invalidó, por sobreexplotación y contaminación, una cantidad de agua muy superior a la efectivamente utilizada, secando o contaminando así fuentes de “aguas libres” que venían siendo utilizadas por la población desde épocas inmemoriales. Con lo cual los abastecimientos dependen cada vez más de complejas operaciones de captación, bombeo, conducción y tratamiento, haciendo del agua un “bien económico” productible y facturable, que reclama potentes inversiones subvencionadas. Nuestro país es un buen ejemplo de esta espiral en la que el divorcio entre los usos y las dotaciones de los territorios, unido a la mala gestión del agua, crea cada vez mayores daños ecológicos y “déficits” hídricos, que justifican crecientes operaciones de producción y transporte de agua, alimentando los negocios relacionados con ella, que a la postre la sociedad tiene que pagar ya sea directamente, con el recibo del agua, o indirectamente, con impuestos. Si a esto se añade una creciente desigualdad, que genera bolsas de pobreza y marginación social que rodean sobre todo las grandes conurbaciones de los países pobres, pero que están también presentes en buena parte de los países ricos y/o “emergentes”, nos encontramos con que una fracción creciente de la población mundial encuentra dificultades para disponer de agua de calidad. Algo parecido podría decirse de los derechos a la alimentación y a la vivienda.

¿Tiene sentido responder a este problema con nuevas declaraciones que subrayan el derecho que los individuos humanos tienen al agua, cuando es imposible concebir la vida sin ella? El agua es la principal materia prima que sirve a los dos fenómenos consustanciales con la vida: la fotosíntesis y el intercambio iónico, que permite la alimentación de las células y los tejidos. El agua de calidad no sólo es un nutriente esencial para la vida en las tierras emergidas, sino que es el vehículo que trasporta los otros nutrientes. Así, postular que el individuo humano tiene derecho al agua, cuando no podría existir sin ella, parece una curiosa perogrullada que, no obstante, cobra sentido para denunciar que, tras tanta civilización y tanto progreso, existen hoy personas con serias dificultades para abastecerse de agua de calidad. Pero postular ese derecho cerrando los ojos al comportamiento antiecológico e insolidario de la propia sociedad humana que lo está amenazando resulta un grave despropósito, fruto a la vez de los excesos de un antropocentrismo y un individualismo muy arraigados. Parece como si el individuo humano, cualquiera que sea su comportamiento, tuviera derecho al agua, a la alimentación, a la vivienda, etc., haciendo abstracción de la sociedad e incluso de las leyes y limitaciones del mundo físico a las que, quiérase o no, se encuentra sujeto. Es ese individuo el que, como rey de la creación, exige derechos, por el mero hecho de nacer, sin hablar de deberes hacia la sociedad y la biosfera, sin las que no cabe concebir su existencia. Y son estos deberes de solidaridad y de cooperación hacia su entorno social y natural los que fallan poniendo en cuestión la sostenibilidad de la biosfera y de la propia especie humana. Así, a la vez que se sigue clamando a favor de derechos habría que empezar a hablar de deberes que los individuos humanos deberían de cumplir y de instituciones que velen por su cumplimiento y aseguren efectivamente esos derechos a la mayoría de la población.

Lo anterior nos llevaría a revisar la idea de individuo, como portador de todos los derechos habidos y por haber –entre los que se incluye, sin límite alguno, el derecho de propiedad individual y privativa del resto–, para hablar de deberes e instituciones que regulen su comportamiento hacia sus congéneres. Ante la imposibilidad de tratar ahora este tema con la extensión que se merece, recurriremos a un pensamiento de Pascal para poner el dedo en la llaga: el pensamiento que señala que “solo el rey destronado añora ser rey”. Así, es ese individuo humano erigido en “rey de la creación” y alimentado con afanes de poder y riqueza ilimitados, espoleados con la épica de la competitividad, lo que hace de él un rey, rico y poderoso, en potencia. Aunque en la realidad sólo unos pocos puedan llegar a la cúspide, bastantes más son los que dan rienda suelta a su avaricia o ejercen su despotismo con subordinados o personas dependientes en la cadena de mando sobre la que se apoyan las organizaciones jerárquicas políticas y empresariales que sostienen la actual sociedad piramidal, calando incluso hasta las esferas más íntimas de lo privado.

Debería de resultar evidente que si se atiza el fuego de la rivalidad, el egoísmo, la avaricia, la desconfianza, alimentando racismos, nacionalismos, caciquismos y enfrentamientos entre empresas, partidos, sexos y mafias diversas que buscan situaciones privilegiadas, nunca se podrá llegar a esa sociedad poblada de individuos libres e iguales en derechos que la utopía liberal proponía como meta, por mucho que estos figuren recogidos en textos constitucionales o en declaraciones formales. La pretensión de avanzar hacia un mundo social y ecológicamente más equilibrado y estable sin cuestionar las actuales tendencias expansivas de los activos financieros, los agregados monetarios y la mercantilización de la vida, en general, unidas al desigual reparto de la propiedad y los ingresos, es algo tan ingenuo y desinformado que raya en la estupidez. El objetivo de hacer social y ecológicamente sostenible el desarrollo de estas tendencias es así profundamente irrealista y sólo cobra sentido como instrumento engañoso para esterilizar o desviar las críticas hacia el statu quo mental e institucional que de hecho las sostiene. Como también lo es reivindicar los derechos sin denunciar con claridad las causas de su continua violación, que como hemos apuntado resultan de la polarización y/o segregación social que se deriva tanto de instituciones y mentalidades propias de sociedades jerárquicas anteriores, como de tendencias desatadas por el actual universalismo capitalista. Las relatorías del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas antes citadas señalan ciertamente las causas, evidenciando su carácter sistémico, al estar relacionadas con el actual capitalismo y con las instituciones que lo sostienen y/o propician, como son los indiscutidos derechos de propiedad o el sistema monetario internacional. Y precisemos que conocer bien las causas profundas de nuestros males es el primer paso para poder curarlos o paliarlos.


   Derecho a la Alimentación1

“En un mundo más rico que nunca, el hambre no es inevitable. Es una violación de los derechos humanos”.2

  Síntesis de los ejes temáticos, problemas y recomendaciones del último informe del Relator (febrero 2008) con referencias puntuales a algunos informes previos. El actual relator es el Sr. Olivier de Schutter.

  Definición de este derecho y obligaciones
  • El derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente, sea mediante compra por dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y garantice una vida síquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna”.3

  • Todos los Estados, organizaciones intergubernamentales y agentes no estatales, incluyendo las empresas transnacionales, deberán respetar y hacer cumplir el derecho humano a la alimentación.

  Problemas para alcanzar su realización

  • En el mundo se producen alimentos para alimentar a 12.000 millones de personas, el doble de la población actual, y, sin embargo, el número de quienes padecen hambre aumenta cada año, llegando en la actualidad a ser unos 854 millones de personas.
  • Existen profundas contradicciones internas en la comunidad internacional. Mientras que, por un lado, organismos de Naciones Unidas hacen hincapié en la justicia social y los derechos humanos y trabajan en la promoción del derecho a la alimentación, por otro, las instituciones de Bretton Woods, el Gobierno de EEUU y la Organización Mundial del Comercio, “se niegan a reconocer la mera existencia de un derecho humano a la alimentación e imponen a los Estados más vulnerables el Consenso de Washington, que promueve la liberalización, la desreglamentación, la privatización y la compresión de los presupuestos nacionales de los Estados, modelo que en muchos casos produce grandes desigualdades”.
  • Tres aspectos del proceso general de privatización y liberalización producen consecuencias catastróficas para el derecho a la alimentación: la privatización de las instituciones y servicios públicos, la liberalización del comercio agrícola y el modelo de reforma agraria basado en el mercado. El 18 de diciembre de 2007, la Asamblea General de la ONU aprobó una Resolución (A/62/439/Add.2) por la cual se invita al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional a que eviten toda medida que pueda tener alguna consecuencia negativa para la realización del derecho a la alimentación”.4

  • Los Estados obran de manera incoherente en lo que se refiere a sus propósitos declarados y sus acciones en la práctica. Estos adoptan políticas comerciales que conllevan la vulneración de derechos humanos y los Estados más poderosos negocian acuerdos comerciales que perjudican gravemente a los más débiles y que ponen en peligro su soberanía alimentaria.
  • La Unión Europea, EEUU, Japón y otros países desarrollados, a pesar de difundir las ventajas del libre comercio, protegen fuertemente su agricultura mientras que los países en desarrollo se ven obligados a liberalizar unilateralmente su sector agrícola por los programas de ajuste del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. En los países en desarrollo los agricultores se han visto arrollados por el dumping de los productos subvencionados, que se venden a precios inferiores al coste de producción, arruinando sus medios de subsistencia y acabando con la producción local de alimentos básicos.
  El comercio y las empresas transnacionales
  • Los monopolios públicos han sido sustituidos por monopolios privados. Las grandes empresas transnacionales monopolizan la cadena alimentaria, desde la producción hasta la venta al por menor. Esto les permite exigir a los productores precios bajos mientras que mantienen precios elevados en la venta al público.
  • Pese a la importancia que han cobrado las empresas transnacionales en la alimentación y el abastecimiento de agua, son escasos los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las normas de derechos humanos.
  Alimentación y biocombustibles

  • La mayor parte de los cultivos utilizados para los biocombustibles son productos alimentarios que constituyen los alimentos básicos de millones de personas en las regiones más pobres del mundo. Según las previsiones del Instituto Internacional de Investigaciones sobre Políticas Alimentarias (IPPA), los precios aumentarían de forma espectacular si se incrementa la producción de biocombustibles. El número de personas desnutridas aumentaría en 16 millones por cada punto porcentual del incremento en el precio real de los alimentos básicos. Esto significaría que, sobre 2025, 1.200 millones de personas padecerían hambre.
  • La producción de biocombustibles requiere grandes cantidades de agua, desviándola de los cultivos alimentarios y aumentando su precio, lo que limitará su acceso a las comunidades más pobres.
  • El aumento de los precios de los cultivos alimentarios intensificaría la competencia por la tierra y recursos como los bosques, provocando desalojos forzosos y enfrentamientos entre los pequeños agricultores y las comunidades indígenas y las grandes empresas agroindustriales.

Protección de las personas que huyen del hambre

  • 34 países del mundo hacían frente en 2007 a crisis alimentarias, la mayor parte en el África subsahariana. La mayoría de las personas que sale de estos países lo hace por necesidad. Para el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, es absurdo sostener que quienes huyen del hambre y la miseria son simplemente migrantes económicos porque sugiere que salen voluntariamente, expresa que “huir cruzando las fronteras internacionales no puede considerarse un acto ilícito cuando las personas están huyendo del hambre y las hambrunas”.5
  • Sin embargo, a estas personas se les niega la entrada y protección en otros países porque no reúnen los requisitos para ser ‘refugiados’ en su acepción jurídica tradicional, pese a que sus vidas se encuentren en peligro. Tras arriesgar sus vidas cruzando el mar, se enfrentan a la violencia y violaciones de sus derechos al llegar a los países desarrollados

Alimentación y desertificación

  • Muchas de las crisis alimentarias se deben a las sequías y desertización y afectan a casi 2.000 millones de personas en más de 100 países. Un 50% de los 854 millones de personas que padecen hambre en el mundo vive en zonas secas y degradadas. Los esfuerzos internacionales contra el hambre prestan poca atención a este aspecto.
  • Los Estados deberían dar prioridad a la inversión en proyectos de desarrollo a largo plazo, que reduzcan la vulnerabilidad a la sequía y la desertificación mediante, entre otras cosas,
    la inversión en la captación y la gestión del agua en pequeña escala, para mejorar la seguridad alimentaria.

Recomendaciones de la Relatoría

  • Todos los Estados deberían adoptar medidas inmediatas para satisfacer el derecho humano a la alimentación de toda su población.
  • Todos los Estados deberían asegurarse de que su política internacional, general y económica, en particular los acuerdos comerciales internacionales, no tendrá efectos negativos en el derecho a la alimentación en otros países.
  • Los Estados deberían perfeccionar los mecanismos internacionales de supervisión de las empresas transnacionales, sobre todo de aquéllas que controlan los sistemas de abastecimiento de alimentos y agua, para asegurarse de que respetan el derecho a la alimentación.
  • Los Estados deberían establecer una moratoria de cinco años sobre todas las iniciativas para desarrollar biocombustibles a partir de alimentos. Asimismo, deberían garantizar la producción de biocombustibles a partir de plantas no alimentarias, desechos agrícolas y residuos de cultivos, y no de cultivos alimentarios, para evitar incrementos masivos de los precios de los alimentos, el agua y la tierra, así como la desviación de esos recursos de la producción de alimentos.

