Constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaria y cláusula del Estado social

La reciente reforma del art. 135 de la Constitución ha otorgado rango constitucional al principio de estabilidad presupuestaria y a las limitaciones al déficit y al nivel de endeudamiento público que ya imponía el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Ello implica restricciones del gasto público, y no sólo en situaciones de profunda crisis económica como la actual, sino con carácter estructural, que pueden afectar a la efectividad de los derechos socioeconómicos de prestación que son expresión de la cláusula del Estado social. Sin embargo, el principio de estabilidad presupuestaria no es absoluto y debe interpretarse en armonía con el resto del texto constitucional, como lo demuestra el hecho de que encuentre límites, entre otros supuestos, en las situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la sostenibilidad social del mismo.