 

Derecho al Agua6

 Las Naciones Unidas han proclamado la década 2005-2015 Decenio Internacional para la Acción, “El agua, fuente de vida”. Aunque no hay una Relatoría especifica de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Agua, el Relator del Derecho a la Alimentación se ocupa también de monitorear, de parte del sistema de derechos humanos de Naciones Unidas, el derecho al agua.7Definición de este derecho y obligaciones

  • “El derecho humano al agua otorga derecho a todos a contar con agua suficiente, a precio asequible, físicamente accesible, segura y de calidad aceptable para usos personales y domésticos”.8
  • Existe un debate sobre si el derecho al agua es un derecho humano en sí mismo o un derecho relacionado o derivado de otros derechos humanos fundamentales. En 2007 el Informe del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al pronunciarse sobre el alcance y el contenido de las obligaciones pertinentes en materia de derechos humanos relacionadas con el acceso equitativo al agua potable y el saneamiento que imponen los instrumentos internacionales de derechos humanos, indicó: “Si bien los tratados de derechos humanos no reconocen el acceso al agua potable salubre y el saneamiento como un derecho humano por sí mismo, en los tratados básicos de derechos humanos se han reconocido cada vez más, y de forma más explícita, algunas obligaciones específicas en relación con el acceso al agua potable y el saneamiento, principalmente como parte del derecho a un nivel de vida adecuado y el derecho a la salud”.9• Los gobiernos deben adoptar estrategias y planes de acción en el ámbito nacional que les permita “moverse de forma más expeditiva y eficaz para hacer realidad el derecho al agua”. Tales estrategias deben adecuarse a las leyes y principios de los derechos humanos, abarcar todos los aspectos del derecho al agua y las obligaciones de los países, así como formular objetivos, metas y plazos claros.

    • “Por lo general, las obligaciones de los gobiernos respecto al derecho al acceso al agua potable en el marco de la legislación sobre derechos humanos se encuadra de manera amplia en los principios de respeto, protección y satisfacción de las necesidades.” La obligación de respetar este derecho requiere que los Estados Parte del Pacto se abstengan de adoptar cualquier conducta que interfiera con el goce de este derecho, tal como las prácticas que, por ejemplo, nieguen acceso igualitario al agua potable aceptable o que contaminen ilegalmente el agua por medio del vertido de desechos de empresas estatales”.

    • El Estado debe dar prioridad a esos usos personales y domésticos sobre el resto, y adoptar medidas para garantizar que esta cantidad suficiente sea de buena calidad, asequible para todos y pueda recogerse a una distancia razonable del hogar de la persona.10

Control privado e inequidad en el acceso al agua

El control de las empresas transnacionales en el abastecimiento de agua es cada vez mayor. En muchos casos, la participación de empresas privadas es requerida como condición por el FMI y el Banco Mundial para la concesión de préstamos y subvenciones en los países en desarrollo. Los datos indican que, si bien en algunas ocasiones puede aportar mayor eficiencia, con frecuencia implica una subida de precio que lo más pobres no pueden permitirse.

Los pobres y otros grupos marginados son quienes mayores dificultades tienen para acceder al agua. Las enfermedades relacionadas con el agua contaminada para beber son una de las causas principales de enfermedad y un importante factor en la mortalidad infantil.

Recomendaciones de la Relatoría

El derecho al agua potable y al saneamiento debe considerarse como un derecho humano, definido como el derecho a un acceso, en igualdad de condiciones y sin discriminación, a una cantidad suficiente de agua potable para usos personales y domésticos, lo que comprende agua para el consumo, la colada, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica, para mantener la vida y la salud.

El Estado debe dar prioridad a esos usos personales y domésticos sobre los otros usos, y adoptar medidas para garantizar que esta cantidad suficiente sea de buena calidad, asequible para todos y pueda recogerse a una distancia razonable del hogar de la persona.11

Los Estados deben garantizar el acceso universal a los derechos humanos básicos al agua, el saneamiento y otros servicios esenciales, incluida la electricidad, y que procedan con la máxima cautela al considerar políticas que pudieran conducir a la privatización del agua, el saneamiento y los servicios eléctricos.12

Derecho a una Vivienda Adecuada13

El Relator especial para el Derecho a una Vivienda Adecuada, Miloon Kothari, en su informe más reciente, enfatiza los elementos que integran las obligaciones del Estado respecto al derecho a una vivienda adecuada como un derecho y analiza la discriminación en el acceso a este derecho.14

Definición de este derecho y obligaciones

  • Entre los varios instrumentos que definen y desarrollan este derecho, el básico es el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales que reconoce “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”.
  • Los Estados están obligados a tomar medidas inmediatas dirigidas a otorgar seguridad jurídica de la tenencia a las personas, los hogares y las comunidades que ahora carecen de esa protección, en particular aquellos que no tienen títulos oficiales de propiedad sobre la vivienda y la tierra.

Problemas para su cumplimiento

  • La existencia de desalojos forzosos es una violación de una amplia gama de derechos, provocan desplazamientos, pérdida de los medios de subsistencia y propiedades y daños físicos y psicológicos.
  • La incapacidad o desidia de los Estados para controlar la especulación y los precios de los alquileres es uno de los principales obstáculos. El problema alcanza incluso hasta las clases medias. Los Estados no adoptan medidas adecuadas para regular los mercados de alquileres públicos y privados, así como el mercado de hipotecas, de manera que ninguna familia tenga que pagar más del 30% de sus ingresos para la vivienda, ya que unos costos más elevados podrían poner en peligro el disfrute de otros derechos humanos básicos como el derecho a la alimentación, la salud, la educación y el vestido.
  • La falta de asequibilidad se agrava por la falta de financiación pública para el sector de población con ingresos más bajos. Se producen desalojos y desplazamientos a zonas no adecuadas de las capas más pobres de la población para la creación de viviendas para sectores más ricos.
  • La discriminación por raza, clase o género así como la pobreza y marginación económica dificultan el acceso a una vivienda adecuada. Y esta inasequibilidad de la vivienda provoca un aumento del número de personas obligadas a vivir en condiciones no adecuadas o inseguras. Los pueblos indígenas se encuentran en desventaja por su discriminación y desposesión histórica para acceder a una vivienda adecuada. En consecuencia, las migraciones desde las zonas rurales a las ciudades provocan la creación de barrios en los que viven millones de personas en condiciones inadecuadas e inseguras.

Recomendaciones de la Relatoría

  • El Relator Especial insta a los Estados a que tomen medidas concretas, incluso en forma de leyes y otros mecanismos normativos, para combatir los desalojos forzosos; el apartheid y la segregación urbana; el apoderamiento de las tierras; el crecimiento de las “mafias inmobiliarias” y los cárteles inmobiliarios; la especulación incontrolada sobre la propiedad; y la escalada indiscriminada de los precios de la vivienda.
  • Los Estados deben aumentar la disponibilidad de viviendas sociales y revocar las políticas que tiendan a reducir los subsidios de vivienda para los grupos de bajos ingresos.
  • Los Estados deben adoptar medidas adecuadas para regular los mercados de alquileres públicos y privados, así como el mercado de hipotecas, de manera que ninguna familia tenga que pagar más del 30% de sus ingresos para la vivienda.
  • El acceso a la tierra debe darse en condiciones de igualdad y sin discriminación y reconocer que en muchos casos el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos exigirá la mejora del acceso a la tierra, en particular para las poblaciones rurales pobres de los países en desarrollo.
  • Se insta a los Estados, a los donantes, a las instituciones financieras internacionales y regionales y a los inversores privados a que no emprendan, directa o indirectamente, proyectos que puedan dar lugar a desalojos forzados en violación del derecho a una vivienda adecuada de las personas o de las comunidades.
  • En las leyes y en las políticas se debe reconocer que las personas que carecen de vivienda tienen un derecho exigible ante los tribunales a una vivienda adecuada, y no se debe criminalizar la carencia de vivienda.José Manuel Naredo es estadístico y Doctor en Economía

    El cuadro han sido elaborado por Jean Díaz Guijarro.

NOTAS:

1 Este derecho está definido en el Comentario General 12 sobre el Derecho a una Alimentación Adecuada adoptada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1999) y la Guía Voluntaria para Apoyar la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Nacional Alimentaria adoptada por los países miembros de la FAO en noviembre de 2004.

2 A/HRC/7/5, 10 de enero de 2008, parr. 4.

3 Definición elaborada por el Relator Especial, partiendo del Comentario General Nº 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

4 Ibídem, parr. 24.

5 A/62/289, 22 de agosto de 2007, parr. 59.

6 La consideración del acceso al agua como un derecho humano se basa en el Comentario General 15 sobre el Derecho al Agua de 2002 adoptado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

7 La Comisión de Derechos Humanos amplió el mandato del Relator Especial estableciendo que éste prestará “atención a la cuestión del agua potable, teniendo en cuenta la interdependencia de esta cuestión con el derecho a la alimentación”. E/CN.4/2003/54, 10 de enero de 2003.

8 Definición en base al Comentario General 15 sobre el Derecho al Agua de 2002 adoptado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

9 A/HRC/6/3, 16 de agosto de 2007, parr. 6.

10 Texto tomado del sitio web del Año del Derecho el agua 2003, en http://www.wateryear2003.org

11 A/HRC/6/3, 16 de agosto de 2007, parr. 66.

12 A/HRC/6/3, 16 de agosto de 2007, parr. 66.

13 A/HRC/7/16, 13 de febrero de 2008, parr. 102b.

14 Reconocido más ampliamente en el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto, por el que los Estados parte del tratado “reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda ade- cuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”.

 

Acceso completo al artículo en formato pdf: Retórica de los derechos e ignorancia de los deberes.


Universidad Social de Vallecas 2018

Llega la edición 2018 de la Universidad Social de Vallecas gracias a un convenio de colaboración entre la Universidad Politécnica y la Junta Municipal de Vallecas, que se celebrará del 22 al 26 de octubre en la E.T.S de Ingeniería y Sistemas de Telecomunicación del Campus Sur-UPM (22, 23 y 24) y en el Centro Cultural Lope de Vega de Vallecas (25 y 26).

La Universidad Social de Vallecas ofrece un programa educativo y cultural a través de la realización de las actividades y los cursos formativos. Su intención es crear un espacio de conocimiento e intercambio de ideas sobre los retos a los que se enfrentan nuestras ciudades, en la búsqueda de soluciones conducentes a la corrección de las desigualdades y desequilibrios sociales y ambientales, desde la perspectiva de la intervención comunitaria y ciudadana.

La Universidad Social se organiza en cinco cursos divididos en cinco módulos, los tres primeros módulos son específicos de cada curso y los dos últimos módulos son comunes a los cinco.

Dirección y coordinación: Agustín Hernández Aja, doctor arquitecto, profesor titular de la ETS de Arquitectura de Madrid (ETSAM/UPM) / Ana Díez Bermejo, arquitecta e investigadora UPM / Ana Sánz Fernández, arquitecta e investigadora UPM.

Coordinación técnica: Javier Rayo Ortiguela.

Directores/as de Curso: José Luis Fdez. Casadevante, Marta Gayoso Heredia, Isabel González García, Agustín Hernández Aja, Raquel Rodríguez Alonso, Iván Rodríguez Suárez y Emilia Román López.

Colaboradores: Lucas Álvarez del Valle, arquitecto e investigador UPM / Gonzalo Sánchez-Toscano, arquitecto e investigador UPM.

OBJETIVOS:

  • Crear espacios educativos y culturales de intercambio de ideas.
  • Aprender sobre temas de ciudad y vida social.
  • Generar nuevas dinámicas de emprendimiento en el distrito de Vallecas y mejorar las dinámicas sociales en los distintos barrios, proporcionando instrumentos a las personas que mejoren el tejido social y el conocimiento colectivo.

FECHAS DE IMPARTICIÓN:

Del 22 al 26 de octubre de 2018.

Los tres primeros días se celebrarán en la E.T.S. de Ingeniería y Sistemas de Telecomunicación - Campus Sur UPM.

Los dos últimos días en el centro Cultural Lope de Vega en el Distrito de Puente de Vallecas.

CONTENIDOS CURSOS:

1. DEL DERECHO A LA VIVENDA AL DERECHO A LA CIUDAD
2. ECONOMÍAS COMUNITARIAS Y COOPERATIVISMO
3. IDENTIDAD COLECTIVA E IDENTIDADES COMPARTIDAS
4. CIUDADES HABITABLES
5. CIUDAD, CIUDADANÍA Y TECNOLOGÍAS

Para ver el programa completo de TODOS los cursos pincha aquí.

DURACIÓN:

Cada curso tiene una duración de 35 horas repartidas en cinco días. Cada curso esta subdivido en módulos, los módulos son presenciales y se distribuyen en una sesión de tarde los tres primeros módulos y los dos últimos de mañana y tarde, entre ambas sesiones habrá una pausa para el almuerzo, el cual está incluido en el evento.

PERFIL DE ACCESO:

La Universidad Social está dirigida a todo aquel que quiera aprender y explorar temas sobre el urbanismo inclusivo y de la intervención comunitaria y ciudadana: estudiantes, profesionales, interesados y curiosos. Se anima especialmente a los vecinos del distrito de Vallecas y a todos aquellos involucrados en los foros locales a participar y aportar su visión sobre las necesidades sociales en los barrios.

CERTIFICADO DE ASISTENCIA:

Se entregará un certificado de asistencia del curso completo o de aquellos módulos a los que se haya asistido.

PREINSCRIPCIÓN: http://eventos.upm.es/go/unisocialvallecas

 

Acede a la web de la Universidad Social de Vallecas 2018


Día Internacional de la Paz. Otros Recursos

Recopilación de recursos de diferentes tipos y formatos, donde podemos encontrar: un Centro de documentación perteneciente a un instituto universitarios de investigación, un portal web con múltiples recursos sobre extractivismo, información de un plan de formación sobre Estudios internacionales de Paz, Conflictos y Desarrollo. Interesantes herramientas interactivas (atlas y mapas) con los que interactuar en torno a la justicia ambiental global, y a la relación entre la venta de armamento y los movimientos migratorios. Para acabar con un estupendo material didáctico que nos ayudará a llevar al aula estrategias y buenas prácticas educativas para crear una Cultura de Paz.

Atlas Global de Justicia Ambiental

  Plataforma interactiva de mapas que analiza la trayectoria de más de un millar de conflictos ecológicos y espacios de resistencia a nivel mundial. Elaborado por un equipo internacional de expertos coordinado por investigadores del Instituto de Ciencia y Tecnología Ambientales – ICTA.

   El Atlas Global de Justicia Ambiental es uno de los resultados más relevantes del proyecto europeo EJOLT (Environmental Justice Organizations, Liabilities and Trade). Ha sido elaborado a través de un proceso colaborativo entre activistas y académicos y aporta evidencia sobre los desequilibrios estructurales de poder en la economía global.

La plataforma on-line permite a los usuarios buscar y filtrar entre 100 campos y visualizar los conflictos por tipo de mercadería, compañía o país. Por ejemplo, permite obtener una visión global de los conflictos nucleares, de residuos tóxicos, conflictos de minería o de agua. Clicando los puntos ubicados en los mapas, el usuario obtiene información sobre los actores implicados, la descripción de conflicto concreto, las fuentes de información y los resultados de las acciones de unos y otros. Cualquier mapa creado a partir del campo de búsqueda y filtro se puede poner en páginas web externas o compartir a través de plataformas sociales.

El inventario de casos de conflicto ambiental facilitará la búsqueda de información, la interacción entre grupos de trabajo afines y el aumento de la visibilidad de los conflictos. También se podrá utilizar en el ámbito de la educación y para la defensa legal de casos. El objetivo es acercar el mapa a nuevas organizaciones civiles e investigadores expertos en áreas específicas e invitarlos a contribuir en el proyecto.

Una de las conclusiones importantes del proyecto y del Atlas es que los movimientos sociales de justicia ambiental de base son clave para conseguir que las formas de consumo y producción sean más justas, equitativas y menos perjudiciales.

Banco de recursos sobre juegos y dinámicas de educación para la paz

 Desde la Escola de Cultura de Pau de la Universidad Autónoma de Barcelona, nos llega esta interesante colección de juegos y dinámicas educativas en torno a la paz, la prevención de los conflictos, el análisis, la negociación, la búsqueda de soluciones y la construcción de paz.

En la ECP entienden la educación para la paz como "un proceso dinámico, continuo y permanente, fundamentado en los conceptos de paz positiva y en la perspectiva creativa del conflicto, y que, a través de la aplicación de enfoques socio-afectivos y problematizadores, pretende desarrollar una nueva cultura, la cultura de la paz, que ayude a las personas a observar críticamente la realidad situándose en frente y actuar en consecuencia…" (Xesús Jares. Educación para la paz. Editorial Popular. Madrid, 1999).

En educación para la paz la coherencia entre los contenidos y los métodos empleados y las estructuras son esenciales:

Actitud: la actitud del educador y del educando deben concordar con los valores que se quieran transmitir: el/la educador/a debe practicar el no autoritarismo, la equidad, mientras que el/la educando/a debe tener una actitud participativa, crítica y propositiva.

Metodología: se trabaja con la metodología socio-afectiva, a partir de la vivencia individual y los sentimientos que esta nos genera, para poder llegar a una reflexión y a una transformación: Sentir > Reflexionar > Actuar

Estructuras: es importante que el establecimiento de las normas de relación entre las personas de un grupo sean conocidas y aceptadas por todas. Esto requiere que estas normas se hayan debatido y consensuado. Es importante, también, que las decisiones se tomen de forma inclusiva, teniendo en cuenta todas las voces y teniendo cuidado que la decisión final sea lo más representativa posible.

Contenidos: Algunos de los contenidos de la educación para la paz son la educación para el desarme, la educación para los derechos humanos, y la educación intercultural. Nos centramos en la educación para el conflicto porque creemos que es connatural a las relaciones entre las personas, y que es transversal a todas las otras “educaciones para...”. Partimos del reconocimiento de la subjetividad de las personas, y por esta razón, educamos para una conciencia crítica, a través de los conceptos de paz, violencia, conflicto, etc.

Educación para la paz

Educación en y para el conflicto y para la convivencia

Provención

Análisis y negociación de conflictos y búsqueda de soluciones

Educación intercultural

Educación para comprender el mundo

Evaluar los procesos

Centro de Documentación - Hegoa

 

 Hegoa - Instituto Mixto de la Universidad del País Vasco y la Asociación Hegoa. Creado en 1987 y desde su identidad como instituto universitario y asociación civil, su ámbito de trabajo es la promoción del desarrollo humano y la cooperación internacional, aportando investigación y análisis, recursos de información y documentación, docencia de posgrado y otros programas docentes de formación universitaria en desarrollo y cooperación, generación de capacidades para el fortalecimiento del tejido social de la cooperación, asesoría técnica a diversas entidades e instituciones públicas, y programas y proyectos de cooperación.

   Hegoa cuenta con un Centro de Documentación que tiene como objetivo constituir y difundir un fondo bibliográfico especializado en desarrollo y cooperación internacional. Cuenta con una biblioteca digital y presencial con más de 20.400 registros bibliográficos estructurados en 9 grandes temas, clasificados y controlados por un Tesauro propio con 1.100 descriptores o palabras claves que facilitan la recuperación de la información.

   Edita un Boletín de recursos de información distribuido vía e-mail a los agentes sociales de la cooperación internacional de la CAPV y del resto del Estado. En cada número presentamos información básica sobre un tema destacado, del que además se reseñan recursos de documentación actualizados, así como una sección fija de recursos sobre cooperación internacional. Además se puede descargar en formato pdf cada tema central.

El Centro de Documentación de Hegoa gestiona colecciones de revistas especializadas en Desarrollo y Cooperación Internacional y publica un Boletín mensual con los contenidos de las últimas revistas recibidas.

Cuenta además con una sección de multimedia con videos de charleas, conferencias y debates, así como una sección que ofrece una selección de enlaces a otros Institutos y Centros de Información y Documentación, así como a otras páginas de interés en el ámbito del desarrollo y la cooperación internacional.

Ofrece una opción muy interesante para suscribirse a tus búsquedas favoritas a través de un sistema de RSS, en el que puedes guardar tus búsquedas favoritas y recibir noticia de las novedades bibliográficas que incorporen en su catálogo sobre ese tema.

Mapa interactivo: Armas europeas y refugiados

 Elaborado Centre Delàs de Estudis Per la Pau, el objetivo de este mapa interactivo es visibilizar la relación entre las exportaciones europeas de armamento y los flujos de refugiados y desplazados internos, con el fin de determinar si existe alguna responsabilidad directa o indirecta de los Estados miembros de la UE respecto a las situaciones de inseguridad y violencia que obligan a millones de personas cada año a huir de sus hogares.

Un segundo objetivo de esta herramienta es mostrar la (ir)responsabilidad en la autorización o exportación realizada de armamento europeo y en su respeto por la legislación existente a tal efecto, siguiendo los parámetros comunes de la UE que establece la Posición Común 2008/944/PESC del 8 de diciembre de 2008, que establece 22 categorías que incluyen municiones, armas ligeras, aeronaves y barcos de guerra, vehículos de transporte militar y todo tipo de tecnología con finalidades militares. A partir de los criterios establecidos en esta Posición Común, se puede determinar la relación entre la legislación europea sobre exportaciones de armamento y las situaciones que generan la inseguridad por la que se producen estos movimientos forzados de población.

DATOS
En el mapa se presentan, sobre un periodo dado (uno o varios años, en función de la selección realizada), el volumen de las exportaciones de armas autorizadas y realizadas por los países de la Unión Europa entre 2003 y 2015 indicando las categorías de armas en cuestión, a países con un número relevante de personas refugiadas y de desplazados internos durante el periodo de estudio, según la base de datos de la Red Europea Contra el Comercio de Armas (ENAAT) y los informes anuales “Tendencias Globales” de ACNUR que analizan el desplazamiento forzado en todo el mundo.

La visualización de datos incorpora si el país receptor de armanento seleccionado está en situación de conflicto armado y/o tensión durante el periodo, según las variables de los informes anuales “Alerta!” de la Escuela Cultura de Pau sobre conflictos, derechos humanos y construcción de Pau. La relevancia de esta variable en la selección es que según el criterio 3 de la Posición Común PESC / 944/2008 se establece que no se tendrían que autorizar licencias de exportación de material de defensa a países en tensión o conflicto armado.

Los datos pueden visualizarse en formato tabla, gráfico y mapa, y son descargables en diferentes formatos.

Máster Universitario en Estudios Internacionales de Paz, Conflictos y Desarrollo

“No sólo existe la paz entendida de una sola manera, sino que hay tantas formas de hacer las paces como diversas son las personas y las culturas”

   Con una tradición de más de veinte años (desde 1996), el currículo del máster promueve conocimientos específicos en las áreas de estudios de paz, transformación de conflictos, cooperación al desarrollo, educación para la paz, culturas de paz, democracia, derechos humanos, comunicación por medios pacíficos, género y estudios postcoloniales, entre otras.

   Su principal objetivo del máster es crear una comunidad de aprendizaje internacional, intercultural e interdisciplinar en la que se fomente la transformación pacífica de conflictos, desde el reconocimiento, respeto y entendimiento de las diferentes culturas y formas de vida. Así mismo, en sus aulas se promueve el diálogo intercultural y el intercambio académico entre el Sur y el Norte.

   El máster, fundado por Vicent Martínez Guzmán, y actualmente dirigido por Irene Comins Mingol y Sonia París Albert, se encuentra adscrito a la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad Jaume I y depende institucionalmente del Instituto Interuniversitario de Desarrollo Social y Paz creado por la Universidad de Alicante y la Universitat Jaume I.

   La duración total del Máster es de dos años académicos y 120 créditos ECTS: los primeros tres semestres están dedicados a la docencia (30 ECTS cada uno) y el cuarto semestre está orientado a la investigación o a la vía profesional (30 créditos ECTS).

   Entre sus hitos destaca la concesión de la Cátedra UNESCO de Filosofía para la Paz en 1999. Además, desde el curso académico 2006-2007 ha sido aprobado como Título Oficial por la Generalitat Valenciana y desde el curso académico 2008-2009 ha sido verificado por la ANECA. Asimismo, el programa de doctorado que da continuidad a este Máster cuenta con la Mención hacia la Excelencia del Ministerio de Educación.

MATERIAL DIDÁCTICO

Movimiento por la Paz – Área de formación y Sensibilización

Programa Formación – Acción para la Paz
Estrategias y buenas prácticas educativas para crear una Cultura de Paz
Textos elaborados por: Noemi Ordás García
Madrid: 2018.

El objetivo principal del programa de formación para docentes es facilitar herramientas que permitan ofrecer una respuesta educativa diversificada al alumnado y sus familias en materia de Cultura de Paz y No violencia. Para ello, quieren trabajar sobre formas de tratamiento de conflictos escolares, más allá de los procesos disciplinarios tradicionales, que contribuyan a transformar las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa y, por ende, a mejorar los ambientes de aprendizaje; practicar metodologías socioafectivas para que se puedan utilizar en la práctica docente cotidiana, así como estrategias y buenas prácticas para promover, de manera continua y transversal, la Cultura de Paz en el Plan de Convivencia de los centros educativos.

Ofrece materiales basados en un sistema de aprendizaje activo, práctico, flexible y solidario, para ayudar a desarrollar habilidades y estrategias, para contribuir a que haya menos conflictos en el día a día o a que éstos se regulen sin traumas y violencia cuando aparezcan. Ofrecen también diferentes sesiones interactivas que se proponen en cada módulo, con dinámicas lúdicas y concretas, cuya finalidad es trabajar sobre conflictos reales y construir los conocimientos a partir de vuestras propias experiencias.

La intención última, es poder ayudar al alumnado a conocer, valorar y comprometerse con la paz; a que aprendan estrategias para la transformación positiva de conflictos; a adquirir valores como la solidaridad, la equidad, la tolerancia, el respeto por las demás personas o la cooperación; y habilidades como la asertividad, la gestión del miedo, la responsabilidad, la autonomía, la autoestima y estima hacia las demás personas, fundamentales para la convivencia pacífica; así como a participar en la vida del centro y en su comunidad más cercana, estimulando los sentimientos positivos que provoca la posibilidad de formar parte de algo.

El programa formativo se compone de cinco módulos, en los cuales se transversalizan los valores, actitudes, habilidades y estrategias propias de la Cultura de Paz, en el trabajo de los temas establecidos como prioritarios de la Educación para el Desarrollo1:

• Módulo 1. Cultura de Paz y Derechos Humanos.

• Módulo 2. Cultura de Paz y Equidad de Género.

• Módulo 3. Cultura de Paz y Desarrollo Humano Sostenible.

• Módulo 4. Cultura de Paz y Diversidad Cultural.

• Módulo 5. Cultura de Paz y Pobreza.

El objetivo es trabajar los conocimientos generales y contextuales sobre cada una de estas materias de manera que los/as formadores/as se sientan motivados/as y sean capaces de construir sus propios recursos didácticos para aplicarlos en sus aulas o espacios educativos. Por ello, todos los contenidos se articulan con las competencias básicas establecidas por la Ley de Educación, así como con las competencias relacionales y de consciencia de lo que se denomina el “Self”: aprender a aprender, aprender a ser y aprender a hacer.

Asimismo, se trata de propiciar que el profesorado conozca y practique metodologías socioafectivas de enseñanza, basadas en el aprendizaje vivencial, emocional, social, cooperativo y creativo, por lo que en cada módulo se proponen sesiones interactivas, que parten de conflictos reales basados en las propias experiencias del profesorado para construir los conocimientos a partir de ellos, y poder articularlos posteriormente con lo que sucede a niveles globales.

Cada módulo consta de una introducción, cuatro unidades y una evaluación del mismo, y está organizado para cubrir diez horas de formación presenciales. Así, el programa formativo conforma cincuenta horas en total.


Educar para la transformacion Ecosocial

Una cuestión clave en el debate educativo actual debería ser para qué educar: para legitimar el modelo actual o para que el alumnado comprenda los grandes problemas a los que ya nos enfrentamos, y adquiera valores, habilidades y conocimientos que le permitan afrontarlos críticamente.

FUHEM apuesta por una educación orientada a la resolución de los problemas sociales, económicos y ecológicos; una educación que se vuelque en la consecución del bienestar para quienes habitamos este planeta, conscientes de los límites y las interdependencias que nos permiten vivir. Una educación que permita vincularse al territorio próximo y a la comunidad, que desenmascare y denuncie el actual modelo de desarrollo y dé paso a imaginar, construir y experimentar alternativas.

Por ello hemos elaborado esta propuesta de currículo con perspectiva ecosocial, usando los instrumentos que nos proporciona nuestra experiencia, la construcción colectiva y un enfoque transdisciplinar. Con rigor, datos y sin falsa neutralidad. El resultado es este proyecto curricular que deseamos compartir con el conjunto de la comunidad educativa.

Educar para la transformación ecosocial” es una guía, editada por FUHEM, para programar las clases desde Educación Infantil hasta la Formación Profesional Básica con una perspectiva ecosocial, es decir, con el objetivo de que el alumnado sea capaz de desenvolverse en la crisis múltiple contemporánea y profundice en el funcionamiento democrático de la sociedad, impulse la justicia social y todo ello de manera armónica con el entorno.

Los objetivos curriculares, que aparecen enumerados a lo largo del libro, se explican de manera sencilla y breve poniendo ejemplos de recursos didácticos para todas las etapas educativas, de manera que sean fácilmente comprensibles por el profesorado.

 Una cuestión clave en el debate educativo actual debería ser para qué educar: para legitimar el modelo actual o para que el alumnado comprenda los grandes problemas a los que ya nos enfrentamos, y adquiera valores, habilidades y conocimientos que le permitan afrontarlos críticamente.

El libro está dividido en las siguientes secciones y capítulos:

Prólogo y Presentación

¿Por qué y cómo realizar un currículo ecosocial?
- La importancia de incorporar los contenidos ecosociales
- Razones para dar un enfoque transversal ecosocial a la práctica docente
- Cómo realizar un enfoque ecosocial transversal

El currículo ecosocial
- Los objetivos
- Los contenidos
- El método
- La evaluación

PROPUESTA DE CURRÍCULO ECOSOCIAL

Objetivos de un currículo ecosocial
- Realizar un análisis complejo y crítico de la realidad presente e histórica
- Gozar de una vida buena y transformar la realidad
- Desarrollar actitudes y valores para la transformación ecosocial

Contenidos y ejes conductores del currículo ecosocial
- Visión holística
- Cambio climático
- Energía y materiales
- Alimentación
- Ciencia y tecnología
- Capitalismo
- Economías y prácticas alternativas
- Los trabajos de cuidado de la vida
- Feminismo y desigualdad de género
- Ciudadanía
- Conflictos
- Desigualdades
- Habilidades y valores ecosociales

Propuestas de concreción de los elementos del currículo oficial: objetivos de etapa, introducciones de las áreas con perspectiva ecosocial e introducción de los objetivos ecosociales en cada asignatura y curso
- Educación Infantil
- Educación Primaria
- Educación Secundaria Obligatoria
- Bachillerato
- Formación Profesional Básica

Bibliografía

Educar para la transformación ecosocial no es un currículo alternativo a los textos educativos legales, sino una propuesta de incorporación de aspectos relacionados con la dimensión ecosocial al currículo oficial, aunque para que se introduzca de forma transversal se necesita dar un paso previo: dejar de trabajar los contenidos anti-ecosociales: lenguaje excluyente con las mujeres, desaparición de los impactos socio-ambientales del consumismo o la desvalorización de las culturas no-modernas.

   “Aunque se estudian problemas como el cambio climático o el agotamiento de los recursos no renovables, es difícil que se conecten con el modelo de producción, distribución y consumo”, denuncia Luis González Reyes, coordinador de la publicación y responsable del proyecto educativo ecosocial en los centros de FUHEM. Esta transformación ecosocial, que ya se había empezado a hacer en otros ámbitos, aterriza por primera vez dentro del aula.

   “Es importante cambiar lo que se hace en los periodos extraescolares (como el comedor), la gestión del centro (democratizar los procesos de toma de decisiones), y los entornos (por ejemplo, los patios). También es clave encontrar sinergias en estos temas con las familias en particular y las comunidades educativas en general. Pero todo ello es insuficiente si el contenido no entra en las aulas, si no se aprende con perspectiva ecosocial”, explica el coordinador educativo ecosocial de FUHEM.

   Podéis saber más de lo que aporta este libro escuchando a Luis González Reyes, que subraya la novedad que aporta esta guía y el proceso de trabajo colectivo que hay tras sus páginas.

 


Las armas de la crítica

¿Qué hacer con Marx en el siglo XXI?

Icono del siglo XIX y XX, supuestamente «muerto» en 1989 y súbitamente renacido en 2008 con la salvaje crisis neoliberal. 200 años tras su nacimiento, la figura «Marx» se actualiza mientras se destruyen las bases del pacto capital-trabajo, la riqueza mundial se concentra en paralelo a la desposesión de masas, la democracia representativa continúa su deslegitimación y las tecnologías multiplican su productividad mientras resultan cada vez más destructivas del empleo y la naturaleza. A su vez, surgen a lo largo y ancho del planeta nuevas oleadas de luchas en defensa de la buena vida cuyas protagonistas aparecen mucho más diversas que la vieja «clase obrera» homogeneizada por el marxismo oficial. En este escenario, ¿qué nos puede decir Marx para apuntar en una dirección liberadora la deriva cada vez más autoritaria del siglo XXI? En este momento, no nos interesa qué es lo que Marx «realmente» quería o no quería decir. Tampoco la vida del «genio», la disputa de clasificaciones de sus obras ni reclamarnos como sus «auténticos» herederos. Huyendo de lecturas nostálgicas y dogmáticas, buscando ideas más inspiradoras que las ofrecidas por las recurrentes modas académicas, en este curso de Nociones Comunes os proponemos afilar algunas de «las armas de la crítica» que surgieron con Marx, para ir más allá de Marx. Armas para tratar de interpretar un mundo cuya cáscara se nos muestra cada vez más hueca; armas para cabalgar las contradicciones que bien podrían deslizarnos hacia un desastre mayor pero también empujar un potencial renovado de transformación. En fin, armas para la crítica de un mundo en el que pasemos de la razón ciega de la acumulación a otro en el que, quizás, podamos vivir más cerca del viejo principio comunista: «de cada cual según sus capacidades, a cada cual según sus necesidades».

Programa del curso

SESIÓN 1. ¿Qué hacer con Marx?

Fecha: lunes 1 de octubre (19:00 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: José María Ripalda (filósofo y escritor)

¿Representa Marx una «doctrina», una «inspiración», una «consigna», un «resto» tal vez? Para arrancar nuestro curso, quizás esta sea una buena pregunta que deberíamos desbrozar antes de dar nada por supuesto. Las ideas ya cocinadas dan seguridad, pero protegen demasiado. La validez de las mejores ideas, incluyendo las de Marx, dependen de tiempo y lugar, más aún: llevan tiempos y lugares dentro, no tienen validez absoluta y se interrelacionan siempre con otras cosas, cambiantes, que ocurren alrededor. En esto no son separables de lo político. Tienen condiciones de circulación, instituciones específicas, regímenes de funcionamiento: se hallan en constante demolición y reconstrucción, como todo. Así, abrimos el curso con el filósofo José María Ripalda, con quien trataremos de conversar qué podemos hacer con Marx y sus «ideas».

SESIÓN 2. El tiempo y la vida: de la nostalgia obrerista a la crítica del trabajo.

Fecha: lunes 8 de octubre (19:00 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: Álvaro Briales (sociólogo, Fundación de los Comunes)

Sigue siendo un lugar común identificar Marx con marxismo, y marxismo con ética obrerista del trabajo, con productivismo y estajanovismo. Según esta cadena de supuestos sinónimos, el «socialismo» sería una sociedad industrial de trabajadores libres en la que los verdaderos productores de la riqueza social se realizarían a sí mismos a través de la colectivización —o estatización— de los medios de producción. Esta utopía asociada a los partidos comunistas —pero también a los Estados socialdemócratas— parece quedar obsoleta en las circunstancias del siglo XXI, si bien se está actualizando en la creciente nostalgia por volver a los «buenos tiempos» en algunas políticas reaccionarias (p. ej.: Make America Great Again). En contraste, en esta sesión trataremos de explorar con el sociólogo Álvaro Briales algunas de las ideas de Marx que podrían tener más resonancia para afrontar la crisis de la sociedad salarial: por ejemplo, la progresiva reducción del tiempo de trabajo como una condición fundamental de la libertad, la superación del industrialismo y de la división capitalista y patriarcal del trabajo, la fuerza histórica de las contradicciones frente a las visiones optimistas y pesimistas o la visión de una sociedad en la que el «tiempo disponible» —y no el trabajo — sea el centro de la vida misma.

SESIÓN 3. El fetichismo en el siglo XXI: mistificaciones de la razón capitalista.

Fecha: lunes 15 de octubre (19:30 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: Clara Ramas San Miguel (autora de Fetiche y mistificación capitalistas). Modera: Cristina Catalina (profesora de filosofía)

Cosificación, alienación, mistificación, ocultación, inversión, enmascaramiento, invisibilizaciones, apariencias... El rico vocabulario de Marx respecto a estas cuestiones va mucho más allá de la vieja idea de que «la religión es el opio del pueblo». Más bien, ¿qué tiene que ver el culto a la Razón con la Mercancía? ¿Qué hay de místico en la adoración de la infinitud del dinero, el crecimiento y la productividad? ¿Y si pensáramos que, más que un «hecho», es una «creencia» el que nuestro salario se corresponda con el valor de nuestro trabajo? ¿No están más cercanos los actuales economistas a los predicadores que a la ciencia? ¿Es la devoción al trabajo una actividad dignificante y purificadora? Si bien el propio Marx puede resultar a veces esotérico, en esta sesión veremos qué armas críticas pueden ayudarnos a cuestionar el pretendido carácter absoluto de la razón capitalista, en compañía de la investigadora Clara Ramas.

SESIÓN 4. Las formas del Estado: Marx, el conflicto, la política.

Fecha: lunes 22 de octubre (19:00 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: Mario Domínguez (profesor de sociología) y Mario Espinoza (Instituto DM)

¿Es el Estado un instrumento del poder de las élites? ¿O más bien un lugar relativamente neutro cuyo poder lo ejerce quien mejor libre la «guerra de posiciones» en su interior? ¿La naturaleza misma del Estado es la de ser un aparato de captura de la energía social anticapitalista? Marx ya veía en los conflictos de su época que la expropiación de lo común por el capital incluía la derivación de lo político hacia la esfera de «la política», produciéndose así la división entre representantes y representados como escisión clave a recomponer en el curso de las luchas sociales. En la crisis de representación actual y en la deslegitimación creciente de las instituciones liberales, proponemos avanzar en este debate abordando cómo Marx planteó algunas de estas preguntas en el capitalismo del XIX. Para ello, en esta sesión tendremos una conversación entre el sociólogo Mario Domínguez y el investigador Mario Espinoza.

SESIÓN 5. ¿Un matrimonio fracasado? La potencia feminista de Marx.

Fecha: lunes 29 de octubre (19:00 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: Montserrat Galcerán (filósofa feminista)

No hay duda de que Marx no fue feminista tal como hoy lo entenderíamos, y sabemos bien que no fue consciente de que el capital como tal es la punta de un iceberg sostenido estructuralmente sobre los cuerpos de las mujeres. Sin embargo, ¿podrían algunas de sus «armas» servir a la crítica feminista? ¿Qué paralelismos hay entre la crítica de la acumulación y el deseo feminista de una buena vida? ¿Puede ser la crítica del trabajo asalariado leída como una crítica de la sociedad que ensalza al sujeto varón? ¿Podría la superación del capitalismo apuntar a «una forma superior de familia» en la que el trabajo reproductivo no estuviese invisibilizado, privatizado, feminizado o crecientemente mercantilizado? ¿Podríamos pensar que la cosificación del mundo tiene relaciones directas con la violencia sobre los cuerpos femeninos? Con las actuales luchas de las mujeres como telón de fondo, en esta sesión trataremos de conectar qué puede haber en Marx que actualice y potencie la fuerza del movimiento y pensamiento feminista, en compañía de la filósofa Montserrat Galcerán.

SESIÓN 6. De la destructividad de las fuerzas productivas: tecnología, ecología y transición al postcapitalismo.

Fecha: lunes 5 de noviembre (19:00 - 21:00)
Lugar: Traficantes de Sueños (C/ Duque de Alba, 13)
Introduce: Emilio Santiago Muiño (antropólogo y ecologista, Instituto de Transición Rompe el Círculo)

Si el capitalismo se entiende en su dimensión de impulso implacable de «producir por producir», resulta imposible desligar la crítica ecologista de la crítica de Marx. El cambio tecnológico dirigido fundamentalmente a la productividad implica un gasto energético exponencial en un planeta cuyos principales recursos son finitos. Junto a ello, la tierra se esquilma al reducirse a mero «recurso» de la agricultura intensiva mientras la urbanización expansiva agota el suelo y mercantiliza la totalidad del espacio. ¿Cómo puede contribuir la mirada de Marx a entender estos problemas? ¿Podríamos plantear la expansión de nuevos tipos de tecnología en clave post-productivista? ¿Y qué crítica de las fuerzas productivas podría servir para delinear una transición ecosocial para el siglo XXI? Nos proyectaremos en este futuro próximo con la ayuda del antropólogo Emilio Santiago Muiño, con quien cerramos nuestro curso imaginando las posibilidades históricas de un postcapitalismo emancipador.

Para más información, consultar la siguiente pagina: https://traficantes.net/nociones-comunes/las-armas-de-la-critica


Conflictos y construcción de Paz en FUHEM Ecosocial

Desde el año 2007, FUHEM Ecosocial reorientó su mirada con un enfoque ecosocial que vincula las relaciones del ser humano con su entorno social y natural. A partir de tres de los grandes retos de la sociedad actual como son la sostenibilidad, la cohesión social y la calidad de la democracia, con las perspectivas de justicia y la paz que lo atraviesan todo.

Recogemos recursos de las principales publicaciones del área como son: la revista Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, un Informe de la Situación del Mundo, un libro de la colección Economía Crítica, Ecologismo Social, y dos publicaciones emblemáticas como son Convivir para perdurar y Cambio Climático S.A.

PAPELES DE RELACIONES ECOSOCIALES Y CAMBIO GLOBAL

 

Derechos humanos: hacia una visión integral
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, Núm. 142, verano 2018.

Santiago Álvarez Cantalapiedra, Una breve nota a propósito de los 70 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pp. 5-10.

Daniel Archibugi y Alice Pease,Justicia Penal Internacional: del pasado al futuro, pp. 55-60.

 

 

Migraciones Forzadas
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 132, invierno 2015/16

Santiago Álvarez Cantalapiedra, Desplazamientos forzados: causas, responsabilidades y respuestas, pp. 5-10.

Sandro Mezzadra, Proliferación de fronteras y “derecho de fuga”, pp. 13-26.

Javier de Lucas, Refugiados: preguntas y respuestas ante una crisis que no es coyuntural, pp. 27-30.

Susana Borrás, La migración ambiental: entre el abandono, el refugio y la protección internacional, pp. 31-49.

 

Propuestas para la buena vida
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 128, invierno 2014/15

Santiago Álvarez Cantalapiedra, Desarrollo, bienestar y buen vivir, pp. 5-10.

María Eugenia Rodríguez Palop,Derechos Humanos y buen vivir. Sobre la necesidad de concebir los derechos desde una visión relacional, pp. 39-48.

 

 

Ecologismo y religión
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 125, primavera 2014

Santiago Álvarez Cantalapiedra, Acerca del papel de la religión en la crisis Ecosocial: contrahegemonía, religión y lucha contra la idolatría, pp. 5-10.

Jon Sobrino, Civilización de la pobreza contra civilización de la riqueza para revertir un mundo gravemente enfermo, pp. 139-150.

Mateo Aguado, José A. González, Kr’sna Bellot y Carlos Montes, Por un buen vivir dentro de los límites de la naturaleza. Cuando el modelo de desarrollo occidental no es el camino, pp. 153-163.

 

Debates para la Paz a comienzos del siglo XXI
Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 109, primavera 2010

Jordi Armadans, Movimiento por la paz: evolución, cambio e impactos, pp. 33-43.

Carmen Magallón, Decidir en los procesos de paz, un derecho de hombre y mujeres ¿qué ha aportado la resolución 1325 del consejo de Seguridad?, pp. 45-56.

María Naredo Molero, El miedo de las mujeres como instrumento del patriarcado. Claves para una política de seguridad ciudadana que incorpore las necesidades y demandas de las mujeres, pp. 79-86.

Isabel Kempf, La prevención del genocidio y la lucha contra la impunidad en la región de los Grandes Lagos en África: la necesidad de una respuesta colectiva, pp. 119-128.

CÁTEDRA UNESCO de Madrid, Declaración Mundial de contribución de las personas con diversidad funcional a una Cultura de Paz, pp. 163-169.

OTROS ARTÍCULOS DE PAPELES

  • María Villellas Ariño, Ana Villellas Ariño, Pamela Urrutia Arestizábal Y Josep María Royo, "Violencia sexual en los conflictos armados", Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 137, primavera 2017, pp. 50-70.

OTRAS PUBLICACIONES DE FUHEM ECOSOCIAL

BUXTON, Nick; HAYES, Ben (eds.)
Cambio Climático S.A.: cómo el poder (corporativo y militar) está moldeando un mundo de privilegiados y desposeídos ante la crisis climática
Madrid: Fuhem Ecosocial, 2017, 301 págs.

Este libro invita a la ciudadanía a pensar otros modelos de abordar las consecuencias de la crisis climática respetando los derechos sociales y la sostenibilidad. Estas visiones alternativas aspiran a alejarnos de fantasmagóricos escenarios de ecofascismo, y también a reformular las estructuras políticas y económicas vigentes para avanzar hacia sociedades más justas y equitativas.

El texto plantea una serie de incómodas pero necesarias cuestiones ante las que no podemos permanecer indiferentes: ¿Quiénes son los ganadores y los perdedores de las nuevas estrategias de «seguridad climática»? ¿Cuáles son las implicaciones de que instituciones como el Pentágono o corporaciones como Shell reformulen el alcance del cambio climático desde los ámbitos de justicia social y ambiental a los de seguridad? ¿Qué es lo que se va a asegurar, para quién, por parte de quién y a qué coste?

LA SITUACIÓN DEL MUNDO

Un mundo frágil: hacer frente a las amenazas a la sostenibilidad. La Situación del Mundo 2015. Informe anual del Worldwatch Institute
Barcelona: Icaria, FUHEM Ecosocial, 2015, 268 págs.

Nuria del Viso, Apéndice. Contradicciones en los límites: la intensificación contemporánea de los conflictos socioecológicos, pp. 207-238.

Los conflictos socioecológicos, como expresión de enfrentamientos en torno al acceso y uso de bienes naturales, constituyen una parte cada vez más importante de la conflictividad global; remiten a pugnas entre personas, colectivos, organizaciones o estados por incompatibilidad de objetivos en torno al acceso, distribución y gestión de bienes naturales, así como al reparto de los costes asociados al proceso y la eliminación de residuos. En un contexto de gran asimetría de poder, los conflictos socioecológicos estallan cuando las incompatibilidades se saldan mediante la imposición de decisiones u otras fórmulas no acordadas y son respondidas desde los grupos afectados en forma de resistencias. Así, los conflictos socioecológicos expresan serias limitaciones sobre la calidad de la democracia.

RIUTORT ISERN, Sebastià
Energía para la democracia
Madrid: FUHEM Ecosocial y La Catarata, 2016, 238 págs.

Ante el agotamiento de los recursos y la gravedad del cambio climático surge la necesidad de una transición a un modelo energético sostenible, este libro invita a que dicha transición pueda articularse en torno a formas sociales de apropiación de la energía con una base participativa y democrática, orientada a la satisfacción de necesidades y no al lucro.

 

 

ÁLVAREZ CANTALAPIEDRA, Santiago (coord.)
Convivir para perdurar: conflictos ecosociales y sabidurías ecológicas
Barcelona: Icaria, CIP Ecosocial, 2011, 407 pág
s.

Convivir para perdurar aborda los conflictos que surgen entre los diferentes grupos sociales derivados de la desigual apropiación de la naturaleza. Los conflictos socioecológicos son asimismo conflictos culturales en la medida en que reflejan diferencias en las formas de valorar las mismas cosas. Aprender a convivir es también aprender a resolverlos. Además introduce elementos para construir un conocimiento y una sabiduría orientados hacia la sostenibilidad. Cuestionar los supuestos sobre los que descansa nuestro modo de vida y abandonar los errores y los excesos del pensamiento reduccionista moderno exige estrenar una nueva mirada sobre el mundo que no escamotee la complejidad de los ecosistemas físicos y sociales y que permita, por otro lado, descubrir, recuperar y albergar conocimientos y valores que han revelado una profunda sabiduría ecológica a lo largo del tiempo.

Santiago Álvarez Cantalapiedra, Introducción. Aprender a convivir en tiempos críticos, pp. 7-13.

PRATS, Fernando, HERRERO, Yayo; Torrego, Alicia
La gran encrucijada
Madrid: Libros en acción, 2016, 296 págs.

Este texto de análisis y propuestas, auspiciado por el Foro Transiciones, plantea la desestabilización ecológica y social en la que estamos inmersos. Ante el peligro que se cierne sobre los sistemas que sostienen la vida, necesitamos alumbrar nuevos paradigmas y procesos de transición hacia estadios sociales más democráticos, justos y sostenibles.

En el libro encontramos colaboraciones de Nuria del Viso, José Bellver y Lucía Vicent del equipo de FUHEM Ecosocial.

Los autores relacionan la singularidad del cambio de ciclo histórico con el desbordamiento ecológico de los límites de la biosfera inducido por patrones de desarrollo basados en la acumulación y el consumo ilimitados. Y a partir de esta consideración, abordan la redefinición de paradigmas y principios generales para tratar de reconducir los procesos de desestabilización Ecosocial hacia escenarios en los que los límites vitales del planeta puedan convivir con niveles de bienestar suficiente e incluyente.


Conflictos y construcción de Paz. Selección de blogs

Los blogs o bitácoras que surgieron como sitios webs a modo de diario personal de un autor o autores, que actualizados con frecuencia, podían ser en muchos casos comentados por los lectores, se han convertido en espacios independientes de noticias, caracterizados por su inmediatez y su conexión con la actualidad.

Ofrecemos a continuación una recopilación de blogs seleccionados tanto por su temática: conflictos ecosociales, conflictos, construcción de paz, ecologismo; como por las personas que están detrás de ellos. Eduardo Gudynas, Tica Font, Pere Ortega, Jordi Calvo Rufanges, Juan López de Uralde,Federico Mayor Zaragoza, Lola Hierro, Nazanín Armanian, Jordi Armadans, Josep María Royo, José María Tortosa.

 

Acción y Reacción
Eduardo Gudynas

Los temas tratados en este blog son muy variados, pero en todos esos casos se aplicará la particular visión del desarrollo sostenible: un cierto compromiso con la justicia social y con el ambiente, y desde allí se abordarán diversas cuestiones, relacionadas con acciones humanas que impactan sobre el ambiente, desde donde se desatan respuestas y efectos. Asimismo, algunas de estas reacciones se vuelven acciones que a su vez despertarán otras respuestas.

Crónicas Insumisas
Tica Font y Pere Ortega

Exportaciones de armas 2019. El beneficio por encima de la vida

Diario de un altermundista
Jordi Calvo Rufanges

La seguridad no es neutral

08/05/2019

Ecologismo de emergencia
Juan López de Uralde y Beatriz del Hoyo

La laguna que nació de una tormenta

03/09/2020

La Fuerza de la Palabra
Federico Mayor Zaragoza

Menos bombas, más bomberos

11/09/2020

Federico Mayor Zaragoza

Migrados
Lola Hierro

¿Quién dio la orden de matar?

17/09/2020

Paz en construcción
Jordi Armadans, Jordi Calvo y Josep María Royo

¿Por qué las bombas españolas podrán ser utilizadas contra la población civil? Leer más...
19/09/2018
Jordi Calvo

Punto y seguido
Nazanín Armanian

33 reflexiones sobre la ausencia de un movimiento antimilitarista. Leer más…
13/10/2018
Nazanin Armanian

Sobre el mundo mundial
José María Tortosa

Paradojas latinoamericanas. Leer más...
16/10/2018
José María Tortosa

PorCausa
Equipo multidisciplinar de personas que vienen de las ciencias sociales antropologos, sociólogos, politólogos, trabajadores sociales, economístas y periodistas.
Migraciones y subconsciente. Leer más...
02/08/18

Última Llamada
En este blog se agrupan intelectuales, académic@s, científic@s, polític@s y activistas de base, que están convencid@s de que la crisis de régimen que vivimos no podrá superarse si al mismo tiempo no se supera la crisis ecológica... asumir alternativas socioeconómicas que armonicen el bienestar de la población con los límites ecológicos del crecimiento.

Coordinan este blog José Luis Fdez. Casadevante Kois, Yayo Herrero, Jorge Riechmann, María Eugenia Rodríguez Palop, Samuel Martín Sosa, Angel Calle, Nuria del Viso y Mariola Olcina, miembros del grupo impulsor del manifiesto Última Llamada.

Alimentos por el bien común cargados de presente. Leer mas..
09/10/18
Inés Criado García


Diploma de Especialización DESEEEA

ABIERTO PERÍODO DE MATRÍCULA EN ASIGNATURAS DESEEEA4

El Diploma de Especialización en Sostenibilidad, Ética Ecológica y Educación Ambiental se configura como una propuesta formativa que aborda integralmente el análisis de la crisis ecológica global, así como el paradigma de la sustentabilidad desde sus diversas vertientes socio-culturales, y oferta formación en las herramientas pedagógicas necesarias para su correcta comunicación.

Partiendo de asignaturas específicas de diferentes disciplinas, plantea una visión de conjunto en lo que respecta al vínculo entre cultura y medioambiente desde la perspectiva de la suficiencia y la vida buena. Dicha aproximación presenta dos ejes sinérgicos: el conocimiento estructural de una ética vinculada a la sostenibilidad de los procesos biosféricos, así como la formación básica y específica en cada una de las disciplinas que han desarrollado su adaptación al pensamiento y la sistémica ecológica, buscando de este modo la aplicación práctica de los fundamentos teóricos a los que nos hemos referido, y que finalmente confluirán en un programa de Educación Ambiental multisectorial donde se fundan ambas perspectivas (la ético-filosófica y la técnico-aplicada).

Proponemos un Diploma basado en un esquema arbóreo, vertebrado por los fundamentos y el desarrollo contemporáneo de la ética ecológica como matriz teórica transdisciplinar. Desde esta raíz, incorporamos materias y asignaturas específicas que abordarán las principales áreas que intervienen en la construcción de una sociedad desde la perspectiva ecológica. La rama de estudios biofísicos viene equilibrada por materias y asignaturas centradas en la organización interna de las sociedades en transición hacia la sostenibilidad: economía ecológica, ecología política, procesos de globalización y ética norte-sur; con la finalidad de que el alumno adquiera una visión de conjunto de los retos de la sostenibilidad, tanto en la esfera de los ecosistemas naturales como en los modelos sociales.

Asimismo, el Diploma se plantea troncalmente el objetivo de mostrar las pautas de equilibrio ecológico de la persona, abordando las esfera individual y social desde los parámetros de la tradición filosófica de la vida buena: principios de suficiencia, consumo responsable y agroecología; alimentación saludable y ética del cuidado; disminución de la contaminación y del impacto ambiental de los ciclos vinculados a la vida cotidiana. Por último debemos tener en cuenta que, en la sociedad contemporánea, la estética y la imagen mediática forman parte sustancial de cualquier nuevo modelo cultural. Así, el Diploma incluye asignaturas dedicadas al estudio de la imagen y la comunicación de los modelos vinculados a las sociedades ecológicas, así como, en la parte físico-ambiental, otras dedicadas al arte ecológico y la estética de entornos sostenibles, incluyendo la tradición de los diseños permaculturales.

Es posible cursar DESEEEA de modo presencial o a distancia en directo (streaming) conectándote a las mismas horas del curso.

Para ampliar información sobre las asignaturas, puedes acceder a esta pagina: https://ecoeducacion.webs.upv.es/nuevos-cursos/

 


70 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos I

Richard Falk

Por qué los pueblos del mundo necesitan a la ONU: Multilateralismo, derecho internacional, derechos humanos y sostenibilidad ecológica

Papeles de Relaciones Ecosociales y Cambio Global, núm. 139, otoño de 2017, pp. 107-117.

La decisión de Trump de retirar a EEUU del Acuerdo de París asesta un duro golpe a las capacidades y la legitimidad de la ONU, justamente en un momento histórico en el que la utilidad de esta organización global es crucial. Este es solo un ejemplo de una larga lista de acciones de los estados que minan el multilateralismo de Naciones Unidas. Actualmente, la Organización vuelve a ser objeto de duros ataques, sobre todo de su miembro más poderoso, EEUU. Solo mediante la movilización de la gente puede evitarse que esta Organización sea neutralizada.

Un punto de partida

Cuando Donald Trump canceló la participación de Estados Unidos en el Acuerdo de París sobre el cambio climático, a principios de junio de este año, se cruzó una brillante línea roja. Obviamente, hubo una serie de importantes consecuencias negativas vinculadas al debilitamiento de un acuerdo que pro- metía brindar una protección provisional fundamental contra graves daños para el bienestar humano y su hábitat natural amenazado por la continuidad del calentamiento global. La retirada de EEUU del Acuerdo de París constituyó también una bofetada simbólica ciertamente feroz al multilateralismo bajo los auspicios de la ONU. Debemos recordar que en su momento el Acuerdo fue acogido con razón como el mayor éxito logrado hasta la fecha mediante un enfoque multilateral de la resolución de problemas internacionales. El Acuerdo de París fue en efecto un logro extraordinario, que indujo a 195 gobiernos que representaban a la práctica totalidad de los estados soberanos del planeta a suscribir el cumplimiento de un plan acordado común para abordar muchos de los desafíos del cambio climático en los años venideros. El hecho de llegar a ese resultado reflejó también un alto grado de sensibilidad ante las diversas circunstancias de los países, ricos y pobres, desarrollados y en desarrollo, vulnerables y menos vulnerables.

   La retirada del Acuerdo de París puso también de manifiesto en una forma extrema la nueva postura nacionalista adoptada por EEUU en relación con el sistema de la ONU, así como un importante repliegue del papel de liderazgo en la ONU que EEUU había asumido, para bien y para mal, desde que se estableció la Organización en 1945. En lugar de cumplir su función tradicional de animador generalmente respetado y líder especialmente influyente en la mayoría de las tareas legislativas en la ONU y en otros escenarios, según parece el Gobierno de EEUU ha decidido con Trump convertirse en obstructor jefe. Esta agresión de Trump/EEUU al enfoque propio de la ONU de la cooperación entre estados soberanos y de la resolución de problemas y la elaboración de leyes globales resulta especialmente preocupante. Esta manifestación del nuevo enfoque estadounidense en el terreno de las políticas sobre el cambio climático resulta especialmente inquietante. Para que exista alguna posibilidad de hacer frente al desafío del cambio climático se necesita la más amplia y profunda cooperación internacional, que es absolutamente vital para el futuro del bienestar humano y ecológico. Este drástico acto perturbador de EEUU asesta un duro golpe a las capacidades y la legitimidad de la ONU en un momento histórico en el que la utilidad de esta organización global nunca ha sido mayor.

    La credibilidad y la gravedad de la amenaza aumenta debido a la evidente campaña liderada por EEUU para ejercer presión económica a fin de someter a la Organización a la voluntad de los principales financiadores. Cuando EEUU se comporta de este modo, concede permiso indirectamente a otros actores políticos para que hagan lo propio, y ejerce una inmensa presión sobre la Secretaría y el secretario general de la ONU para que cedan terreno. Arabia Saudí ha utilizado esta capacidad de influir para poner a la ONU en una situación embarazosa en relación con su historial de derechos humanos en el interior del país y con su responsabilidad en crímenes de guerra cometidos contra civiles, incluidos menores, en Yemen. Israel también se ha beneficiado de este tipo de presiones deslegitimadoras, y la ONU ha cedido y ha suavizado las críticas, inhibido la censura y archivado los informes negativos. Este paso atrás de las Naciones Unidas debilita cualquier pretensión de que sus políticas y prácticas se guían por el derecho internacional y la moralidad internacional. La utilización como arma de las políticas de financiación de la ONU debería sensibilizar a la opinión pública sobre la importancia de establecer de una vez una base de financiación independiente para la ONU mediante la imposición de alguna variante de una tasa Tobin sobre las transacciones financieras o el tráfico aéreo internacional. Si bien es deseable alentar a la ONU a que lleve a cabo sus operaciones de acuerdo con la Carta y el derecho internacional, la financiación de la ONU debe sustraerse lo antes posible del control de los gobiernos.

Es preciso reconocer y comprender que este desafortunado giro en el papel de Estados Unidos en la ONU es anterior a la presidencia de Trump, y ha supuesto el abandono gradual del internacionalismo político por este país, que reflejaba el punto de vista de un Congreso estadounidense cada vez más orientado a la soberanía. Incluso un Barack Obama concienciado con el medio ambiente se vio inducido a insistir, en la cumbre sobre el cambio climático celebrada en Copenhague en 2009, en que los compromisos nacionales en cuanto a reducción de las emisiones de carbono tenían una base voluntaria, no obligatoria, lo que en su momento se consideró un importante paso atrás en el esfuerzo por salvaguardar el futuro de los peligros del calentamiento global. El enfoque de Copenhague fue también un paso negativo en lo que se refiere al derecho internacional, al sustituir el carácter obligatorio por el voluntario en esta importante iniciativa para la protección de los intereses del ser humano y del planeta. Debemos entender que el derecho internacional en sus formas más imperativas adolece ya de debilidad en los mecanismos internacionales de aplicación. Establecer una base voluntaria para el cumplimiento diluye el espíritu de buena fe que guía a los gobiernos responsables cuando dan su aprobación a los instrumentos obligatorios del derecho internacional.

   Por otra parte, la presidencia de Obama hizo ostensible su defensa incondicional de Israel en la ONU, independientemente de los fundamentos de las críticas, e incluso en contextos en los que EEUU estaba dispuesto a expresar suaves críticas dirigidas contra Israel pero solo en términos discretos transmitidos a través de canales diplomáticos bilaterales. La ONU estaba vedada para comentarios críticos sobre la conducta de Israel a pesar de su largo historial de incumplimiento de responsabilidades de la ONU hacia el pueblo palestino.

Por qué la ONU es especialmente necesaria ahora

Debería ser evidente para todos nosotros que la ONU es ahora más necesaria si cabe que cuando se estableció en 1945. Al menos en apariencia, la ONU gozó del ferviente apoyo de todos los gobiernos importantes y sus poblaciones al término de la Segunda Guerra Mundial. Estos sentimientos reflejaban el clima ampliamente compartido de la opinión pública mundial de que para mantener la paz y la seguridad en el mundo era necesario establecer instituciones globales dedicadas a la prevención de la guerra. Después de 1945 existía un clima un tanto malsano de premonición en cuanto al amanecer de la época nuclear que había adoptado la terrible forma de lanzamiento de bombas atómicas sobre dos ciudades japonesas. Las preocupaciones derivadas de estos hechos inolvidables reforzaron firmemente y subyacieron al énfasis en la prevención de la guerra en la Carta de la ONU y tuvieron su expresión cultural en obras creativas tan importantes como Hiroshima, Mon Amour y On the Beach (La hora final).

   Este sombrío estado de ánimo también imprimió un halo de patetismo a las memorables palabras que abren el preámbulo de la Carta: «Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra…». Es evidente que, cuando se estableció la ONU, la preocupación primordial de la opinión pública mundial y de los gobiernos era evitar cualquier repetición de guerras internacionales importantes, máxime teniendo en cuenta la posesión de armas nucleares. Por supuesto, esa impresión reflejaba en parte la ausencia de representación adecuada en la ONU y en otros foros internacionales de voces que expresaran prioridades no occidentales. Desde el principio, los miembros no occidentales de la ONU se centraron mucho más en el anticolonialismo, las prioridades de desarrollo y la reforma de una economía mundial amañada que en la prevención de la guerra.

    Vale la pena considerar por qué el llamamiento legitimador formal por el que se estableció la ONU, tal como se expone en el preámbulo de la Carta, se reclamaba procedente de «los pueblos», no de los «gobiernos». De hecho, los gobiernos ni siquiera se mencionaban de forma explícita en este documento fundacional. Pero en términos prácticos, a pesar de esta redacción del preámbulo, la ONU como actor político ha sido siempre casi exclusivamente una organización que ha reflejado la voluntad de «nosotros los gobiernos», y en muchos casos de «nosotros los miembros permanentes del Consejo de Seguridad». En determinadas situaciones, con el tiempo y en escenarios de crisis mundiales, el «nosotros» ha quedado reducido al gobierno de EEUU, al que en ocasiones se han unido sus aliados europeos. Dicho de otro modo, la dimensión geopolítica de las operaciones de la ONU ha tenido el efecto de alejar las acciones de la Organización sobre la agenda guerra/paz del derecho internacional y del marco establecido en la Carta. En cambio, ha otorgado una autoridad decisiva a los miembros más poderosos de la ONU, con el efecto buscado de concentrar la autoridad de la ONU en el Consejo de Seguridad, cuyas operaciones están más sometidas a la disciplina geopolítica en forma de derecho de veto que a la atención al derecho internacional.

   La comprensión de esta circunstancia pone de relieve la importancia que tiene la aspiración de restringir la geopolítica y potenciar el papel del derecho internacional. Para que exista alguna esperanza de que la ONU cumpla finalmente las aspiraciones y expectativas de sus más firmes partidarios en la sociedad civil, debe aumentar el respeto por el derecho internacional en la formulación de políticas de la ONU. En esta situación, estos partidarios se ven atrapados a menudo entre ser considerados idealistas ciegos, que manifiestan su entusiasmo por cualquier cosa que haga la ONU, o cínicos displicentes que rechazan la ONU por considerarla una farsa de las grandes potencias, un desperdicio de tiempo y dinero. Estos dos puntos de vista parecen injustificados, pues inducen a una pasividad acrítica hacia la ONU o muestran falta de reconocimiento de las contribuciones que la ONU hace a diario y de lo que se podría hacer para que estas contribuciones fueran más sólidas.

La ONU y una reforma populista del orden mundial

Todos, y especialmente los jóvenes, deberíamos hacernos dos preguntas importantes: ¿cómo se puede conseguir que el sistema de la ONU sea más sensible a las necesidades y deseos de las personas y dependa menos de las agendas sesgadas de muchos gobiernos? Y ¿cómo se puede conseguir que la Organización sea más sensible al derecho internacional y menos un vehículo de ambiciones geopolíticas? Para concretar la pertinencia de un populismo global positivo podemos preguntar: ¿Sería útil, desde la perspectiva de la paz mundial y la justicia global, el establecimiento de una asamblea de organizaciones de la sociedad civil o de un parlamento global al estilo del Parlamento Europeo? He aquí varias preguntas inquietantes en relación con la viabilidad de esta propuesta: ¿Es posible movilizar la voluntad política necesaria para que esa reforma de la ONU sea alcanzable? Aunque se estableciera un Parlamento de los Pueblos de la ONU, ¿se le permitiría ejercer una influencia significativa? Debemos recordar que algunas iniciativas llevadas a cabo con éxito en el pasado, como la creación de la Corte Penal Internacional (CPI), parecían utópicas cuando se propusieron, por lo que no debemos dejarnos disuadir fácilmente si nos parece que un proyecto vale la pena. Pero también debemos ser conscientes de que, una vez establecida y en funcionamiento, la CPI ha perseguido a los ratones al tiempo que ignoraba a los tigres, lo que da lugar a otra versión de este enfrentamiento entre los sentimentales encantados de que la institución exista y los realistas que creen que la CPI se ha rendido a las fuerzas geopolíticas, traicionando de este modo su misión primordial de administrar justicia como exige un comportamiento no sumiso.

En la década de 1980 participé anualmente en varias ediciones de un gran evento público que se celebrada en Perugia (Italia) bajo el lema «Unas Naciones Unidas de los Pueblos». En su momento me hizo preguntarme si el mundo no estaba dividido en tres identidades diferenciadas: «la Persona Geopolítica», que dominaba cada vez más la política mundial, incluida la ONU; «la Persona de Davos», que en el Foro Económico Mundial organizaba fuertes presiones sobre todos los gobiernos para que dieran preferencia a los intereses de las fuerzas del mercado, esencialmente bancos y grandes empresas, por encima de los de sus propios ciudadanos; y «la Persona de Perugia», que estaba al margen susurrando a la comunidad de base palabras en las que transmitía las necesidades y aspiraciones de la gente corriente, y de ese modo ponía de manifiesto los problemas de la pobreza, la paz, el medio ambiente, la biodiversidad, la salud y la justicia. En cierto sentido, mi análisis es un argumento en pro de una iniciativa transnacional concertada, pública y de base, para amplificar el susurro de Perugia hasta convertirlo en una voz estentórea que se oye y a la que se presta atención dentro de los salones de actos y las salas de conferencias de la ONU en Ginebra y Nueva York. ¿Es deseable ese llamamiento a un populismo global positivo y, en caso afirmativo, hay medidas prácticas que puedan adoptarse para que eso ocurra? ¿Reabrirán los Estados que sientan la presión de la ONU la opción de la retirada y debilitarán la Organización desde la parte gubernamental?

Reactivar la prevención de la guerra

En realidad, el comienzo de la guerra fría dificultó en grado extremo la eficacia de la ONU como institución para la prevención de la guerra casi desde el día mismo en que fue establecida, aunque a lo largo de los años ha realizado muchas contribuciones silenciosas a la paz cuando las condiciones políticas lo permitían. La labor de evitar una tercera guerra mundial librada con armas nucleares quedó principalmente en manos de los gobiernos rivales de EEUU y la URSS, dependiendo de acuerdos geopolíticos que en ocasiones de enfrentamiento hacían correr periódicamente escalofríos de miedo por la espina dorsal colectiva de la humanidad, sobre todo en Europa y Norteamérica. La seguridad mundial se conceptualizaba en torno a la idea abstracta de la disuasión, que se entendía como la mera prevención de una guerra a gran escala mediante el intercambio de amenazas mutuas de devastadores ataques de represalia con armas de destrucción masiva de estas dos superpotencias, poseedoras de capacidades que eran lo bastante resistentes a los primeros ataques preventivos para que la capacidad de represalia siguiera siendo totalmente creíble. Esta doctrina fundamental de la disuasión recibió el nombre de «Destrucción Mutua Asegurada» (Mutual Assured Destruction), aunque fue más conocida por el acrónimo irónicamente acertado del término inglés: «MAD» (loco, demencial, descabellado). Y supuso una paradójica movilización permanente para la guerra con el objetivo primordial de evitar el estallido de la guerra, lo que para la comunidad de la paz significó que la racionalidad se había vuelto loca, loca de verdad. La MAD se vinculó a una carrera de armamentos desestabilizadora en curso que se justificaba por razones de seguridad. Cada superpotencia intentaba imponerse, y sobre todo actuaba para asegurarse de que su rival no adquiría formas de destrucción de su credibilidad para emprender represalias. Esta alerta bélica inestable y permanente, siempre susceptible de accidentes y errores de cálculo, persistió durante toda la Guerra Fría y dominó la política de seguridad de destacados miembros de la ONU, y como efecto colateral marginó al Consejo de Seguridad de la ONU en el terreno de la paz y la seguridad. Los intensos antagonismos ideológicos entre la Alianza Atlántica y el bloque soviético generaron una serie de pulsos geopolíticos que hicieron prácticamente imposible que los miembros permanentes del Consejo de Seguridad se pusieran de acuerdo acerca de quién era responsable y de qué hacer cuando los conflictos internacionales cobraban un cariz violento.

El mundo ha evitado hasta este momento esa guerra catastrófica mediante una combinación de prudencia en el arte de gobernar y buena fortuna. Se dieron varias situaciones de riesgo inminente que pusieron de manifiesto la grotesca temeridad que supone normalizar el papel actual de las armas nucleares en los arsenales de los nueve estados que actual- mente disponen de armas nucleares. Cuando se abandonó el camino hacia el desarme nuclear, los principales estados del mundo recurrieron a un Plan B, un régimen de no proliferación vinculado al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares de 1968 (TNP), negociado bajo los auspicios de la ONU. El Tratado se anunció esencialmente como una operación dilatoria concebida para conceder a los estados poseedores de armas nucleares tiempo suficiente para negociar, como estaban obligados a hacerlo, un régimen de tratados fiable supuestamente para el desarme. Con la perspectiva que otorgan casi cinco decenios, es evidente que el compromiso con el desarme nuclear incluido en el artículo VI del Tratado nunca fue aplicado, y es bastante probable que no pretendiera serlo. En consecuencia, 123 Estados no nucleares han emprendido una nueva iniciativa para proponer un Plan C de desnuclearización en el marco de la ONU, una medida a la que se oponen 36 miembros, mientras que otros 16 se abstienen. Como en el caso del TNP, la ONU propo ciona de nuevo el escenario y el apoyo para la negociación de un proyecto de tratado que prohíba el uso de armas nucleares (Tratado para la Prohibición de Armas Nucleares de 2017 o BAN (prohibición en inglés) y dé lugar finalmente a la eliminación de todas las armas nucleares. Esta iniciativa goza del apoyo de la mayoría de los gobiernos no nucleares, pero no supondrá un desafío serio para el nuclearismo hasta que la opinión pública se organice de forma efectiva. El enfoque del BAN no recibe todavía el apoyo de ninguno de los Estados que poseen armas nucleares ni de los gobiernos que basan su seguridad en mantener un paraguas nuclear sobre su país.

Aparte de esta preocupación primordial por las armas nucleares, la Persona de Perugia debería utilizar la ONU para plantear cuestiones relativas a las ventas de armas no reguladas globalmente y al militarismo desenfrenado que se practica con armamentos y tácticas posmodernos, lo que podría considerarse un marco de Plan D. En esta línea, la ONU y sus partidarios de la sociedad civil podrían comenzar a explorar las posibilidades de una geopolítica no violenta apropiada para un orden mundial poscolonial después de la guerra fría en el que la agenda política mundial asuma por fin en serio varios desafíos biopolíticos con respecto a los cuales los instrumentos tradicionales del “poder duro” son totalmente irrelevantes, o algo peor. Si queremos que la ONU realice su potencial, es imprescindible contrarrestar la negatividad del populismo de derechas con visiones afirmativas generadas por un creciente populismo progresista. Este populismo progresista, bastante alejado de la política de izquierdas tradicional, deberá tener en cuenta la admonición bíblica: «Cuando no hay visiones, el pueblo se relaja» (Biblia de Jerusalén, Proverbios 29, 18)

Al servicio del interés humano

En términos generales, la ONU no ha estado a la altura de las expectativas y esperanzas de sus fundadores en cuanto a mejorar la calidad de la paz y la seguridad internacionales. Al mismo tiempo, la ONU ha justificado su existencia en numerosas formas inesperadas que han hecho que hoy su función en los asuntos humanos se considere generalmente como indispensable, aunque todavía muy por debajo de lo que era y es posible, necesario y deseable. La ONU validó su existencia muy pronto al ofrecer a los gobiernos del mundo una plataforma esencial para articular sus reclamaciones y expresar sus diferencias. La ONU se convirtió en el foro primordial para la comunicación intergubernamental. La ONU, especialmente a través de su familia de agencias especializadas, desarrollada a lo largo de decenios, ha realizado un gran volumen de trabajo excelente no publicitado al margen de la política mundial. Estas actividades han hecho a diario contribuciones vitales, a menudo no publicitadas, al bien común global en áreas tan diversas como los derechos humanos, el desarrollo económico y social, el bienestar de la infancia, la protección del medio ambiente, la preservación del patrimonio cultural, la promoción de la salud, la asistencia a los refugiados y el desarrollo del derecho internacional, incluido el derecho penal internacional. La ONU también ha constituido el mejor escenario disponible para la resolución de problemas de cooperación vinculados a asuntos complejos de escala mundial que reflejan las desiguales circunstancias de los Estados soberanos. Esta dinámica flexible de prácticas dentro y fuera de la ONU constituye la estructura del “multilateralismo” cotidiano, es decir, la dependencia de los mecanismos colectivos para la formulación de políticas y leyes por los representantes de los estados soberanos que en innumerables aspectos contribuyen a la resolución de problemas y a la mejora de la vida en entornos sociales que van desde lo muy local a lo planetario.

Una sólida confirmación del valor de la ONU se observa en el hecho de que todos los gobiernos, con independencia de su ideología o de su riqueza y poder relativos, han considerado beneficioso hasta ahora la pertenencia a la ONU y la permanencia dentro de la Organización. Es cierto que Indonesia se retiró durante un breve periodo en 1965 para anunciar la formación de una organización paralela de «nuevas fuerzas emergentes», pero al cabo de un año, y a petición propia, se le permitió reincorporarse a la ONU sin someterse siquiera de nuevo al proceso de admisión normal. Dentro de la sociedad internacional, el mayor signo de reconocimiento de la talla diplomática es ahora la elección de un país como miembro temporal del Consejo de Seguridad para un periodo de dos años. Este historial de participación universal es realmente extraordinario, sobre todo cuando se compara con el decepcionante historial de la Sociedad de Naciones. No ha habido retiradas sostenidas de la Organización en su conjunto, y cuando las antiguas colonias europeas obtuvieron la independencia política compartieron la aspiración uniforme de incorporare a la ONU lo antes posible y de ejercer alguna influencia en la política global, sobre todo en lo relativo al comercio, la inversión y el desarrollo. Estos esfuerzos de los miembros del Tercer Mundo ampliado alcanzaron su punto culminante a finales de la década de 1960 y durante la de 1970. Un dinámico Movimiento de Países No Alineados persiguió sus objetivos políticos dentro de la ONU, y sus energías se concentraron en el esfuerzo para crear un Nuevo Orden Económico International que igualara las condiciones internacionales para el comercio y la inversión. Esta iniciativa de reforma radical se centró en el activismo en la Asamblea General y provocó una formidable reacción dirigida por los estados más industrializados. La reacción adoptó muchas formas, entre ellas la formación de la Comisión Trilateral como compromiso firme dirigido por las élites económicas estadounidenses decididas a mantenerse firmes en nombre de los valores, procedimientos, prácticas y, sobre todo, privilegios capitalistas. No obstante, la pertenencia a la ONU sigue siendo considerada no sólo ventajosa por la legitimidad que confiere a los estados, sino también porque ofrece a los países más débiles y menos experimentados unos derechos inestimables de participación en toda la variedad de actividades de la ONU, entre ellas el acceso a los conocimientos y las tecnologías necesarios para el éxito de las transiciones a la modernidad.

El populismo global como amenaza para la ONU

Pero a pesar de todos estos logros y contribuciones, la ONU vuelve a ser objeto actualmente de duros ataques, sobre todo de su miembro más poderoso, EEUU. Donald Trump y varios líderes autocráticos de todo el mundo menosprecian de modo uniforme el papel de la ONU en los asuntos mundiales porque consideran que el Estado soberano es la fuente última de autoridad política, y les molestan profundamente las críticas externas hacia su propio comportamiento interno. Estos líderes promueven actualmente agendas ultranacionalistas de carácter chovinistas, opuestas a los inmigrantes, hostiles al derecho internacional y especialmente hostiles a toda forma de rendición de cuentas individual y de responsabilidad del Estado por las violaciones de derechos humanos.

No se trata únicamente de un problema vinculado a la aparición de líderes populistas de derechas que gozan de apoyo en sus respectivos países. Es también una característica de la autocracia dinástica, vinculada sobre todo a la clase de geopolítica regional que promueve Arabia Saudí, que aspira a la hegemonía sobre el Golfo Pérsico, aplastando a las fuerzas democratizadoras aunque sus puntos de vista sean islámicos, y haciendo la guerra contra cualquier tendencia política que se considere que aumenta la influencia iraní en cualquier lugar de la región. En lo que se refiere a la ONU, Arabia Saudí ha seguido en particular el ejemplo de EEUU, insinuando la retirada de contribuciones económicas, e incluso amagando con la posible retirada de la Organización, si las políticas saudíes son objeto de un escrutinio crítico por parte de la ONU, sin importar la forma tan flagrante en que estas políticas violan las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Israel también debe agruparse con los estados que rechazan todas y cada una de las iniciativas para que rinda cuentas. Esta búsqueda de la impunidad total con respecto a la actividad de la ONU gana terreno en la medida en que recibe el respaldo de estados destacados.

Una ilustración típica de los efectos nocivos globales de esta reciente oleada de nacionalismo populista gira en torno a la retirada de EEUU del Acuerdo de París sobre el cambio climático. Aunque París no incluyó ni mucho menos lo que el consenso científico insiste en que es necesario para limitar de forma adecuada el calentamiento global, representó no obstante lo que un amplio consenso de personas informadas consideraba un paso fundamental en la dirección correcta, y una muestra seria de compromiso con la trascendental tarea de transformar la economía mundial del carbono en un sistema energético sostenible e inocua de manera oportuna. Porque el hecho de que este gran logro del multilateralismo de la ONU sea repudiado por el gobierno de EEUU porque Trump sostenga que es un mal acuerdo para EEUU es una prueba incontestable de que la ONU está siendo atacada, y lo que podría ser peor, parece cada vez más carente de liderazgo y dispuesta a rendirse.

Esta decepción y esta preocupación son mucho mayores si cabe debido a los indicios de que Washington tiene intención de retener fondos de la ONU, así como a las amenazas de boicotear y dejar de financiar actividades y organismos cuyas conclusiones no se correspondan con la política exterior de EEUU, sobre todo en relación con Israel. Un objetivo primordial de esta brigada de demolición de Trump es la labor del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, que es objeto de intensos ataques porque se afirma que dedica una atención desproporcionada a las injusticias y los crímenes de Israel. Estas críticas, además de obviar la cuestión de si Israel es en general culpable de los cargos que se le imputan, también pasa por alto el hecho de que los británicos dejaron el problema palestino en manos de la ONU después de la Segunda Guerra Mundial, haciendo a la incipiente Organización responsable de la transición desde el sometimiento colonial hacia la independencia política. No se impuso a la ONU esta responsabilidad directa en relación con la descolonización de ningún otro territorio nacional, y la Organización nunca ha podido llevar a cabo la tarea que se le asignó de una manera compatible con el derecho de autodeterminación del pueblo palestino. Desde un punto de vista realmente objetivo, la ONU no ha prestado demasiada atención a Israel, y a la lucha palestina, sino demasiado poca. No ha cumplido la tarea básica, lo que ha dado lugar a un sufrimiento palestino prolongado, masivo e intenso cuyo final no se vislumbra.

En otras palabras, precisamente cuando los pueblos del mundo necesitan una ONU más fuerte para hacer frente a los desafíos de la época presente, la Organización es objeto de un ataque sin precedentes de «la Persona Geopolítica». Ha llegado la hora de que «la persona de Perugia» dé un paso al frente con un firme sensación de urgencia y de ser titular de un derecho. Afirmar este “utopismo necesario” nos hará confiar en que los desafíos del presente podrán superarse mediante la movilización de la gente actuando en colaboración con los gobiernos dedicados a defender los intereses públicos globales conjuntamente con sus propios intereses nacionales. Pero el que estas energías revolucionarias se liberen en el marco de la ONU solo ocurrirá en respuesta a una nueva oleada de activismo transicional de base. Esta oleada podría poner en primer plano las esperanzas, los sueños y las demandas de personas de todo el mundo, y especialmente los jóvenes, que son quienes más se juegan.

Richard Falk es profesor emérito de derecho internacional en la Universidad de Princeton (EEUU) y autor de numerosos libros y artículos.

Texto traducido por Fabián Chueca de una Conferencia pronunciada en Escuela de Verano de ISMUN (International Youth & Student Movement for the United Nations), Ginebra, 28 de junio de 2017.

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